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ORDENANZA N° 2.328/2.025

Pulicado el
por

EL HCD APROBÓ LA INSTALACIÓN DE SEÑALIZACIÓN VIAL EN CALLE ADOLFO PUEBLA PARA MEJORAR LA SEGURIDAD 🚸

A raíz de múltiples reclamos vecinales por accidentes de tránsito, el Honorable Concejo Deliberante de Malargüe aprobó una Ordenanza que establece la colocación de cartelería vertical con disco “PARE” y apaciguadores de velocidad en la intersección de calle Adolfo Puebla y Cuarta División Oeste.

La medida responde a la necesidad de mejorar la convivencia vial y proteger la integridad de los peatones, especialmente en una zona con alta presencia de familias jóvenes y niños. Además, se autoriza a los Preventores Municipales a controlar la circulación y el estacionamiento de vehículos de carga pesada, cuya presencia en las esquinas afecta la visibilidad al momento de cruzar.

También se prevé el desarrollo de una campaña de concientización destinada a toda la comunidad, con el objetivo de reducir los siniestros viales y reforzar el respeto por las normas de tránsito.

MIRA LA PIEZA LEGAL COMPLETA

AUTORES: CONCEJALES RODRIGO HIDALGO Y MANDATO CUMPLIDO ANDRES RISI

BLOQUE FRENE DE TODOS

VISTO: El contenido del Expediente N° 5.309- HC 057-2.023 Bloque Frente de Todos. Proyecto de Ordenanza: Establecer la colocación de cartelería indicando el disco PARE y apaciguadores de velocidad en Calle Adolfo Puebla.

La cantidad de reclamos realizados por vecinos y vecinas sobre los accidentes que se producen en esa esquina.

y;

CONSIDERANDO: Que la Ordenanza N° 1.976/2.018, emanada por este Honorable Cuerpo donde se ve la necesidad de colocar apaciguadores de velocidad en diferentes calles de la cuidad para mejorar la convivencia vial y la de proteger la vida e integridad de las personas, especialmente en aquellos lugares donde exista afluencia masiva, tales como lo son las escuelas, hospitales, plazas y otros lugares de concurrencia pública.

Que el ordenamiento vial es primordial y que todo el departamento debe poseer la cartelería correspondiente para mejorar su aspecto informativo, restrictivo y normativo que debe estar previsto en los planes de urbanización.

Que es de gran importancia para los habitantes y turistas que visitan el departamento, contar con la cartelería correspondiente cuando circulan y se mueven en la Ciudad de Malargüe.

Que es necesario ordenar y llevar un control sobre el estacionamiento de vehículos de carga pesada para brindar una mejor visualización al conductor.

Que de ver la factibilidad de incorporar la prohibición del estacionamiento de dichos vehículos sobre esquina Cuarta División ya que incomoda y perjudica la visualización al momento de cruzar.

Que en dicho lugar hay numerosas familias jóvenes, con niños pequeños que juegan en veredas durante la mayor parte del día.

Que es misión fundamental del estado brindar y garantizar la seguridad vial, ya que el porcentaje de los accidentes de tránsito es cada vez mayor y acarrean saldo de lesiones, discapacidades, e incluso posibles muertes.

Que las señales de tránsito reglamentarias pueden ser preventivas e informativas y tienen como objetivo comunicar un mensaje especifico controlando el comportamiento de los usuarios al transitar, cuestión indispensable para la seguridad vial.

Que por pedido de los vecinos y vecinas de la zona se adjunta copia de nota ingresada al Bloque Frente de Todos solicitando una pronta solución.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTÍCULO 1º: Establézcase la colocación de cartelería vertical con disco ‘PARE’ en calle Adolfo Puebla intersección Avenida Cuarta División Oeste.

ARTÍCULO 2°: Autorícese el control de los Preventores Municipales en la esquina de Cuarta División Oeste y Adolfo Puebla en las horas de mayor transitabilidad y controlar el estacionamiento del vehículo de carga pesada que incomoda la visualización de los conductores a la hora de cruzar o incorporarse en la Calle Cuarta División.

ARTÍCULO 3°: Envíese copia de la presente pieza legal al Juzgado Vial; Policía Vial de Malargüe; al Cuerpo de Inspectores de Transito y a los Vecinos de la calle Adolfo Puebla y Cuarta División Oeste.

ARTÍCULO 4°:  Realícese Campaña de difusión y concientización destinada a toda la comunidad, a fin de informar sobre la implementación de la presente Ordenanza y reducir los accidentes en la vía pública.

ARTÍCULO 5°: Deróguese la Ordenanza N° 2.253/2.023.

ARTÍCULO 6°:  Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.  RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTICINCO DÍAS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICINCO.