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RESOLUCIÓN N° 315/2.021

Pulicado el
por

AUTORES: CONCEJALES DANIELA FAVARI Y ANDRES RISI

BLOQUE FRENTE DE TODOS 

VISTO: El Expte. N°5.003-HC-036-2.021. Bloque Frente de Todos. Proyecto de Resolución:  Solicitar al Ejecutivo Municipal gestione  la creación de  un Centro de Salud de Atención Primaria  en el Paraje Los Molles del Departamento de Malargüe.

La necesidad de que el Paraje los Molles cuente con un Centro de Salud de atención primaria para los pobladores del lugar  y zonas aledañas

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CONSIDERANDO: Que un  Centro de Salud de atención primaria brinda un servicio indispensable para la comunidad que vive en una zona alejada como es Los Molles y teniendo en cuenta que es también una zona turística al que acuden una  gran cantidad de visitantes en temporada de invierno y verano.

Que es necesario satisfacer  desde el estado las necesidades básicas y poder así  brindar una mejor calidad de vida a los pobladores de la zona. El motivo que lleva al pedido de éste Centro de Salud de atención primaria, es el interés de la    población, las cuales se han estado esforzando  desde hace tiempo para mejorar su Paraje, pero además  desde la comunidad de los Molles vienen haciendo este reclamo de un Centro de Salud de atención primaria de forma permanente.

Que al ver las problemáticas de cerca, claramente se puede observar como las    necesidades con respecto a salud hacen la diferencia en la calidad de vida de los pobladores de las zonas alejadas a la ciudad.

Que la salud en la Ciudad representa solo un servicio al cual podemos acudir diariamente y obtener beneficios. En cambio en las zonas rurales y alejadas, se hace dificultoso por razones de distancia, es una preocupación y un tema de primera importancia poder acceder a turnos o consultas médicas y que a través de éste      proyecto pretendemos poner en valor.

Que tener disponibilidad inmediata de los servicios de salud como enfermeros,    médicos, ambulancia para poder acceder a tratamientos médicos y ser atendidos de urgencia son los pilares básicos de nuestra sociedad que con el tiempo ha adquirido derechos.

Que esta realidad deja al descubierto que la salud pública en las zonas rurales hace  frente a los siguientes desafíos:

  • Mejorar la accesibilidad de los servicios integrales que conforman el  sistema sanitario
  • Disminuir los problemas de mortalidad y morbilidad más prevalentes   en la población rural
  • Reducir el tiempo de espera de los servicios sanitarios
  • Acortar las distancias desde cualquier lugar hasta el Centro de Salud u Hospital más cercano
  • Poner en valor un lugar turístico como Los Molles, es también concretar este pedido del lugar y de los prestadores de la zona.

Que la zona de Los Molles se ha convertido en un lugar turístico de importancia a nivel Nacional, Provincial e Internacional, que  cuenta con un importante centro de alojamientos y  baños termales que  son muy concurridos en toda época del año por  una gran cantidad de turistas que provienen de todas partes del país y del mundo.

Que Los Molles se ubica a 55 km de la Ciudad de Malargüe, y cuenta con una población de 648 habitantes aproximadamente con una escuela primaria y complejos  turísticos.

Que para la Organización Mundial de la Salud la atención primaria es un enfoque para   la salud y el bienestar centrado en las necesidades y circunstancias de las personas, las familias y las comunidades. Aborda la salud y el bienestar físico, mental y social  de una forma global e interrelacionada.

Que proporciona una atención integral de la persona para satisfacer las necesidades  sanitarias a lo largo de su vida, no solo para una serie de enfermedades específicas.  La atención primaria vela para que las personas reciban un tratamiento integral, desde la promoción y la prevención hasta el tratamiento, la rehabilitación y los cuidados paliativos, de una forma lo más ajustada posible a su entorno cotidiano.

Que la atención primaria se basa en un compromiso con la justicia social y la equidad     y en el reconocimiento del derecho fundamental al goce del grado máximo de salud  que se pueda lograr, tal como dispone el Artículo 25° de la Declaración Universal de Derechos Humanos: «Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios

Que “La Atención Primaria comienza con la gente y sus problemas…” (OMS).”La  diferencia esencial entre la Atención Primaria y la Atención Médica es el compromiso activo de la población”  lo sostiene la Organización Mundial de la Salud, OMS.

Que este Honorable  Concejo Deliberante  aprobó las Resoluciones Nº 308/2004 creación de Centro de Salud en las Localidades de La Junta y Los Molles y la Resolución N°   053/2010  que solicita al Gobierno de la Provincia la instalación de    Centro de Salud en el Paraje de Los Molles y la  Ordenanza Nº 634/94 que resuelve   sobre la intención de donación a la   Municipalidad de Malargüe, de una fracción de terreno ubicado en el Paraje de Los   Molles con destino a  la creación de un Centro Cívico, formulado por su propietario y su  modificatoria  N° 698/95 en vigencia.

Que se encuentran vigentes las Ordenanzas  N° 634/94 y 698/95 y la Resolución N° 053/2010.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGUE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1: Solicitar al Ejecutivo Municipal que a través del área que corresponda arbitre    todos los medios y gestiones en el  Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza           para la  creación de  un Centro de Salud de Atención Primaria  en el Paraje Los Molles

ARTÍCULO 2: Enviar copia de la presente pieza legal al Ministerio de Salud de la Provincia,    a Legisladores Provinciales por el Cuarto Distrito Electoral, Área Sanitaria del     Departamento de Malargüe.

ARTÍCULO 3: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones             correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DOCE DÍAS DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIUNO