Gacetillas, Legislación, Ordenanzas Municipales, Prensa

ORDENANZA N° 2.402/2.026

Pulicado el
por

El HCD nombró “Plaza Las Alas de Mi Ángel” a un espacio verde del Barrio Independencia.

El Cuerpo Legislativo aprobó la Ordenanza N.º 2.402/2026, mediante la cual se impuso el nombre “Plaza Las Alas de Mi Ángel” a un espacio verde de uso público ubicado en el Barrio Independencia de la ciudad.

La iniciativa busca generar un lugar destinado a la memoria, la reflexión, la sensibilización y el acompañamiento de las familias que han atravesado una muerte gestacional, perinatal o neonatal, promoviendo el reconocimiento social de un duelo que durante mucho tiempo fue vivido en silencio.

Según establece la Ordenanza, el espacio verde comprendido entre las calles Pedro del Castillo, Raúl Alfonsín, Don Bosco y Juan Antonio Mussa fue declarado de uso y dominio público, de acuerdo con la planimetría incorporada como Anexo I de la pieza legal.

La denominación “Las Alas de Mi Ángel” representa simbólicamente a aquellos niños y niñas que, aunque tuvieron una vida breve, dejaron una huella profunda e imborrable en sus familias.

Asimismo, la Ordenanza dispone que cada 15 de octubre, en el marco del Día Provincial del Recuerdo y Concientización sobre Muertes Gestacionales, Perinatales y Neonatales, podrán desarrollarse en el lugar actividades de sensibilización, homenaje, memoria y acompañamiento comunitario, en concordancia con la Ley Provincial N.º 9.418.

La medida también establece la actualización de los registros, planos y sistemas de información territorial municipales correspondientes a la nomenclatura del espacio, y autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las erogaciones necesarias para su cumplimiento.

Con esta iniciativa, se promueve la creación de un espacio público con un profundo significado social y comunitario, destinado a mantener viva la memoria y contribuir a una comunidad más empática, respetuosa y solidaria con las familias que transitan estas pérdidas.

PIEZA LEGAL.

AUTORES CONCEJALES: David GUZMAN,Magalí ACOSTA, Emilce MANSILLA ,Pablo CABRERA.

BLOQUE PARTIDO JUSTICIALISTA

VISTO: El contenido del Expediente N° 4.874/2.026-0. Bloque Partido Justicialista. Proyecto de Ordenanza: Impóngase el nombre de “Plaza Las Alas de Mi Ángel” al espacio verde de uso público ubicado en el Barrio Independencia de la Ciudad de Malargüe.

La necesidad de generar en nuestra comunidad espacios públicos destinados a la memoria, sensibilización y acompañamiento de las familias que han atravesado una muerte gestacional, perinatal o neonatal. La importancia de reconocer y visibilizar socialmente el duelo que atraviesan las madres, padres y familias ante la pérdida de un hijo o hija durante la gestación, el nacimiento o los primeros días de vida.

y;

CONSIDERANDO: Que a Ley Provincial Nº 9.418, establece el día 15 de octubre de cada año como el “Día provincial del recuerdo y concientización sobre muertes gestacionales, perinatales y neonatales”.

Que la pérdida de un hijo o hija durante la gestación, en el nacimiento o en el período neonatal constituye una experiencia de profundo impacto para las familias y que dicho duelo merece ser reconocido, respetado y acompañado por la comunidad.

Que durante muchos años las muertes gestacionales, perinatales y neonatales fueron vividas en silencio, con escasos espacios sociales destinados a la expresión del duelo y al reconocimiento de la existencia y memoria de esos hijos e hijas.

Que visibilizar esta realidad contribuye a construir una comunidad más empática, solidaria y respetuosa, promoviendo el acompañamiento de las familias y evitando la invisibilización de sus pérdidas.

Que la Provincia de Mendoza, mediante la Ley N º 9.418, instituyó el 15 de octubre como fecha provincial de recuerdo y concientización sobre las muertes gestacionales, perinatales y neonatales, promoviendo actividades de concientización y capacitación.

Que el Estado Municipal, como parte de la comunidad, puede generar políticas públicas y espacios simbólicos que contribuyan a acompañar, recordar y sensibilizar sobre esta realidad.

Que resulta significativo que exista en nuestro Departamento un espacio físico que permita a las familias recordar a sus hijos e hijas, expresar su duelo y encontrar un lugar de encuentro y memoria.

Que el nombre “Las alas de Mi Ángel” busca representar simbólicamente a aquellos niños y niñas que, aunque tuvieron una vida breve, dejaron una huella profunda e imborrable en sus familias.

Que una plaza constituye un espacio de encuentro comunitario, pudiendo convertirse también en un lugar de reflexión, memoria y acompañamiento.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDA DE MALARGÜE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTÍCULO 1°:  Declárese de Uso y Dominio Público el espacio verde comprendido entre calles Pedro del Castillo (Norte), calle Raúl Alfonsin S/N° (Sur), calle Don Bosco (Este); calle Juan Antonio Mussa (Oeste) del Barrio Loteo Independencia de la Ciudad de Malargüe, de acuerdo con la planimetría que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 2°: Impóngase el nombre “Plaza las Alas de mi Ángel”, al espacio verde declarado de Uso y Dominio Público en el artículo precedente.

ARTÍCULO 3°: Establézcase como finalidad de la Plaza “Las alas de Mi Ángel” constituirse en un espacio público destinado a la memoria, reflexión, sensibilización y acompañamiento de las familias que hayan atravesado una muerte gestacional, perinatal o neonatal.

ARTÍCULO 4°: Dispóngase que cada 15 de octubre, en el marco del “Día provincial del recuerdo y concientización sobre muertes gestacionales, perinatales y neonatales”, se podrán desarrollar en dicho espacio, actividades de sensibilización, homenaje, memoria y acompañamiento comunitario.

ARTÍCULO 5°: Dispóngase que la Oficina de Catastro municipal y el área correspondiente del Departamento Ejecutivo Municipal, procedan a actualizar los registros, planos y sistemas de información territorial respecto de la nomenclatura establecida en el artículo 1° de la presente.

ARTÍCULO 6°: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza, las que serán imputadas a las partidas correspondientes del Presupuesto Municipal vigente y de los ejercicios presupuestarios subsiguientes.

ARTÍCULO 7°: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.  RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A OCHO DÍAS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTISEIS.