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ORDENANZA N° 2.293/2.024

Pulicado el
por

Nuevas Zonas de Estacionamiento para Personas con Discapacidad y Carga/Descarga

En un esfuerzo por mejorar la accesibilidad y seguridad vial, el Concejo Deliberante le solicitó a la Municipalidad de Malargüe delimitar y señalizar zonas de estacionamiento transitorio para personas con discapacidad y para carga y descarga de insumos de vehículos oficiales y particulares. Esta iniciativa responde a diversas normativas previas que buscan asegurar la accesibilidad y el adecuado desarrollo del tránsito en la ciudad.

La Ordenanza propone que estas zonas se ubiquen en la intersección de las calles Napoleón Uriburu y Fray Francisco Inalicán, donde se encuentra el Palacio Municipal. Además, se incluirán sanciones para quienes obstruyan estas áreas y se requerirá que los vehículos que utilicen estos espacios tengan el motor en marcha o la oblea correspondiente.

Este proyecto es un paso importante para garantizar la seguridad y accesibilidad de todas las personas en Malargüe, alineándose con las leyes provinciales y las demandas de la comunidad local.                

MIRA LA PIEZA LEGAL COMPLETA

INTERBLOQUE UNION MENDOCINA, PARTIDO JUSTICIALISTA

CONCEJALES EMILCE MANSILLA, PABLO CABRERA, MAGALI ACOSTA Y FRANCISCO PARADA

VISTO: El contenido del Expte. N° 5.476-HC-068-2.024. Interbloque Partido Justicialista- Encuentro. Proyecto de Ordenanza: Delimitar, identificar y señalizar zona para el Estacionamiento Transitorio a Personas con Discapacidad y una zona de Estacionamiento Transitorio para carga y descarga de insumos de vehículos oficiales y/o vehículos particulares.”

             La existencia de piezas legales que ordenan e incentivan la delimitación, señalización y creación de estacionamientos para personas con discapacidad en la Ciudad de Malargüe.

            y;

CONSIDERANDO: Que la Ley de Tránsito de la Provincia de Mendoza Nº 9024/2017 en su Artículo 6º establece a los Municipios como Autoridades de Aplicación en algunos casos y los mismos deberán dictar ordenanzas a fin de contribuir con el adecuado desarrollo y evolución del tránsito.

            Que la Ordenanza Nº 1.955/2018 establece en su parte articular lo siguiente: “Delimítese cuadra por medio, en Av. San Martin, desde Capdeville a Fortín Malargüe, un estacionamiento exclusivo para discapacitados y en Oficinas Públicas tales como Municipalidad de Malargüe, Honorable Concejo Deliberante, Terminal de Ómnibus, Campus Educativo, Dirección de Turismo, Hospital, Polideportivo, Planetario, Supermercados, Clínicas, Centros Educativos Primarios, Secundarios y Terciarios y Clubes Deportivos”.

            Que en la Ordenanza Nº 2.197/2.022 ordena adherir a la Ley Provincial Nº7.336/ 2.005 “Sistema de protección integral de las personas discapacitadas. Accesibilidad de personas con movilidad reducida”.

            Que en la legislación antes mencionada, en su Artículo Nº 4 ordena “Establézcase un plan de obra para adecuación de los espacios ya existentes con el objeto de asegurar la accesibilidad”.

            Que la Comunicación Nº479/2.022 del Honorable Concejo Deliberante de Malargüe comunica que “vería con agrado que las Instituciones tanto Públicas como Privadas con sede en el Departamento de Malargüe a saber: Registro Civil, ANSES, PAMI, Hospital Regional Malargüe, Correo, Registro del Automotor, Juzgados, Dirección de Turismo, Banco Macro, Banco de la Nación Argentina, Banco Superville, Banco Santander Río, Montemar, Aeropuerto, A.T.M y Clínicas Privadas, establezcan la señalización y delimitación de estacionamiento transitorio para personas con     discapacidad motriz y movilidad reducida”.

            Que se ha detectado condiciones inseguras para las personas con discapacidad en el momento de querer cruzar caminando en la intersección de las calles Fray Francisco Inalicán (E) y la calle Napoleón Uriburu.

            Que en la intersección antes mencionada, se encuentra la Municipalidad de Malargüe, lugar frecuentado por los vecinos, trabajadores municipales, y comunidad en general, produciéndose así la aglomeración de personas y vehículos, generando condiciones inseguras tanto para los transeúntes como para los automovilistas al disminuir el campo visual en la intersección vial.

            Que también se ha recibido el reclamo por parte de los choferes de vehículos oficiales que deben colocarse en “doble mano” para cargar o descargar insumos, herramientas, entre otros, por no existir un espacio delimitado para efectuar esta acción.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTICULO 1º: Delimítese, identifíquese y señalícese en el costado izquierdo de la calle Napoleón Uriburu casi intersección calle Fray Francisco Inalicán (circundante a la vereda del Palacio Municipal) una zona para el Estacionamiento Transitorio para Personas con Discapacidad y una zona para Estacionamiento Transitorio para carga y descarga de insumos de vehículos oficiales y/o vehículos particulares.

ARTÍCULO 2º: Dispóngase que la zona destinada para el estacionamiento transitorio para personas con discapacidad sea cercana a la rampa de acceso peatonal.

ARTÍCULO 3º: Instrúyase al personal de Seguridad Patrimonial del Municipio de Malargüe para efectuar las acciones correspondientes para que las personas que obstruyan y utilicen la zona de estacionamiento para personas  con discapacidad y zona de estacionamiento  transitorio para carga y descarga de insumos  sean sancionados.

 ARTICULO  4: Identifíquese que el vehículo que se encuentra en el lugar señalizado deberá encontrarse con el motor en marcha o con la oblea correspondiente oficial/ discapacidad.

ARTICULO 5°: Determínese las dimensiones y cartelería  a colocar , las cuales deberán  ser las apropiadas  de acuerdo con el  Anexo II de la Ley  Provincial Nº  9.024 de Tránsito.