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RESOLUCIÓN N° 030/2.025

Pulicado el
por

VISTO: La necesidad de designar al Funcionario Garante, quien será responsable de velar por el cumplimiento de la Ley N° 9.070 de Acceso a la Información Pública de la Provincia de Mendoza.

y;

CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 195/2.020, fundamentando la necesidad de instrumentar un sistema de información que   garantice el derecho de acceso a la información pública como elemento esencial para el funcionamiento de las Instituciones Republicanas y Democráticas, el Honorable Concejo Deliberante adhirió a la Ley N° 9.070 de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Regularización del Estado Abierto.

Que la Ley N° 9.070 de Acceso a la Información Pública de la Provincia de Mendoza, en su Artículo N° 7, establece lo siguiente “Funcionario Garante:  Cada una de las autoridades públicas designará un miembro de su planta como funcionario garante responsable de la aplicación de la presente Ley. El funcionario tendrá la responsabilidad de la atención directa y resolución de las solicitudes de información pública. La máxima autoridad de cada repartición pública será responsable   en forma solidaria con el Funcionario Garante”.

Que el Artículo N° 40 establece lo siguiente “Adhesión: Invitase a adherir los Municipios a la presente Ley”.

Que en virtud de ello resulta necesario la designación del Funcionario Garante en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante, a los fines de otorgarle estricto cumplimiento al objeto y finalidades consagradas por la Ley N° 9.070 de Acceso a la Información Pública.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Designar como Funcionaria Garante Titular del Honorable Concejo Deliberante a la Secretaria del Honorable Cuerpo Sra. Rosana Ema Scheurer DNI N° 17.740.644; a los fines y en los términos del artículo 7° de la Ley Provincial N° 9.070 de Acceso a la Información Pública de la Provincia de Mendoza.

ARTÍCULO 2º: Dejar sin efecto la Resolución N° 023/2.024.

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.  RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTISIETE DÍAS DE MARZO DE DOS MIL VEINTICINCO