A través de la pieza legal Nº 2.017 aprobada el 17 de octubre, el Concejo Deliberante ordenó la creación del Programa de distribución obligatoria de agua potable para toda la Zona Rural del Departamento de Malargüe, a cada uno de los parajes, distritos y vecinos que se corrobore la falta de acceso a agua de calidad y cantidad. Para ello además ordenó que se defina e identifique un vehículo camión, exclusivo para reparto de agua potable; que se realicen inversiones necesarias para que la Municipalidad de Malargüe pueda tener el camión y cisterna habilitada bromatológicamente para el traslado de agua de calidad para los vecinos; que se planifique estratégicamente la distribución para que cada vecino de la zona rural pueda conocer en tiempo y forma la llegada de servicio de agua potable distribuida en el vehículo municipal.
El Cuerpo de Concejales además estableció la obligatoriedad del servicio de forma continua y la creación del fondo contributivo anual del Departamento Ejecutivo Municipal que estará integrado por aportes directos del Presupuesto Municipal y aportes fijados por Tarifaria anual, que representarán la división de la totalidad de los vecinos que accedan al servicio de agua potable del año anterior dividido el costo del traslado, pudiendo generarse el desembolso de pago anual para poder costear el servicio de agua potable. El Municipio deberá definir el aporte del vecino teniendo en cuenta los costos exclusivamente del servicio en cuánto combustible de traslado, excluyendo gastos de personal, viáticos, roturas y deterioros propias de amortización del vehículo o la unidad de traslado.
El proyecto pertenece al Concejal Juan Manuel Ojeda del Bloque Cambia Mendoza.
Marcia Sepúlveda- Prensa HCD
PDF Pieza Legal – ORDENANZA N° 2.017/2.019.