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RESOLUCIÓN N° 114/2.021

Pulicado el
por

AUTORES: CONCEJAL PAOLA JOFRE, DANIELA FAVARI, ANDRES RISI, SILVIA CORREA Y JOSE BARRO.

BLOQUE FRENTE DE TODOS

VISTO: El contenido del Expediente N° 4.940 HC 030 – 2.021. Bloque Frente de Todos. Proyecto de Resolución: Continuidad  del Sistema Semipresencial en la zona rural dependiente de la Dirección de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos.

La importancia que tiene el Sistema de Educación Semipresencial para Jóvenes y Adultos en la Zona Rural.

Y;

CONSIDERANDO: Que  el CENS Nº 3-512, se fundó el 16 de noviembre de 2012 funcionando con tres aulas satélites del CENS Nº 3-446 que brindó una posibilidad de oferta educativa en el Sistema Semipresencial con perspectivas de brindar educación presencial y a distancia.

Que la modalidad se rige según la Resolución N° 3049 del 5 de diciembre de 2007 Educación de Jóvenes y Adultos s/ Modalidad Semipresencial.

Que desde la fundación de la escuela DEPJA, se solicitó llegar a la zona rural de Malargüe, por ello se empezó a trabajar desde el año 2013,  contando con todos los ciclos en diferentes parajes.

Que  los profesores empezaron a llegar con las tutorías y posteriormente con 25 horas con las cuales se comenzó con EGBA, Primer Año Ciclo Básico, Segundo año Ciclo Orientado y Tercer Año Ciclo Orientado en El Alambrado, Las Loicas, El Manzano, La Junta y actualmente en Bardas Blancas en nuestro Departamento  y El Sosneado del Departamento de San Rafael.

Que según la Ley Nacional de Educación N° 26.206 en su Artículo 48° – La organización curricular e institucional de la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos responderá a  algunos objetivos y criterios como:

  • Brindar una formación básica que permita adquirir conocimientos y desarrollar las capacidades de expresión, comunicación, relación interpersonal y de construcción del conocimiento, atendiendo las particularidades socioculturales, laborales, contextuales y personales de la población destinataria.
  • Mejorar su formación profesional y/o adquirir una preparación que facilite su inserción laboral.
  • Incorporar en sus enfoques y contenidos básicos la equidad de género y la diversidad cultural.
  • Promover la inclusión de los/as adultos/as mayores y de las personas con discapacidades temporales o permanentes.
  • Implementar sistemas de créditos y equivalencias que permitan y acompañen la movilidad de los/as participantes.

Que en su  Artículo 50°  Ley Nacional de Educación N° 26.206 plantea que son objetivos de la Educación Rural:

  • Garantizar el acceso a los saberes postulados para el conjunto del sistema a través de propuestas pedagógicas flexibles que fortalezcan el vínculo con las identidades culturales y las actividades productivas locales.
  • Promover diseños institucionales que permitan a los/as alumnos/as mantener los vínculos con su núcleo familiar y su medio local de pertenencia, durante el proceso educativo, garantizando la necesaria coordinación y articulación del sistema dentro de cada provincia y entre las diferentes jurisdicciones.
  • Permitir modelos de organización escolar adecuados a cada contexto, tales como agrupamientos de instituciones, salas plurigrados y grupos multiedad, instituciones que abarquen varios niveles en una misma unidad educativa, escuelas de alternancia, escuelas itinerantes u otras, que garanticen el cumplimiento de la obligatoriedad escolar y la continuidad de los estudios en los diferentes ciclos, niveles y modalidades del sistema educativo, atendiendo asimismo las necesidades educativas de la población rural migrante.
  • Promover la igualdad de oportunidades y posibilidades asegurando la equidad de género.

Que en reunión de Comisión de Educación, Higiene, Moralidad, Salud, Acción Social y Cultura, de forma virtual por plataforma Zoom con la Supervisora de la Dirección Permanente de Jóvenes y Adultos Sra. Andrea Rodríguez y la Sub Delegada de la Dirección General de Escuelas Malargüe Sra. Fabiana Glatigny plantean el re funcionamiento y reorganización de los procesos administrativos necesarios mediante las Resoluciones correspondientes para darle funcionamiento al Sistema Educativo de Jóvenes y Adultos.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGUE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTICULO 1º: Solicitar a la Dirección de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos garantice la continuidad del Sistema Semipresencial en la Zona Rural del Departamento de Malargüe.

ARTÍCULO 2°: Requerir a la Dirección General de Escuelas, arbitre los medios necesarios para garantizar y aumentar la cantidad de horas que permitan el fortalecimiento del Sistema Semipresencial en la Zona Rural del Departamento de Malargüe, según los correspondientes procesos administrativos..

ARTÍCULO 3°: Remitir copia de la presente Resolución a la Subdelegación de Dirección General de Escuelas,  la Dirección de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos y a miembros de la comunidad educativa del Departamento de Malargüe.

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTIDOS DIAS DE ABRIL  DE DOS MIL VEINTIUNO.