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RESOLUCIÓN N° 169/2.025

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El HCD solicita un abono especial para empleados municipales que utilizan transporte urbano

A través de la Resolución N°169/2.025, el Honorable Concejo Deliberante de Malargüe aprobó solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal la gestión de un abono especial destinado a empleados municipales que hacen uso del transporte público para asistir a sus lugares de trabajo.

La iniciativa, impulsada por el Interbloque UCR Independiente – Reconstruyendo Malargüe – Unión Mendocina, responde al fuerte incremento en el valor de los boletos, que pasó de $200 en abril a $650 en julio, lo que representa un aumento del 225%. En algunos trayectos, como el que une Malargüe con El Chacay, el pasaje ya alcanza los $1.600.

El proyecto considera que muchos trabajadores viven en zonas alejadas como Virgen de los Vientos, Colonia Hípica, barrios Los Intendentes, Martin Güemes, Nueva Esperanza, entre otros, por lo que el traslado diario implica un gasto significativo en relación con los salarios municipales.

El abono propuesto sería similar al escolar, con una tarjeta magnética que permitiría dos viajes diarios (ida y vuelta), hasta un máximo de 40 mensuales, exclusivamente para horarios laborales.

Además de destacar los aumentos del transporte, la Resolución contextualiza la situación económica de los hogares: el valor de una canasta básica para una familia tipo ya supera los $870.000, mientras que la inflación interanual ha impactado fuertemente sobre bienes esenciales como alimentos, medicamentos y servicios.

Finalmente, el Concejo solicita que el Ejecutivo realice un convenio especial con la empresa prestadora del servicio de transporte CATA para implementar este beneficio que busca aliviar el bolsillo de los trabajadores municipales.

PIEZA LEGAL COMPLETA 

AUTORES CONCEJALES MARTIN PALMA, SILVINA CAMIOLO Y ELIZABETH GONZALEZ

INTERBLOQUE UCR-INDEPENDIENTE, RECONSTRUYENDO MALARGÜE Y UNION MENDOCINA

VISTO: El contenido del Expediente N° 5.475-HC 068-2.024.  Interbloque UCR Independiente – Reconstruyendo Malargüe – Unión Mendocina. Proyecto de Resolución: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal gestione un Abono especial para empleados municipales.

Los crecientes aumentos en el costo del boleto del transporte público y las diferencias entre el sueldo municipal y la canasta básica.

y;

CONSIDERANDO: Que Muchos empleados municipales hacen uso del transporte público urbano para llegar a sus lugares de trabajo.

Que el beneficio de contar con un abono especial para empleados públicos cumpliría la misma función que el abono escolar, con una tarjeta magnética donde están cargados todos los datos del empleado.

Que el uso de este beneficio debe hacerse con responsabilidad.

Que este beneficio será para aquellos trabajadores que vivan en zonas alejadas como por ejemplo Virgen de Los Vientos, Colonia Hípica, barrios: Los Intendentes, Municipal, Martin Güemes, Nueva Esperanza entre otros.

Que serán 40 (cuarenta) viajes al mes por cada trabajador, considerando 2 (dos) viajes por día (un viaje de ida y uno de vuelta).

Que hasta el mes de abril el boleto de transporte urbano tenía un costo de $200 (doscientos pesos) y en la actualidad con el incremento del 175% paso a tener un valor de $550(quinientos cincuenta pesos) cada boleto.

Que en el mes de Julio hubo un nuevo incremento de entre el 18% y 20% por lo que paso a tener un valor de $650 (seiscientos cincuenta pesos) cada boleto.

Que los precios de las tarifas de la Ciudad de Malargüe y alrededores son los siguientes.

TARIFA AUMENTO JULIO 2.024

  • Malargüe a Barrios                                                                              $   650,00.
  • Barrio a Barrio                                                                                         $   850,00.
  • Malargüe a Virgen de los Vientos.                                                          $ 1.050,00
  • Malargüe a Barrio Grassi.                                                                        $ 1.050,00
  • Malargüe a El Chacay                                                                             $ 1.600,00

Que respecto a los usuarios de las tarjetas magnéticas, abonarán a $650 la tarifa “desde el viaje 1 al 20″. A partir de allí comenzarán a correr descuentos siempre que sigan dichos viajes dentro del mes calendario. Desde el viaje 21 a 40, el boleto costará $390; y desde el viaje 41 al 80 saldrá $325. Se mantiene el beneficio a usuarios frecuentes con descuentos de hasta 50% de la tarifa base. Para aquellos que no tienen ningún beneficio de los mencionados anteriormente, se aplicará la tarifa plana de $650.

