El HCD declaró de interés social,sanitario y departamental la semana mundial de la lactancia materna.
El Honorable Concejo Deliberante de Malargüe aprobó la Resolución N° 237/2.026, mediante la cual declaró de Interés Social, Sanitario y Departamental la Semana Mundial de la Lactancia Materna, que se conmemora anualmente del 1 al 7 de agosto, reafirmando su compromiso con la promoción, protección y apoyo de la lactancia materna.
La iniciativa también dispone la iluminación del edificio del Honorable Concejo Deliberante y promueve la iluminación de edificios municipales y tótems turísticos de color dorado, símbolo internacional de la campaña de concientización sobre la lactancia materna y sus beneficios para las infancias, las personas gestantes y la sociedad.
Asimismo, la Resolución establece que el edificio del HCD sea iluminado de color lila cada 17 de marzo, Día de la Puericultora en Argentina, y el 1 de agosto del presente año, en reconocimiento a la labor que desempeñan las puericultoras y en apoyo al reconocimiento legal de la profesión en todo el país.
La normativa también expresa el acompañamiento institucional del Honorable Concejo Deliberante a todas las acciones destinadas a promover, proteger y fortalecer la lactancia materna, destacando el rol fundamental de las puericultoras en el acompañamiento de las personas gestantes, las familias y la primera infancia.
PIEZA LEGAL
AUTORES CONCEJALES: Silvina CAMIOLO.
BLOQUE RECONSTRUYENDO MALARGUE
VISTO: El contenido del Expediente N°2.873/2.026-0, Bloque Reconstruyendo Malargüe. Proyecto de Resolución: Declarar la Semana Mundial de la Lactancia Materna e iluminar el Honorable Concejo Deliberante.
Solicitud N°25.307/2.026, mediante la cual se incorpora documentación relacionada con la temática.
Solicitud N°25.395/2.026. Unión de Puericultoras Argentinas Sra. Ayelén Sánchez, solicita se Declare de Interés Municipal la Semana Mundial de la Lactancia.
La conmemoración de la Semana Mundial de la Lactancia Materna, que se celebra anualmente del 01 al 07 de agosto, la importancia de reconocer la labor de las puericultoras en el acompañamiento de las personas gestantes, las familias y la primera infancia.
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CONSIDERANDO: Que la Semana Mundial de la Lactancia Materna fue instaurada por la Alianza Mundial para la Acción en Lactancia Materna (WABA), con el apoyo de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y UNICEF, con el objetivo de promover, proteger y apoyar la lactancia materna en todo el mundo.
Que la lactancia materna constituye la forma óptima de alimentación durante los primeros meses de vida, aportando beneficios nutricionales, inmunológicos, emocionales y de desarrollo, además de favorecer la salud de quien amamanta y fortalecer el vínculo afectivo.
Que la Organización Mundial de la Salud recomienda la lactancia materna exclusiva durante los primeros seis meses de vida y su continuidad, junto con una alimentación complementaria adecuada, hasta los dos años o más.
Que el color dorado representa internacionalmente la Semana Mundial de la Lactancia Materna, simbolizando el “patrón oro” de la alimentación infantil por los múltiples beneficios que brinda a la salud de las infancias, las personas gestantes y la sociedad.
Que el lema de la Semana Mundial de la Lactancia Materna 2026 es: “Lactancia Materna: un inicio sostenible en cualquier circunstancia. Fortalezcamos las acciones que funcionan”, promoviendo la consolidación de políticas públicas y redes de apoyo.
Que las puericultoras cumplen un rol fundamental en la promoción, protección y apoyo de la lactancia humana, acompañando a las personas gestantes y sus familias durante el embarazo, el puerperio y la primera infancia mediante información, contención y asesoramiento especializado.
Que cada 17 de marzo se conmemora en la República Argentina el Día de la Puericultora, destinado a reconocer el trabajo de quienes desarrollan esta importante tarea sanitaria.
Que la Provincia de Buenos Aires, mediante la Ley Provincial N°15.525, reguló el ejercicio profesional de la puericultura, constituyendo un antecedente relevante para el reconocimiento institucional de la profesión.
Que distintas provincias continúan impulsando iniciativas tendientes al reconocimiento legal de la profesión, favoreciendo su incorporación a los equipos interdisciplinarios de salud.
Que la iluminación de edificios públicos constituye una herramienta simbólica de concientización, sensibilización y acompañamiento a causas de interés sanitario y comunitario.
Que resulta oportuno que el Honorable Concejo Deliberante de Malargüe manifieste su compromiso con la promoción de la lactancia materna y con el reconocimiento del trabajo que realizan las puericultoras.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Declarar de Interés Social, Sanitario y Departamental la Semana Mundial de la Lactancia Materna del 01 al 07 de agosto de cada año, disponer la iluminación del edificio del Honorable Concejo Deliberante y promover la iluminación de edificios municipales y tótems turísticos de color dorado (amarillo), en adhesión a la campaña internacional de concientización y promoción de la lactancia materna.
ARTÍCULO 2º: Disponer la iluminación del edificio del Honorable Concejo Deliberante de color lila, el 17 de marzo de cada año y el 01 de agosto del presente año, en reconocimiento a la labor de las puericultoras y en apoyo a la búsqueda del reconocimiento legal de la profesión en todo el territorio nacional.
ARTÍCULO 3º: Expresar el acompañamiento del Honorable Concejo Deliberante a todas las acciones destinadas a promover, proteger y apoyar la lactancia materna y reconocer el trabajo de las puericultoras como parte fundamental de las políticas públicas de salud materno-infantil.
ARTÍCULO 4°: Remitir copia de la presente pieza legal al Departamento Ejecutivo Municipal, al Hospital Regional Malargüe, a las instituciones de salud públicas, privadas del Departamento y a las Asociaciones de Puericultoras de la Provincia de Mendoza y a la Sra. Ayelén Sánchez, Unión de Puericultoras Argentinas.
ARTICULO 5º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A TREINTA DIAS DE JULIO DE DOS MIL VEINTISEIS.

