PIEZA LEGAL: ORDENANZA Nº 1.943/2.018
REFERENCIA: PARTIDA PRESUPUESTARIA EN EL AÑO 2.019 Y SUBSIGUIENTES PARA SUBSIDIO DE LA GARRAFA SOCIAL.
AUTOR CONCEJAL: CONCEJAL MARTÍN PALMA – BLOQUE CAMBIA MENDOZA.
APROBADA: 02-08-2018
Se trata de una iniciativa del Edil Martín Palma (Bloque Cambia Mendoza) y para su aprobación no solo se tuvo en cuenta las gestiones realizadas por el Honorable Concejo Deliberante conjuntamente con la unidad regional de Anses y el ejecutivo municipal, sino además que la propuesta tiene como finalidad asegurar el suministro regular, confiable y económico de gas licuado de petróleo a sectores sociales residenciales de escasos recursos que no cuenten con servicio de gas natural por redes.
En sus vistos y considerandos, la normativa hace referencia a un municipio que se caracteriza por tener uno de los mayores crecimientos demográficos del país y donde la temperatura mínima absoluta registrada es de -24.6° C.
Frente a ello, el Cuerpo de Concejales admitió la necesidad de legislar en forma diferenciada en determinados aspectos y temáticas, tal como lo han entendido numerosas leyes incluso emanadas del Honorable Congreso de la Nación, las cuales han logrado compensar los altos costos de habitabilidad y producción que la región exige.
De este modo y entendiéndolo como responsabilidad de quienes deben velar por el resguardo, derechos y bienestar de toda la sociedad en general, el Cuerpo de Concejales ordenó al Ejecutivo Municipal incorporar en el Presupuesto 2019 y subsiguientes, una partida destinada al subsidio de transporte de la garrafa social de 10 kg para todos los habitantes del Departamento de Malargüe.
Marcia Sepúlveda//Prensa HCD