VISTO: El Decreto Municipal N° 744/2.021 tendiente a reforzar las restricciones sanitarias para evitar el colapso del sistema de salud ante el aumento de contagios por COVID19.
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CONSIDERANDO: Que este Honorable Concejo Deliberante ha emitido diversas normativas con posterioridad al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 287/2.021, todo ello en el marco de la declaración de Pandemia emitida por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) con fecha 11 de marzo de 2020 y de la emergencia pública en materia sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/20 y su modificatoria y prórroga.
Que con fecha 19 de mayo de 2.021 el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Decreto Municipal N° 744/2.021, declaró en el Art. 1º, asueto administrativo para la Administración Pública Municipal los días jueves 20, viernes 21, sábado 22, domingo 23, lunes 24, martes 25, miércoles 26, jueves 27, viernes 28, sábado 29 y domingo 30.
Que como sustento legal, se cita entre otras normativas, la Ley 1.079 que autoriza adoptar todas las medidas tendientes a evitar las epidemias, disminuir sus estragos y remover las causas que las produzcan o las mantengan y todas las demás medidas que concurran a asegurar la salud y el bienestar de la población; por lo cual resulta beneficioso disponer medidas complementarias para hacer cesar incumplimientos en el ámbito departamental.
Que con fecha 19 de mayo del corriente año, desde Presidencia, en consenso con la Vicepresidenta 1°, la Vicepresidenta 2° y la Secretaria de este Honorable Cuerpo y en virtud del Decreto Municipal 744/2.021 se acordó adherir a dicha disposición.-
EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Adherir al Decreto Municipal N° 744/2.021, declarándose asueto administrativo en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante los días jueves 20, viernes 21, sábado 22, domingo 23, lunes 24, martes 25, miércoles 26, jueves 27, viernes 28, sábado 29 y domingo 30 inclusive, todos del corriente año.-
ARTÍCULO 2°: Suspender la Sesión convocada para el día 20 de mayo y la Sesión Especial del día 25 de mayo, ambas del 2.021.-
ARTÍCULO 3°: Suspender el pago de Becas hasta el día 31 de mayo de 2.021, inclusive.-
ARTÍCULO 4°: El Honorable Concejo Deliberante quedará en estado de guardia pasiva, convocándose a tales fines el personal necesario.-
ARTÍCULO 5º: Comuníquese, regístrese y archívese.
PRESIDENCIA, H.C.D. 20 de mayo de 2021