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ORDENANZA N° 2.313/2.024

Pulicado el
por

Ampliacion la zona de estacionamiento para transporte escolar en la Escuela Dr. Juan Maurín Navarro

🚸 ¡Mejoras para la seguridad escolar en Malargüe! 🏫✨

El HCD aprobó la ampliación del estacionamiento para transporte escolar 🚐 en la Escuela Nº 2-030 Dr. Juan Maurín Navarro, ubicada en calles Telles Meneses e Illescas.

Novedades clave:

  • Zona exclusiva de 20 a 30 metros para ascenso y descenso seguro.
  • Cartelería indicativa 📋 para facilitar el uso.
  • Vigencia en horarios de entrada y salida escolar ⏰.

💡 Una medida que fomenta la accesibilidad y la inclusión, garantizando espacios más seguros para niños y niñas con discapacidad

MIRA LA PIEZA LEGAL COMPLETA

AUTORA: CONCEJALA VIVIANA MOSCA

BLOQUE FRENTE CAMBIA MENDOZA

VISTO: El contenido del Expte. Nº 5.432-HC-065-2.024. Bloque Frente Cambia Mendoza. Proyecto de Ordenanza:  Ampliar el área de estacionamiento para transporte escolar de la Escuela Nº 2-030 Dr. Juan Maurín Navarro.

            Que en la actualidad, han variado sustancialmente las condiciones de circulación en las intermediaciones de la Escuela referida vinculadas en forma directa con un incremento en el flujo vehicular con relación a la cantidad de alumnos de la misma.

            y,

CONSIDERANDO: Que el espacio delimitado sobre calles Illescas y Telles Meneses no cumple su fin de generar  un espacio para un seguro ascenso y descenso de niños y niñas con discapacidad.

            Que  la Ley N° 22.431 “Sistema de Protección Integral de los Discapacitados”, en su Artículo Nº  22º establece que: “En toda obra pública que se destine a actividades que supongan el acceso de público, que se ejecute en lo sucesivo, deberán preverse accesos, medios de circulación e instalaciones adecuadas para personas  discapacitadas…”.

            Que  la Ley 19.279, en su Artículo Nº 12º  indica que: “adóptase a todos sus efectos el símbolo Internacional de Acceso (distintivo de identificación aprobado por la Asamblea de Rehabilitación Internacional).

            Que  la Constitución Provincial en su Artículo Nº 20º dispone que “Las construcciones Públicas preverán el desplazamiento normal de los discapacitados”.

            Que es necesario la adopción de normas tendientes a garantizar la seguridad vial y comodidad de las personas que padecen distintos tipos de discapacidad.

            Que  se debe asegurar que la escuela y la comunidad cumplan con las leyes y normativas relacionadas con la accesibilidad y los derechos de las personas con discapacidad.

            Que  las áreas designadas para estacionar los transportes escolares, simplifican la logística de recogida y entrega de los niños con discapacidad. Los conductores y cuidadores pueden ubicarse fácilmente y realizar sus tareas de manera eficiente.

            Que  la solicitud de colocación de carteles indicativos de zona de ascenso y descenso de niños con discapacidad proporcionarían una orientación clara sobre dónde están ubicados los espacios reservados, facilitando que los conductores encuentren estos lugares y respeten su uso adecuado.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTICULO 1º:  Amplíese el Área de Estacionamiento para transporte escolar de la Escuela Nº 2-030 Dr. Juan Maurín Navarro del Departamento de Malargüe, en  función de la Ley  de Tránsito  Nº 9.024, Art. 54º inc. p) A menos de cinco (5) metros de cada lado de: Punto 2. El ingreso a establecimientos educativos: Escuelas, Colegios, Universidades y  Facultades en horas de clase y el Anexo II Art.17º de la Ley antes mencionada.

ARTICULO 2º: Establézcase dicha ampliación para vehículos afectados al transporte  escolar, en los frentes del establecimiento educativo, sobre calles: Telles Meneses e Illescas, afectando una longitud sobre el cordón de la vereda que podrá oscilar entre un mínimo de 20 (veinte) metros y un máximo de 30 (treinta) metros, lo que será determinado por el Departamento Ejecutivo Municipal de acuerdo a las necesidades de la Escuela.

ARTICULO 3º: Determínese que dicha zona de estacionamiento tendrá vigencia exclusivamente en los horarios de entrada y salida de los turnos escolares.

ARTICULO 4º: Agréguese cartelería indentificatorias con la leyenda: “Estacionamiento para Transporte Escolar”, con el número de la presente Ordenanza.

ARTICULO 5º: Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal a través del área que corresponda a realizar campañas de difusión para transmitir los alcances de la   presente Ordenanza.

ARTICULO 6º: Anexo I:   Solicitud de la Escuela 2-030 Doctor Juan Maurín Navarro

ARTICULO 7º: Asígnese los gastos que demande la presente Ordenanza, a las Partidas Presupuestarias correspondientes al Presupuesto  proyectado  del año 2.025.

ARTICULO 8º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese. DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTIOCHO DÍAS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO