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ORDENANZA N° 2.330/2.025

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📚 El HCD aprobó un Convenio de Cooperación con la Fundación Universitaria de Popayán 🤝

El Honorable Concejo Deliberante de Malargüe aprobó una Ordenanza que avala el Convenio Marco de Cooperación entre la Fundación Universitaria de Popayán (Colombia) y la Municipalidad de Malargüe.

Este acuerdo busca fortalecer la integración funcional y la colaboración en áreas educativas, culturales y de desarrollo social, generando beneficios tanto para los estudiantes colombianos como para los habitantes de Malargüe.

El convenio tendrá una duración de seis años y permitirá la implementación de proyectos conjuntos que impulsen el crecimiento académico y comunitario.

MIRA LA PIEZA LEGAL COMPLETA

VISTO: El contenido de la Nota HC 727/2.024 Departamento Ejecutivo Municipal eleva Convenio Marco de Cooperación entre la Fundación Universitaria de Popayán y la Municipalidad de Malargüe.

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CONSIDERANDO: Que el presente Convenio facilita la integración funcional y la cooperación mutua en áreas de interés común, estableciendo un marco de respaldo y colaboración para el logro de objetivos educativos, culturales y desarrollo social.

Que dicho Convenio resulta de gran importancia para el crecimiento de la comunidad de Malargüe, al promover intercambios y proyectos que benefician tanto a los estudiantes de la Fundación Universitaria de Popayán como a los habitantes de la Ciudad.

Que dicho Convenio en su cláusula cuarta establece la duración del mismo por un plazo de seis (6) años por lo que excede a la gestión actual.

Que es necesario proceder con la aceptación formal del Convenio para dar cumplimiento a los términos establecidos, contribuyendo así a la mejora y preservación del patrimonio urbano de la ciudad.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTÍCULO 1º: Apruébese el Convenio Marco de Cooperación entre la Fundación Universitaria de Popayán y la Municipalidad de Malargüe, Provincia de Mendoza, República Argentina, anexado a la presente pieza legal.

ARTÍCULO 2°: Envíese copia de la presente Ordenanza al Secretario de Desarrollo Humano; Prof. Juan José Narambuena, al Director de Educación, Prof. Gustavo Cabaña y al Rector de la Fundación Universitaria de Popayán, Dr. José Gregorio Rodríguez Suárez

ARTÍCULO 3°: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.  RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTICINCO DÍAS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICINCO.