AUTORA: CONCEJAL PAOLA ROJO
VISTO: El contenido del Expediente N° 4.900 HC 028 – 2.021. Bloque Frente Cambia Mendoza. Proyecto de Resolución: Adherir a la Ley Nacional N° 26.606, la cual instituye el mes de octubre de cada año como el “MES NACIONAL DE LA CONCIENTIZACIÓN SOBRE EL CÁNCER DE MAMA”.
Que la Ley Nacional Nº 26.606 que instituye el mes de octubre como “MES DE LA CONCIENTIZACIÓN DE CÁNCER DE MAMA” que se desarrolla en todo el país con el objetivo de concientizar sobre la prevención, detección precoz y tratamiento.
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CONSIDERANDO: Que el 19 de octubre se celebra en todo el mundo el Día Mundial contra el Cáncer de Mama.
Que el cáncer de mama es el tumor maligno que se origina en el tejido de la glándula mamaria. Cuando las células tumorales proceden del tejido glandular de la mama y tiene la capacidad de invadir los tejidos sanos de alrededor y de alcanzar órganos alejados e implantarse en ellos, hablamos de cáncer de mama.
Que las posibilidades de curación de los canceres de mama que se detectan en su etapa inicial son prácticamente del 95%; la técnica utilizada y mundialmente aceptada es la mamografía, que consiste en una radiografía de las mamas, capaz de detectar lesiones en estadios muy incipientes de la enfermedad. La dosis de radiación empleada en la mamografía es mínima, por lo que resulta inofensiva. LALCEC y la Sociedad Argentina de Mastologia recomiendan realizar la primera mamografía a partir de los 40 años.
Que es por ello que la concientización y la importancia de la detección precoz en el cáncer de mama, es fundamental para prevenir la enfermedad y para acabar con ella en el caso de que se haya desarrollado, considerando que 9 de cada 10 mujeres diagnosticadas a tiempo superan el cáncer de mama.
Que en nuestra Ciudad el Hospital Regional Malargüe año tras año, realiza actividades con un gran compromiso en la temática y lleva a cabo un loable trabajo en la materia.
Que: es necesario invitar a todos los organismos públicos y privados a comunicar a través de las redes sociales y la comunicación comunitaria y territorial, sobre la importancia de los controles periódicos.
Que la difusión y comunicación en estos tiempos donde estamos atravesados por la pandemia del COVID-19 y donde no se pueden realizar actividades presenciales, es esencial para visibilizar la promoción de campañas preventivas.
Que es primordial el trabajo coordinado y articulado en temáticas y problemáticas tanto sociales como de salud.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN EL USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Adherir el Departamento de Malargüe a la Ley Nacional N° 26.606, la cual instituye el mes de octubre de cada año como el “MES NACIONAL DE LA CONCIENTIZACIÓN SOBRE EL CÁNCER DE MAMA”.
ARTÍCULO 2°: Crear el Programa Departamental “OCTUBRE ROSA EN MALARGÜE” con el objetivo de concientizar a la ciudadanía, fomentando su prevención y detección precoz., en consonancia con la Ley Nacional Nº 26.606.
ARTÍCULO 3°: Disponer como herramienta de visualización de la Campaña de Concientización, la iluminación de color rosa en los principales Edificios Públicos Municipales y edificio del Honorable Concejo Deliberante, durante la semana del 19 de octubre.
ARTÍCULO 4°: Disponer al Área Municipal a cargo de llevar adelante estas acciones, que deberá invitar a organizaciones, instituciones y asociaciones de la comunidad a que participen del desarrollo de la Campaña de Concientización complementando con múltiples y variadas actividades educativas, sociales, culturales, solidarias, deportivas e informativas y toda acción estratégica tendiente a lograr el objetivo del Programa.
ARTÍCULO 5°: Remitir copia de la siguiente pieza legal a:
- Hospital Regional Malargüe.
- Área de Salud – Delegación Malargüe
- Centros Médicos del Ámbito Privado.
- Obra Social Empleado Público (OSEP) – Delegación Malargüe.
- Programa de Asistencia Médica Integral (PAMI), Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados – Delegación Malargüe.
- Legisladores Provinciales por el Cuarto Distrito Electoral.
ARTICULO 6°: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTIUN DÍAS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.