Gacetillas, Legislación, Ordenanzas Municipales, Prensa

ORDENANZA N°2.115/2.021

Pulicado el
por

AUTOR: CONCEJAL MARTIN PALMA

BLOQUE FRENTE CAMBIA MENDOZA

VISTO: El Expte. N° 4.971-HC-033-2.021. Bloque Frente Cambia Mendoza. Proyecto de Ordenanza: Modificar Artículo 1° de la Ordenanza 2.024/19. Donación de ochavas y espacios de equipamientos  ubicado en los Barrios Cari Lauquen, Palau Mahuida I, Palau Mahuida II, Mechenquil, El Trapal II, SUTE y Nahuel Curá.

El Expte. Nº 2.347/2019 Instituto Provincial de la Vivienda.

y;

CONSIDERANDO: Que  conforme Ordenanza Municipal Nº 2024/19 de fecha 30 de     mayo de 2019 se aceptó la donación de calles efectuada por el IPV a favor de la  Municipalidad de Malargüe y que involucran a los Barrios Cari Lauquen, Palau  Mahuida I, Palau Mahuida II, Mechenquil, El Trapal II, SUTE y Nahuel Cura, por      una Superficie Total de DOCE HECTÁREAS TRES MIL SETECIENTOS  SESENTA Y SEIS METROS DIECISÉIS DECÍMETROS CUADRADOS (12   Has 3.766,16m2), a desglosarse de seis títulos distintos.

Que  habiendo ingresado el Expediente administrativo municipal al Registro de la Propiedad Inmueble para su inscripción, en fecha 19 de marzo de 2021, el mismo DEVOLVIÓ CON RESERVA hasta tanto se indique en la Ordenanza Nº 2024/19 las superficies a desglosar de cada inmueble.

Que en consecuencia, se hace necesario rectificar la Ordenanza Nº 2024/19, indicando las superficies a desglosar de cada Matrícula involucrada, siendo éstas las Matrículas: 4891/19 (Título 1), 4892/19 (Título 2), 4893/19 (Título 3), 4894/19 (Título 4), 4898/19 (Título 5) y 4890/19 (Título 6), para la correcta inscripción de             la donación de calles.

Que  revisado nuevamente el Expediente Municipal de referencia, del Proyecto de Plano, confeccionado por el Agrimensor Héctor Ojeda, surgen los resúmenes de superficies de las calles, ochavas y espacios para equipamientos a donar.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS.

ORDENA

ARTÍCULO 1°: Modifíquese  el Artículo 1° de la Ordenanza N° 2.024/2.019 la que quedará redactada de la siguiente manera: Aceptase la Donación efectuada a la Municipalidad  de Malargüe por parte del Instituto Provincial de la Vivienda de las superficies destinadas a calles,  ochavas y espacios para equipamientos de los Barrios Cari Lauquen, Palau Mahuida I, Palau Mahuida II, Mechenquil, El Trapal II, SUTE y Nahuel Cura; y que involucran las siguientes superficies, títulos y matrículas  conforme Proyecto     de Plano confeccionado por el Agrimensor Héctor Ojeda: 1)  Título I, Matrícula 4891/19: Superficie de DOS MIL CIENTO SETENTA Y DOS    METROS TREINTA Y CUATRO DECÍMETROS CUADRADOS (2.172,34m2); 2)        Título II, Matrícula 4892/19: Superficie de CINCO HECTÁREAS TRES MIL  DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS SETENTA Y DOS DECÍMETROS CUADRADOS (5 Has. 3.244,72 m2); 3) Título III, Matrícula        4893/19: Superficie de UNA HECTÁREA SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO METROS VEINTICUATRO DECÍMETROS CUADRADOS (1 Ha. 7.225,24 m2); 4) Título IV, Matrícula 4894/19: Superficie de DOS MIL VEINTICINCO METROS CINCUENTA Y NUEVE DECÍMETROS         CUADRADOS (2.025,59m2); 5) Título 5, Matrícula 4898/19: Superficie de UNA        HECTÁREA DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO       METROS UN DECÍMETRO CUADRADO (1 Ha. 2.444,01 m2); 6) Título VI,   Matrícula 4890/19: Superficie TRES HECTÁREAS SEIS MIL SEISCIENTOS       CINCUENTA Y CUATRO METROS VEINTISÉIS DECÍMETROS     CUADRADOS (3 Has. 6.654,26 m2).

ARTÍCULO 2°: Procédase a través del Departamento Ejecutivo Municipal a realizar los actos administrativos y jurídicos necesarios para la Inscripción Registral de la aceptación de la donación efectuada a favor de la Municipalidad de Malargüe.

ARTICULO 3°: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DOCE DÍAS DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIUNO