Gacetillas, Legislación, Ordenanzas Municipales, Prensa

ORDENANZA N° 2.331/2.025

Pulicado el
por

El HCD aprobó una Ordenanza para prohibir la promoción personal en cartelería y vehículos municipales

El Honorable Concejo Deliberante de Malargüe aprobó una nueva Ordenanza que prohíbe expresamente la incorporación de nombres, símbolos o imágenes que impliquen la promoción personal de funcionarios o autoridades en la cartelería pública y en el parque automotor municipal.

La iniciativa, impulsada por el Concejal Martín Palma del Bloque U.C.R. Independiente, se fundamenta en la necesidad de preservar la institucionalidad y garantizar un uso responsable de los recursos públicos. En los considerandos del proyecto se destaca que la publicidad de la gestión debe tener carácter informativo, educativo o de orientación social, evitando cualquier tipo de promoción política encubierta.

El objetivo principal de esta normativa es lograr una “despersonalización” en la gestión municipal actual y futura, eliminando prácticas que desvían el propósito institucional de los bienes y recursos del Estado. Además, se remarca que en contextos de emergencia económica, es fundamental priorizar el desarrollo local y la culminación de obras por sobre gastos innecesarios en promoción política.

La Ordenanza representa un paso importante hacia una mayor transparencia en la comunicación gubernamental y busca reforzar la confianza de la comunidad en sus instituciones.

MIRA LA PIEZA LEGAL COMPLETA 👇

AUTOR: CONCEJAL MARTIN PALMA

BLOQUE U.C.R. INDEPENDIENTE

VISTO: El contenido del Expediente N° 5.494-HC 069-2.024. Bloque U.C.R Independiente. Proyecto de Ordenanza: Prohibir en el Departamento Ejecutivo Municipal, publicidad y/o promoción personal de las Autoridades o Funcionarios, en la cartelería pública y en todo el parque automotor.

Que la comunicación y la transparencia son importantes para que los ciudadanos comprendan cómo se están utilizando los fondos y qué proyectos están en marcha, esto debe hacerse de manera equilibrada y con responsabilidad ya que los fondos públicos deben ser manejados priorizando el desarrollo y la mejora de la comunidad antes que los intereses políticos o personales.

y;

CONSIDERANDO: Que es necesario disponer de manera legal que la publicidad de los actos que se realizan desde el municipio tengan carácter informativo, educativo o de orientación social sin que ello implique la promoción personal de las autoridades o funcionarios de turno, a fin de evitar el uso indiscriminado del dinero público en promocionar la gestión con fines políticos.

Que esta pieza legal busca la “despersonalización en la gestión municipal presente y futura, a fin de evitar que la promoción de una gestión se transforme en una campaña política encubierta.

Que toda gestión municipal deberá preservar solo el carácter informativo de los actos de gobierno, en el sentido más amplio del término, descartando cualquier otra intención, oculta o explicita.

Que la publicidad oficial no deberá asociar la cara y el nombre del Jefe Comunal para hacer conocer los avances de obras que se realizan y los logros de la gestión.

Que se debe tener en cuenta que el pueblo es quien elige a los

representantes, quienes deben administrar el dinero público, es decir el dinero de los ciudadanos y no de los funcionarios de turno.

Que es de suma importancia regularizar la situación a fin de evitar que gestiones futuras utilicen el dinero público en promociones incorrectas, debiendo en este caso instar al Departamento Ejecutivo Municipal a eliminar toda promoción de gestión, incorporada en el parque automotor como así también en la cartelería pública.

Que la cartelería pública y el parque automotor municipal deben reflejar la institucionalidad y el servicio a la comunidad, no intereses personales. La promoción personal de autoridades desvía la atención del propósito institucional y da una impresión de favoritismo.

Que el dinero invertido en infraestructura, servicios y programas para la comunidad tiene un impacto directo en la vida de los ciudadanos, mejorando su entorno y calidad de vida

Que los recursos públicos, como los vehículos municipales y la cartelería, están destinados a servir a la ciudadanía y no a promover a individuos específicos.

Que mantener una separación clara entre las instituciones y las personas que las dirigen ayuda a preservar la confianza de la comunidad en la administración municipal.

Que en la gestión pasada se vio como toda la cartelería municipal llevaba el nombre del Jefe Comunal, lo que constituyó un gasto indiscriminado e innecesario.

Que dada la emergencia económica de nuestro departamento, no podemos priorizar y darle importancia a gastos en publicidad de gestión política y contar con obras no finalizadas, no apostando al desarrollo local.

Que el reemplazo de toda la cartelería municipal, implica un gasto significativo de recursos materiales y humanos.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTÍCULO 1º: Prohíbase en todo el Departamento Ejecutivo Municipal, la incorporación de nombres, símbolos o imágenes que suponga la promoción personal de las autoridades o funcionarios, en la cartelería pública y en todo el parque automotor perteneciente a la Municipalidad de Malargüe.

ARTÍCULO 2°: La publicidad de los actos, programas, obras, servicios y campañas del Departamento Ejecutivo Municipal, deberán ser de carácter informativo, educativo y/o de orientación social, quedando prohibida la incorporación de nombres, símbolos o imágenes que supongan promoción personal de las autoridades o funcionarios públicos.

ARTÍCULO 3°: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.  RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A OCHO DÍAS DE MAYO DE DOS MIL VEINTICINCO.