AUTORA: CONCEJAL DAIANA VARAS
VISTO: El contenido del Expediente N° 4.768 HC 019 – 2.020. Bloque Cambia Mendoza. Proyecto de Ordenanza: Creación de la Biblioteca Digital Municipal.
La necesidad de poner en valor las producciones locales, tanto del ámbito literario como científico, artístico y cultural, adaptándolas a las nuevas tecnologías de información y comunicación.
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CONSIDERANDO: Que la creación de una Biblioteca Virtual Municipal permitiría contar con un espacio virtual propio que permita resguardar y difundir producciones científicas, literarias y artísticas de nuestras escuelas, instituciones y vecinos, en forma digital.
Que brinda, además, una herramienta más para democratizar el conocimiento, que sea público y de acceso libre y gratuito.
Que este espacio permitiría poner al alcance de un sinnúmero de personas, en cualquier lugar del mundo, la mencionada producción local con todo el valor agregado que ello significa.
Que a la vez, estos contenidos se socializarían entre los habitantes de nuestro departamento, permitiéndoles enriquecerse en lo que respecta a la construcción de la propia identidad.
Que el Departamento de Malargüe posee un archivo histórico y fotográfico amplio y completo que aportaría enormemente a la construcción de este espacio de conocimiento.
Que contar con una biblioteca virtual permite también, mediante la firma de convenios con otras instituciones, como universidades regionales, acceder a una importante cantidad de publicaciones producidas por estas, que son necesarias en la formación de nuestros estudiantes y profesionales.
Que todo lo antedicho resulta en una promoción del acceso al saber y la difusión, dándole prioridad a las realizaciones locales.
Que muchas de las mencionadas producciones locales no cuentan con otra herramienta para darse a conocer fuera de nuestros límites departamentales o regionales.
Que la Municipalidad de Malargüe cuenta con la tecnología y el personal necesarios, por lo cual este proyecto no requiere mayor inversión económica y promueve un Derecho Humano fundamental, que es el Derecho de Acceso al Conocimiento.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
ORDENA
ARTÍCULO 1º: Créase en el ámbito de la Municipalidad de Malargüe, la Biblioteca Digital Municipal, con el objetivo de difundir producciones literarias, científicas, artísticas y culturales locales, con acceso público, libre y gratuito.
ARTÍCULO 2º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a celebrar los convenios correspondientes con los organismos públicos y privados como así también con artistas locales que quieran hacer públicas sus producciones literarias, a los fines de su ejecución; respetando los Derechos de Autor de cada uno de ellos.
ARTÍCULO 3º: Dispóngase través de la Dirección de Cultura, la realización de una Campaña destinada a asesorar y acompañar a los autores locales en el Registro de la Propiedad Intelectual (Derecho de autor) de sus obras.
ARTICULO 4º: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A TRES DÍAS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.