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ORDENANZA N° 2.306/2.024

Pulicado el
por

Identificación Obligatoria de Vehículos Municipales y del HCD

La normativa exige que los automotores municipales sean identificados con la leyenda “Municipalidad de Malargüe” y que las maquinarias lleven distintivos visibles en diferentes puntos. Además, los vehículos del HCD estarán marcados con el logo oficial y la inscripción “Uso exclusivo del Honorable Concejo Deliberante Malargüe”. En el caso de unidades alquiladas, deberán portar la frase “Al servicio de la Municipalidad de Malargüe”.

Entre los objetivos de esta Ordenanza se encuentran la transparencia en la utilización de recursos, prevenir el uso indebido de bienes del Estado,y la promoción de la seguridad vial. También se busca unificar la identificación bajo el Escudo Departamental, evitando gastos en diseños personalizados por cada gestión.

Con esta acción, el Concejo reafirma su compromiso con una administración pública eficiente, segura y accesible para toda la ciudadanía.

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AUTORES: CONCEJALES MARTIN PALMA, SILVINA CAMIOLO Y ELIZABETH GONZALEZ

INTERBLOQUE UCR-INDEPENDIENTE, RECONSTRUYENDO MALARGÜE Y UNION MENDOCINA

VISTO: El contenido del Expte. Nº 5.506-HC-070-2.024. Interbloque UCR-Independiente-Reconstruyendo Malargüe-Unión Mendocina.  Proyecto de Ordenanza: Identificar las Unidades Móviles y Maquinarias del Parque Automotor del Departamento Ejecutivo Municipal y Honorable Concejo Deliberante.

            La necesidad de identificar la totalidad de los vehículos pertenecientes al parque automotor de la Municipalidad de Malargüe, así como también del Honorable Concejo Deliberante.

            y;

CONSIDERANDO: Que en la actualidad existe un gran número de vehículos tanto propios como alquilados pertenecientes a la Municipalidad de Malargüe que no se encuentran identificados.

            Que es necesario identificar los automotores (véase ejemplos en el ANEXO I) pertenecientes al parque automotor de la Municipalidad de Malargüe y del Honorable Concejo de Deliberantes para dar arreglo a la situación.

            Que los recientes anuncios del Intendente Municipal en referencia a la adquisición de 44 nuevos vehículos mediante Leasing, es imperioso que los mismos sean correctamente identificados y visualizados por la ciudadanía en general.

            Que la identificación de los vehículos permite asegurar que todos los automóviles en uso, cumplan con seguridad las normativas, minimizando el riesgo de accidentes y las responsabilidades legales en caso de incidentes, facilitando el acceso y la circulación en zonas restringidas ante emergencias.

            Que mantener un registro detallado de los vehículos promueve la transparencia en la gestión pública y facilita la rendición de cuentas ante la comunidad, asegurando   que los recursos se utilicen de manera adecuada, además facilita la toma de decisiones estratégicas en cuanto a adquisiciones, reparaciones y mejoras en la    flota.

            Que la identificación de estos ayuda a planificar y asignar los recursos presupuestarios correspondientes para el mantenimiento, reparaciones y renovaciones, además de asumir una responsabilidad patrimonial y evita gastos innecesarios en alquileres o adquisiciones de vehículos adicionales, la cual se conoce como Eficiencia Operativa.

            Que al marcar los vehículos como oficiales se ayuda a prevenir el uso indebido de estos bienes públicos por parte de funcionarios o empleados del gobierno.

            Que conocer la flota garantiza transparencia y responsabilidad, permite identificar si se requieren capacitaciones específicas para el personal encargado de operar los vehículos, mejorando la seguridad y la eficiencia operativa. Así mismo, permite a los ciudadanos reconocer los vehículos del gobierno y asegura que los recursos públicos se utilizan adecuadamente

            Que las distintas gestiones en un afán de identificarse de sus antecesores, utilizan logos o imágenes que refieran a una identificación propia en su mandato,   realizando gastos innecesarios en los ploteos para identificar los mencionados vehículos, gastos que podrían destinarse a otras obras de primera necesidad para nuestros ciudadanos.

            Que el Escudo Departamental es transversal a cualquier gestión, indistintamente de su signo partidario, pero si identificando a todos los ciudadanos de nuestro  Departamento.

            Que el Escudo Departamental regulado por la Ordenanza Nº 005/84 consta de una figura geométrica irregular, cerrada, que se divide en cinco campos fundamentales.

            *En el campo superior central se advierte la presencia del sol, que planteado geométricamente y en disposición preferencial (arriba y en el centro) ampara el aspecto geográfico más característico de la zona, la montaña y las demás características que a continuación se detallan:

            *En el campo superior izquierdo se grafica mediante una técnica de  simplificación de la forma, la pesca de altura y un tratamiento de línea  valorizada, representa el movimiento de las aguas de los ríos.

            *En el campo superior derecho simplifica también su forma, se advierte la presencia de un esquiador en actitud dinámica de velocidad. La representación de  estos dos deportes se sitúa en la parte superior del escudo, en su entorno montañés.

            *En el campo inferior  derecho hay un carro minero cargado con materiales.

            *Finalmente, en el campo inferior izquierdo, una torre de extracción de petróleo  con la fuente emergente cercana del mismo.

              La conformación perimetral del escudo simboliza aludiendo a su similitud con  un mangrullo (torre rustica que servía de atalaya en las proximidades de los  fortines).

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTICULO 1°: Procédase a identificar la    totalidad de automotores, camiones y maquinarias propiedad del Municipio, imponiendo “Municipalidad de Malargüe”, de   ser posible en los cuatro lados de cada unidad (lado izquierdo, lado derecho, parte frontal y parte trasera) y en el caso de maquinaria al menos en tres partes (puerta del chofer, brazo hidráulico y parte trasera) de una manera clara y visible. En caso de vehículos alquilados se deberán identificar con la leyenda “Al servicio de la  Municipalidad de Malargüe”.

ARTICULO 2°: Identifíquese a los vehículos pertenecientes al Honorable Concejo de   Deliberante con el logo oficial y la leyenda “Uso exclusivo del Honorable Concejo Deliberante Malargüe”.

ARTICULO 3°: Identifíquese con número  cada unidad automotora, camión y maquinaria, sea propio o alquilado.

ARTICULO 4°: Asígnese los recursos necesarios a la partida correspondiente a Publicidad y Propaganda: Sección 4, Sector 1, P.Ppal 3, P.Parcial 1, P.subp 05.

ARTICULO 5°: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la  presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A CATORCE DÍAS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO