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ORDENANZA N° 2.342/2.025

Pulicado el
por

El HCD aprobó el Convenio para el abordaje integral del VIH e ITS

El Honorable Concejo Deliberante aprobó la Ordenanza Nº 2.342/2.025, mediante la cual se convalida el Convenio Marco suscripto entre la Municipalidad de Malargüe y el Programa Provincial de Respuesta al VIH del Ministerio de Salud de Mendoza.

El acuerdo establece un marco de cooperación interinstitucional destinado a la prevención, diagnóstico, tratamiento, seguimiento y control del Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH), las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) y otras problemáticas vinculadas a la salud sexual y reproductiva.

A través de esta articulación, se busca fortalecer las políticas públicas de salud en el ámbito local, permitiendo adaptar las estrategias a las necesidades específicas de la comunidad.

El convenio contempla capacitaciones, campañas de sensibilización, provisión de insumos médicos y el fortalecimiento de los equipos de salud de primer nivel de atención, impulsando un abordaje integral y comunitario frente al VIH y las ITS.

La Cláusula Sexta del acuerdo establece una vigencia de tres años, tiempo durante el cual se espera profundizar el trabajo conjunto entre el Municipio y la Provincia en beneficio de la salud pública.

PIEZA LEGAL

VISTO: El contenido del Decreto N° 801/2.025. Ref: Convenio Marco entre la Municipalidad de Malargüe y el Programa Provincial en respuesta al VIH del Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza.

CONSIDERANDO: Que  dicho convenio tiene por objeto establecer un marco de cooperación interinstitucional entre la Provincia y el Municipio, destinado a la implementación de acciones conjuntas en materia de prevención, diagnóstico, tratamiento, seguimiento y control del Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH), las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) y otras problemáticas vinculadas con la salud sexual y reproductiva.

Que la articulación entre organismos provinciales y municipales constituye una herramienta eficaz para fortalecer las políticas públicas de salud en el ámbito local, posibilitando la adaptación de estrategias a las particularidades y necesidades específicas de la comunidad.

Que el acuerdo prevé el desarrollo de actividades de capacitación, campañas de sensibilización, provisión de insumos médicos y el fortalecimiento de los equipos de salud del primer nivel de atención, promoviendo así un abordaje integral, comunitario y coordinado frente al VIH y las ITS.

Que la Cláusula Sexta del Convenio Marco establece una vigencia de tres (3) años, por lo que resulta pertinente y oportuno que este Honorable Cuerpo manifieste su aval y acompañamiento a la iniciativa.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTÍCULO 1º:  Apruébase el Convenio Marco suscripto entre el Programa Provincial de Respuesta al VIH del Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza y la Municipalidad de Malargüe, cuyo objeto es la implementación de acciones conjuntas para el abordaje integral del VIH, las ITS y demás problemáticas vinculadas con la salud sexual y reproductiva en el ámbito municipal.

ARTÍCULO 2°: Incorpórese como Anexo I de la presente Ordenanza el texto íntegro del Convenio Marco aprobado por Decreto N° 801/2025.

ARTÍCULO 3°:  Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.  RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A SIETE DÍAS DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICINCO.