El HCD instituyó el Día de los Derechos de los Estudiantes Secundarios en Malargüe.
El Cuerpo Deliberativo aprobó la Ordenanza N° 2.398/2026, mediante la cual se instituye en el ámbito departamental la conmemoración anual del 16 de septiembre como “Día de los Derechos de los Estudiantes Secundarios”.
La iniciativa busca promover la memoria histórica, la defensa de los derechos humanos, la participación estudiantil y la formación ciudadana, en homenaje a las víctimas de los hechos conocidos como “La Noche de los Lápices”, ocurridos durante la última dictadura cívico-militar.
La Ordenanza establece que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Dirección de Cultura o el área que en el futuro la reemplace, incorpore esta fecha a la agenda departamental y organice anualmente actividades conmemorativas.
Como actividad central, se dispone la proyección libre y gratuita de la película “La Noche de los Lápices” en el Cine Maitén o en otro espacio cultural o educativo que determine el Departamento Ejecutivo Municipal. La propuesta contempla además la participación de un historiador, docente, investigador o especialista en derechos humanos, quien estará a cargo de una introducción y contextualización histórica, además de una reflexión posterior a la proyección.
La iniciativa invita a participar a las instituciones educativas de nivel secundario del departamento, centros de estudiantes, docentes, Instituciones de Educación Superior, organizaciones sociales, organismos de derechos humanos y a la comunidad en general.
Asimismo, se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar convenios de cooperación con organismos nacionales, provinciales y municipales, universidades, instituciones educativas, organizaciones de derechos humanos y entidades culturales para contribuir al cumplimiento de la Ordenanza.
La norma también invita a los Honorables Concejos Deliberantes de la provincia de Mendoza a adoptar el mismo sentido y valor de la iniciativa.
PIEZA LEGAL.
AUTORES CONCEJALES: Magalí ACOSTA,Pablo CABRERA,David GUZMAN,Emilce MANSILLA.
BLOQUE PARTIDO JUSTICIALISTA
VISTO: El contenido del Expediente N° 4.105/2.026-0. Bloque Partido Justicialista. Proyecto de Ordenanza: Instituir a nivel Departamental el Día de los Derechos del Estudiante Secundario.
La necesidad de promover políticas públicas orientadas a fortalecer la memoria colectiva, la educación en derechos humanos y la participación democrática de las juventudes; y reflexionando sobre el suceso del 16 de septiembre denominado “La Noche de los Lápices”
y,
CONSIDERANDO: Que el 16 de septiembre se conmemora en la República Argentina el Día de los Derechos de los Estudiantes Secundarios, en memoria de los hechos conocidos como “La Noche de los Lápices”, ocurridos en septiembre de 1.976, durante la última dictadura cívico-militar.
Que aquella noche un grupo de estudiantes secundarios de la ciudad de La Plata fue secuestrado por las fuerzas represivas del terrorismo de Estado debido a su compromiso social, su participación estudiantil y su defensa de derechos fundamentales, entre ellos el acceso al boleto estudiantil.
Que este hecho constituye uno de los episodios más emblemáticos de las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante la última dictadura, siendo la mayoría de aquellas jóvenes víctimas de desaparición forzada.
Que resulta responsabilidad del Estado Municipal promover acciones permanentes de educación para la memoria, fortaleciendo en las nuevas generaciones los valores democráticos, la defensa de los derechos humanos, el compromiso con la participación ciudadana y el respeto por las instituciones, contribuyendo a que hechos como los ocurridos durante el terrorismo de Estado no vuelvan a repetirse bajo los principios de Memoria, Verdad y Justicia.
Que mantener viva la memoria de estos acontecimientos representa un compromiso permanente con la verdad, la justicia, la democracia y el respeto irrestricto por los derechos humanos.
Que la Ley Nacional de Educación Nº 26.206 reconoce a las y los estudiantes como sujetos de derecho y garantiza la participación democrática en la vida institucional, la libertad de expresión, el derecho a ser oídos y el desarrollo de sus trayectorias educativas en un ámbito de respeto. igualdad y convivencia pacífica.
Que esta fecha constituye una oportunidad para reafirmar la importancia de los derechos de las juventudes en su etapa de formación, reconociendo su protagonismo en la construcción de una sociedad más justa, democrática y participativa.
Que la proyección de la película “La Noche de los Lápices” constituye una valiosa herramienta pedagógica para transmitir la memoria histórica, promover el pensamiento crítico y fortalecer el compromiso ciudadano de las nuevas generaciones.
Que resulta conveniente instituir una jornada anual destinada a la reflexión colectiva mediante actividades culturales y educativas abiertas a toda la comunidad.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
ORDENA
ARTÍCULO 1°: Institúyase en el ámbito del Departamento de Malargüe la conmemoración anual del 16 de septiembre como “Día de los Derechos de los Estudiantes Secundarios”, en homenaje a las víctimas de “La Noche de los Lápices”, con el objeto de promover la memoria histórica, la defensa de los derechos humanos, la participación estudiantil y la formación ciudadana.
ARTÍCULO 2°: Dispóngase que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Dirección de Cultura o el área que en el futuro la reemplace, incorpore en la agenda departamental y organice anualmente actividades conmemorativas.
ARTÍCULO 3°: Determínese el acceso libre y gratuito para estudiantes y comunidad en general a la actividad central que consistirá en la proyección de la película “La Noche de los Lápices” en el Cine Maitén o en otro espacio cultural o educativo que determine el Departamento Ejecutivo Municipal, en un horario que favorezca la participación de las instituciones educativas y de la ciudadanía.
ARTÍCULO 4°: Encomiéndese a la Dirección de Cultura la designación de un historiador, docente, investigador o especialista en derechos humanos para realizar una introducción, contextualización histórica y reflexión posterior a la proyección cinematográfica.
ARTÍCULO 5°: Invítese a participar de la presente iniciativa a todas las instituciones educativas de nivel secundario del departamento, centros de estudiantes, docentes, Instituciones de Educación Superior, Organizaciones Sociales, Organismos de Derechos Humanos y público en general.
ARTÍCULO 6°: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal, en caso de corresponder, a celebrar convenios de cooperación con Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales, Universidades, Instituciones Educativas, organizaciones de derechos humanos y entidades culturales para el cumplimiento de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 7°: Invítese a los Honorables Concejos Deliberantes de toda la provincia de Mendoza, adopten el mismo sentido y valor, debiendo notificar en sus públicos despachos.
ARTÍCULO 8°: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DIECISIETE DÍAS DE SETIEMBRE DE DOS MIL VEINTISEIS.

