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RESOLUCIÓN N° 222/2.025

Pulicado el
por

El HCD solicitó la implementación de estaciones solares en espacios públicos de Malargüe

En la Sesión del 24 de julio, el Honorable Concejo Deliberante aprobó la Resolución Nº 222/2.025, mediante la cual se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal la ejecución de la Ordenanza Nº 2.248/2.023, que establece la instalación de estaciones solares públicas en puntos estratégicos del Departamento.

El objetivo es dotar a los espacios públicos —tanto urbanos como rurales— de infraestructura que permita recargar dispositivos móviles y obtener agua caliente mediante energía solar, beneficiando a vecinos y turistas.

La medida busca promover el uso de energías renovables, reducir el consumo eléctrico convencional y ofrecer servicios útiles en lugares de alta concurrencia. Las estaciones deberán contar con paneles solares fotovoltaicos, paneles térmicos para agua caliente, puertos USB y cargadores universales, así como sistemas de seguridad y accesibilidad que garanticen su uso por todas las personas.

Con esta Resolución, el Cuerpo Deliberativo refuerza el compromiso de avanzar hacia un modelo energético más sustentable, que potencie la calidad de los servicios públicos y favorezca el cuidado del medio ambiente.

PIEZA LEGAL

AUTORES CONCEJALES VIVIANA MOSCA Y PABLO VILLARRUEL

BLOQUE FRENTE CAMBIA MENDOZA

VISTO: El contenido del Expediente N° 3.976/2.025-0. Bloque Frente Cambia Mendoza. Proyecto de Resolución: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal la ejecución de la Ordenanza N° 2.248/2.023

La necesidad de contar con puntos estratégicos de estaciones solares, que permitan proveer de energía sustentable para la recarga de telefonía móvil y carga de agua caliente a vecinos, como a turistas que eligen como destino visitar el Departamento de Malargüe.

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CONSIDERANDO: Que el uso de energía solar contribuye a la reducción del consumo de energía eléctrica convencional, favoreciendo una transición progresiva hacia un mayor aprovechamiento de las denominadas energías renovables, las cuales provienen de fuentes naturales virtualmente inagotables.

Que la instalación de estaciones solares permite disponer de suministro eléctrico en espacios públicos y abiertos, promoviendo el acceso a servicios energéticos sustentables.

Que los dispensadores solares de agua híbridos —que operan mediante energía solar y eléctrica— permiten obtener agua caliente con un ahorro estimado del cincuenta (50) al setenta por ciento (70%) del consumo eléctrico tradicional, según las condiciones climáticas predominantes.

Que en la actualidad, los teléfonos celulares y computadoras personales se han transformado en herramientas de uso cotidiano, necesarias tanto para la comunicación como para la resolución de situaciones de emergencia, por lo que la implementación de estaciones de carga solar debe considerarse una prioridad dentro de las obras públicas municipales.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal ponga en vigencia la Ordenanza Nº 2.248/2023, que establece la instalación de estaciones solares públicas que provean agua caliente y tomacorrientes para carga de teléfonos celulares, en los espacios públicos con mayor concurrencia de la zona urbana y rural del Departamento.

ARTÍCULO 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal contemple la ampliación de puntos estratégicos para instalar las estaciones, conforme a lo establecido en el Artículo 3° de la Ordenanza Nº 2.248/2023.

ARTÍCULO 3º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que las características técnicas de las estaciones sean las siguientes:

a) Paneles solares fotovoltaicos para la generación de energía eléctrica, utilizados en la recarga de celulares.

b) Paneles solares térmicos destinados a calentar agua para uso público.

c) Estaciones de carga con puertos USB y cargadores universales.

d) Sistema de seguridad: Cámaras y señalizaciones para prevenir actos vandálicos.

c) Infraestructura accesible: Diseño inclusivo que facilite su uso por parte de todas las personas.

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.  RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTICUATRO DÍAS DE JULIO DE DOS MIL VEINTICINCO.