Gacetillas, Legislación, Ordenanzas Municipales, Prensa

ORDENANZA N° 2.392/2026

Pulicado el
por

El HCD creó el programa de Turismo Ufológico,Astronómico y de observación del cielo de Malargüe.

El Cuerpo Deliberativo de Malargüe aprobó la Ordenanza N° 2.392/2.026 , una iniciativa que busca fortalecer y consolidar la oferta turística del departamento a partir de sus condiciones naturales, científicas y paisajísticas.

La normativa establece que el programa funcionará bajo la órbita de la Dirección de Turismo de la Municipalidad de Malargüe y tendrá como finalidad fomentar actividades turísticas, culturales, educativas y recreativas vinculadas con la observación del cielo nocturno y el estudio de fenómenos aeroespaciales no identificados.

La Ordenanza fundamenta la creación del programa en las excepcionales condiciones que posee Malargüe para el desarrollo del turismo astronómico y ufológico, destacando la calidad de sus cielos, la presencia del Observatorio Pierre Auger, sus áreas naturales protegidas con baja contaminación lumínica y los antecedentes históricos relacionados con fenómenos aéreos no identificados registrados en distintos sectores del departamento.

Entre los objetivos del programa se encuentran diversificar la oferta turística local y regional, promover la observación responsable del cielo nocturno, impulsar actividades académicas y de divulgación científica, fortalecer el desarrollo económico local mediante la generación de empleo y posicionar a Malargüe como Capital Provincial del Turismo Ufológico.

Asimismo, la Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar convenios con instituciones y organismos públicos y privados, tanto nacionales como internacionales, para el desarrollo de las acciones previstas.

Finalmente, se crea el Registro Municipal de Sitios de Interés Ufológico y Astronómico, destinado a identificar y promocionar los espacios del departamento aptos para la observación del cielo y actividades de divulgación, incorporándolos además a plataformas digitales.

PIEZA LEGAL

AUTORES CONCEJALES: Emilce MANSILLA,Magalí ACOSTA, Edgardo David GUZMAN.

BLOQUE PARTIDO JUSTICIALISTA

VISTO: El contenido del Expediente N° 2.570/2.026-0. Bloque Partido Justicialista. Proyecto de Ordenanza: Programa Turismo Ufológico, Astronómico y de Observación del Cielo Malargüe.

La iniciativa impulsada por la Dirección de Turismo respecto a la promoción de turismo ufológico en el presente año

y;

CONSIDERANDO: Que Malargüe posee condiciones excepcionales para el desarrollo del Turismo Astronómico y UFO Turismo, contando con cielos Clase 1-2 en la Escala de Bortle en el 90% de su territorio, lo que constituye un recurso natural estratégico.

Que el Departamento alberga el Observatorio Pierre Auger, proyecto científico internacional de 18 países, activo único en Sudamérica que posiciona a Malargüe como referente mundial en astrofísica.

Que la Reserva La Payunia, Caverna de Las Brujas y Llancanelo son Áreas Naturales Protegidas con mínima contaminación lumínica, cuyo Plan de Manejo contempla el “uso público de bajo impacto”, compatible con la observación astronómica nocturna.

Que existen registros documentados desde 1.960 de Fenómenos Aéreos No Identificados, relevados por Gendarmería Nacional y testimonios de pobladores en zonas como Payunia, Castillos de Pincheira, Ruta Nacional N°40 y Ruta Provincial N° 186.

Que la Administración Nacional de Aviación Civil define a los FANI como eventos de interés para la seguridad operacional.

Que las recientes noticias sobre fotografías del cielo tomadas por Lucas D`otorne, vuelven a posicionar a Malargüe a nivel nacional e internacional.

Que Malargüe en los últimos años viene trabajando en vinculación con las Comunas de la República de Chile, y en algunas de ellas han desarrollado promoción de turismo ufológico.

Que el turismo astronómico presenta un crecimiento anual del 12% según la OMT, generando Chile más de 3 millones de USD anuales y 400 empleos directos solo en la Región de Coquimbo.

Que la Iniciativa Starlight de la UNESCO promueve la protección del cielo nocturno como patrimonio científico y cultural.

Que el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Malargüe, el día 28 de mayo del corriente año aprueba la Ordenanza Nº 2.377 de Ordenamiento Ambiental y Prevención de la Contaminación Lumínica.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTÍCULO 1°: Créase el “Programa Turismo Ufológico, Astronómico y de Observación del Cielo Malargüe” en el ámbito del Departamento de Malargüe, bajo la órbita de la Dirección de Turismo, a fin de fortalecer la iniciativa desarrollada en el presente año.

ARTÍCULO 2°: Determínese que el Programa Turismo Ufológico, Astronómico y de Observación del Cielo Malargüe, será destinado a fomentar actividades turísticas, culturales, educativas y recreativas relacionadas con la observación del cielo y el estudio de fenómenos aeroespaciales no identificados. Siendo un lineamiento a seguir en las planificaciones de trabajo que realice el Departamento Ejecutivo Municipal en cada gestión de gobierno.

ARTÍCULO 3°: Establécese que la Autoridad de Aplicación será la Dirección de Turismo de la Municipalidad de Malargüe o la que en el futuro la reemplace.

 ARTÍCULO 4º: Determínese que el Programa tendrá como objetivos:

a) Diversificar la oferta turística local, Provincial y Regional.

b) Promover la observación responsable del cielo nocturno.

c) Impulsar actividades académicas., culturales y de divulgación.

d) Fortalecer la generación de empleo y desarrollo económico local.

e) Posicionar a Malargüe como Capital Provincial del Turismo Ufológico.

ARTICULO 5º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar convenios con instituciones y organismos públicos y privados provinciales nacionales e internacionales para el cumplimiento de los objetivos de la presente ordenanza.

ARTICULO 6º: Créase el Registro Municipal de Sitios de Interés Ufológico y Astronómico, destinado a identificar lugares aptos para actividades de observación y divulgación ubicados en el departamento de Malargüe. Los Sitios de Interés Ufológico y Astronómicos deberán ser promocionados e incorporados en plataformas digitales.

ARTÍCULO 7°: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A TREINTA DIAS DE JULIO DE DOS MIL VEINTISEIS.