Que en el Área Metropolitana de Gran Mendoza con la suba de los boletos los montos de los abonos de estudiantes, jubilados y demás beneficiaron son menores, e incluso algunos llegan a ser gratuitos.

Que el beneficio es de gran apoyo económico para el empleado ya que, a partir de los ingresos de los hogares, el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) mide si éstos tienen capacidad de satisfacer sus necesidades alimenticias consideradas esenciales, el valor de 1 (una) Canasta Básica Total tipo 2 es de $828.158,19

Que la canasta básica total (CBT) -que establece el umbral de la pobreza-, aumentó 2,6% en junio. Así, una familia de cuatro integrantes (dos adultos y dos chicos) necesita $873.169 para no ser pobre, según el INDEC. En el primer semestre de 2024 este indicador acumuló un alza de 76,1% y aumentó 275,7% en el último año.

Que una familia de cuatro integrantes -conformada por un varón de 35 años, una mujer de 31 años, un hijo de 6 años y una hija de 8-, necesitó un ingreso mínimo de $873. 169 para un hogar compuesto por cinco personas -una pareja de 30 años y tres hijos de 5, 3 y 1 año- se requirió una suma de $918.381.

Que en el mes de Abril el Sr. Intendente Municipal Cdor. Celso A. Jaque implementó el siguiente calendario de bonos y aumentos para trabajadores municipales y consta de la siguiente manera:

  • Abril: 5% aumento al básico de marzo más el bono de $50.000 cerrado el día 16 de
  • Febrero de 2024. Al bono acordado se le adicionará la suma de pesos $ 50.000 para ser percibidos ambos el día 19 de abril de 2024.
  • Mayo: Bono no remunerativo ni bonificable de $100,000 pagadero el día 20 de mayo de 2024.
  • Junio: Bono no remunerativo ni bonificable de $85,000 pagadero el día 20 de junio de 2024.
  • Julio: Aumento del 10% al básico de marzo y adicional no remunerativo ni bonificable de $72,000 pagadero el 20 de julio de 2024.
  • Agosto: Bono adicional no remunerativo ni bonificable de $72,000 pagadero el día 20 de agosto de 2024.
  • Setiembre: 15% aumento al básico de marzo y Suma fija no remunerativa ni bonificable de $59,000 pagaderos el día 20 de Setiembre de 2024.
  • Octubre: Bono no remunerativo ni bonificable de $59,000 pagaderos el 20 de octubre de 2024.
  • Noviembre: Aumento del 20% al básico de marzo de 2024.

Que en febrero, el salario real de los trabajadores registrados subió 11,5%. Sin embargo, se ubicó por debajo de la inflación anotada en ese mismo mes, que alcanzó el 13,2%.

Que el ingreso disponible de la población podría reducirse más del doble por el ajuste de tarifas de gas, luz, agua y transporte público. Algunos datos relevantes:

  • La inflación interanual a marzo fue del 290%.
  • Muchos bienes y servicios esenciales superaron la inflación:
  • Electricidad y gas: 300%.
  • Alimentos: 306%
  • Combustible y lubricantes: 364%.
  • Medicamentos: 379%.
  • Transporte público: 385%.
  • Educación: 227%.
  • Alquiler de viviendas: 149%.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTÍCULO  1°:  Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal la realización de un convenio especial para empleados municipales, con la Empresa Prestadora de Servicio de Transporte CATA para el Departamento de Malargüe.

ARTÍCULO  2°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal se garantice que el Abono sea solamente para uso exclusivo en horario de trabajo, pudiendo el empleado contar con un viaje de ida (horario de entrada) y un viaje de vuelta (horario de salida) por día laboral (40 viajes al mes).

ARTÍCULO  3°: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.  RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A CINCO DÍAS DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICINCO.