El HCD declaró de Interés Departamental el Campeonato Malargüino de Mountain Bike
El Honorable Concejo Deliberante de Malargüe, a través de la Declaración Nº 354/2.025, declaró de Interés Departamental y Deportivo el Campeonato Malargüino de Mountain Bike, organizado por la Asociación Civil Club Mountain Bike Malargüe.
Este campeonato, que reúne a participantes de distintas ciudades como Neuquén, Mendoza y San Rafael, destaca la importancia del deporte como promotor de la inclusión, el trabajo en equipo y el fortalecimiento de la comunidad. Además, fomenta la actividad turística al aprovechar los senderos y paisajes naturales de Malargüe.
En esta edición, que tuvo su segunda fecha el 27 de abril en Puesto Basualto camino a Pincheira, y se incluyeron diversas categorías por edad, incorporando una nueva división para personas con discapacidad, reafirmando el compromiso con la igualdad y la participación de toda la comunidad. Valorando el esfuerzo y dedicación de la institución organizadora, así como su contribución al desarrollo deportivo, social y cultural de Malargüe.
MIRA LA PIEZA LEGAL COMPLETA
AUTORA: CONCEJALA SILVINA CAMIOLO
BLOQUE RECONSTRUYENDO MALARGÜE
VISTO: El contenido del Expediente N° 2.535-2.025-0-. Bloque Unión Mendocina Proyecto de Declaración: Declarar de Interés Departamental y Deportivo el Campeonato Malargüino de Mountain Bike organizado por la Asociación Civil Club Mountain Bike Malargüe.
El trabajo que realiza la Asociación Civil Club Mountain Bike Malargüe y reconocerlo es una forma de valorar y visibilizar los esfuerzos realizados por generar un impacto positivo en la comunidad, el mismo no solo destaca los logros alcanzados, sino que también motiva a seguir comprometidos con la misión de la asociación.
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CONSIDERANDO: Que la Asociación Civil Club Mountain Bike Malargüe funciona con personaría jurídica desde el año 2.022 desde entonces ha gestionado y organizado diversos eventos con una amplia participación de la comunidad de Malargüe.
Que este Campeonato reúne a participantes de la región, que asisten de diferentes ciudades como Neuquén, Mendoza y San Rafael aportando una rica diversidad cultural al evento y promoviendo el deporte a lo largo del país, inspirando a más personas a practicar ciclismo.
Que nuestro Departamento ha tenido excelentes representantes del Mountain Bike a nivel internacional generando un sentido de orgullo y pertenencia, contribuyendo a la creación de un legado y una tradición deportiva en la comunidad, que se transmite de generación en generación.
Que es necesario dar relevancia y difusión a la segunda fecha de dicho evento deportivo turístico que tendrá lugar en Malargüe el día 27 de abril del año 2.025 en el lugar denominado: Puesto Basualto camino a Pincheira, aprovechando los senderos y la belleza natural de la zona
Que en esta competencia cuentan con distintas categorías como:
- Juveniles: hasta 18 años
- Elite: 19 a 34 años
- Master A: 35 a 39 años
- Master B1:40 a 44 años
- Master B2:45 a 49 años
- Master C1: 50 a 54 años
- Master C2: 55 a 59 años
- Master D1:60 A 64 años
- Master D2:65 a 69 años
- Master E +70 AÑOS
- E-BIKE libre.
- Promocionales libre edad
Que estos eventos incluyen a personas de todas las edades y sexo, incentivando el sentido de participación, el trabajo en equipo y la competencia amistosa, rompiendo las barreras sociales y fortaleciendo las relaciones de amistad y vecindad.
Que a partir de la segunda fecha del Campeonato se incluirá la categoría para personas con discapacidad potenciando la inclusión y la igualdad.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
DECLARA
ARTÍCULO 1º: Declarar de Interés Departamental el Campeonato Malargüino de Mountain Bike, organizado por la Asociación Civil Club Mountain Bike de Malargüe.
ARTÍCULO 2º: Hacer entrega de Diplomas por parte de este Honorable Concejo Deliberante a la Institución organizadora el día del evento.
ARTÍCULO 3º: Elevar copia de la presente pieza legal a la Asociación Civil Club Mountain Bike Malargüe, a la Dirección de Turismo, Dirección de Cultura y Dirección de Deportes de la Municipalidad de Malargüe.
ARTÍCULO 4º: Difundir por los medios de comunicación escritos, radiales y digitales, a través del Área de Prensa del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Malargüe.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTICINCO DÍAS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICINCO.