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ORDENANZA N° 2.357/2.025

Pulicado el
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El HCD modificó la Ordenanza 1.715/2014 para avanzar en la escrituración del Barrio Municipal

El Cuerpo Deliberativo aprobó la Ordenanza Nº 2.357/2025, que introduce una modificación clave en el Artículo 7° de la Ordenanza N° 1.715/2014, con el objetivo de agilizar el proceso de escrituración de las viviendas del Barrio Municipal, una demanda que los vecinos sostienen desde hace más de tres décadas.

La modificación habilita al Departamento Ejecutivo a contratar profesionales con Registro Notarial en Malargüe y también a trabajar directamente con Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Mendoza. Esta ampliación de opciones facilita la designación de profesionales del equipo provincial, permitiendo avanzar en la regularización dominial del barrio.

La norma toma como referencia la Ley Provincial 8.589, que transfirió al Municipio la titularidad de una fracción de terrenos para que fueran adjudicados a los actuales ocupantes, y la Ley 4.377, que faculta a Escribanía General de Gobierno a intervenir en procesos de escrituración y registro inmobiliario.

Además, la Ordenanza solicita al Departamento Ejecutivo un informe detallado, en un plazo de diez días, sobre los avances registrados desde la aprobación de la Ordenanza 1.715/2014, considerando que durante once años no se ha observado un procedimiento efectivo para concretar la escrituración.

Con esta medida, el HCD busca ofrecer una respuesta concreta a una necesidad histórica de las familias del Barrio Municipal, promoviendo acciones que permitan avanzar de manera definitiva hacia la regularización dominial.

PIEZA LEGAL

AUTORES CONCEJALES Magali ACOSTA, Pablo CABRERA, Emilce MANSILLA, Rodrigo HIDALGO

BLOQUE PARTIDO JUSTICIALISTA

VISTO: El contenido del Expediente N° 6.142/2.025. Bloque Partido Justicialista. Proyecto de Ordenanza: Modificar el Art. 7° de la Ordenanza Nº1.715/2.014.

Y;

CONSIDERANDO: Que la Ordenanza Nº 1.715/2.014 en su Art.7º expresa “Autorícese al Departamento Ejecutivo a contratar los profesionales que posean Registro Notarial en el Departamento de Malargüe, a fin de que se proceda a la escrituración correspondiente”.

Que la Ley N°8.589/2.013, transfiere a la Municipalidad de Malargüe una fracción de terreno propiedad del Gobierno de la Provincia de Mendoza e impone el cargo de que dicho inmueble, sea destinado a la adjudicación por parte del Municipio, a los actuales ocupantes del denominado Barrio Municipal.

Que en los vecinos que habitan en dicho barrio, lo hacen por más de treinta años.

Que es menester de los representantes de la comunidad, generar acciones a fin de contribuir al conjunto de la población, como eliminar limitaciones que hoy se suscitan.

Que la Ley Provincial N°4.377/79 y su reglamentación en el Régimen Jurídico de Escribanía General de Gobierno de la provincia de Mendoza, faculta al Escribano General de Gobierno de Mendoza y su equipo a realizar medidas que faciliten el otorgamiento de las escrituras y la posterior inscripción en los registros inmobiliarios correspondientes.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTICULO 1°: Modifíquese el Art. 7° de la Ordenanza N°1.715/2.014, que quedará redactado de la siguiente manera: “Autorízase al Departamento Ejecutivo a contratar los profesionales que posean Registro Notarial en el Departamento de Malargüe y/o con Escribanía General de Gobierno de Mendoza, para que se proceda a designar los profesionales del equipo de Escribanía de Gobierno, a fin de que se proceda la escrituración correspondiente”.

ARTICULO 2°: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal informe, en un plazo perentorio de DIEZ (10) días, a este Honorable Concejo, los procedimientos, contrataciones, listado de profesionales y toda documentación obrante respecto a los avances del proceso de escrituración en función de la Ordenanza N° 1.715/2.014, debido a la falta de procedimiento durante once (11) años  

ARTÍCULO 3°: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.  RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTITRES DÍAS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO