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RESOLUCIÓN N°334/2.026

Pulicado el
por

El HCD puso en conocimiento de organismos provinciales y nacionales la situación edilicia de la sede de OSEP Malargüe.

Concejales aprobaron la Resolución N° 334/2026, mediante la cual se puso en conocimiento del Directorio General de la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP), la Subdirección de Recursos Físicos de OSEP, el Ministerio de Salud y Deportes de Mendoza, el Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina (COSSPRA) y la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación, las denuncias de público conocimiento vinculadas con las presuntas deficiencias edilicias y condiciones de funcionamiento de la sede de OSEP Malargüe.

La iniciativa, impulsada por el Bloque Partido Justicialista y contenida en el Expediente N° 3.255/2026-0, surge a partir de distintas manifestaciones difundidas públicamente, entre ellas las realizadas por representantes de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), relacionadas con las condiciones edilicias, el posible hacinamiento y eventuales riesgos para trabajadores, afiliados y público en general que concurren al inmueble ubicado en calle Uriburu N° 233.

En sus fundamentos, la Resolución señala que la concentración de distintas dependencias en un mismo inmueble habría generado un incremento considerable de trabajadores y afiliados en un espacio físico que podría resultar insuficiente, situación que podría afectar las condiciones laborales, la atención al público, la accesibilidad y las condiciones de seguridad e higiene.

Ante este escenario, el Cuerpo Deliberativo consideró oportuno que se realice una inspección técnica integral del inmueble, con el objetivo de verificar las condiciones de higiene y seguridad laboral, la existencia y vigencia del plan de evacuación y emergencias, las certificaciones e inspecciones realizadas por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), la capacidad máxima de ocupación y las condiciones de accesibilidad para personas con discapacidad o movilidad reducida.

Asimismo, se plantea verificar las habilitaciones, certificaciones y demás requisitos edilicios exigidos por la normativa vigente, además de cualquier otra circunstancia relacionada con el estado del inmueble y su adecuado funcionamiento.

La Resolución establece que, en caso de verificarse observaciones o deficiencias en materia de infraestructura, seguridad o higiene, se adopten las medidas correctivas necesarias para garantizar condiciones adecuadas de trabajo, preservar la integridad física de trabajadores y afiliados y asegurar una correcta prestación del servicio.

Finalmente, el HCD solicitó a OSEP que informe las medidas adoptadas a partir de la Resolución, con el propósito de contribuir a la difusión de información oficial y brindar tranquilidad a la comunidad. También se incorporó como Anexo I la publicación periodística que dio origen a las actuaciones.

PIEZA LEGAL.

AUTORES CONCEJALES: Emilce MANSILLA,Magalí ACOSTA,David GUZMAN,Pablo CABRERA.

BLOQUE PARTIDO JUSTICIALISTA

VISTO: El contenido del Expediente N° 3.255/2.026-0. Bloque Partido Justicialista. Proyecto de Resolución: Poner en conocimiento al Directorio de la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP), al Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina (COSSPRA) y a la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación sobre las presuntas deficiencias edilicias y condiciones de funcionamiento de la sede de OSEP Malargüe.

Las denuncias de público conocimiento relacionadas con las presuntas deficiencias edilicias y las condiciones de funcionamiento de la sede de la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP), ubicada en calle Uriburu N.° 233 del departamento de Malargüe, difundidas por distintos medios periodísticos, entre ellos la publicación de Malargüe a Diario, que se incorpora como Anexo I de la presente Resolución.

Y;

CONSIDERANDO: Que han tomado estado público diversas manifestaciones efectuadas por representantes de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), mediante las cuales se denuncian presuntas deficiencias edilicias, condiciones de hacinamiento y posibles riesgos para trabajadores, afiliados y público en general que concurren a la sede de la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP) de la ciudad de Malargüe.

Que de acuerdo con la información difundida, la concentración de distintas dependencias en un mismo inmueble habría generado un incremento considerable de trabajadores y afiliados en un espacio físico que podría resultar insuficiente, afectando las condiciones laborales, la atención al público, la accesibilidad y las condiciones de seguridad e higiene.

Que corresponde propiciar las condiciones adecuadas para la prestación de los servicios de salud, resguardando tanto a los trabajadores como a los afiliados que diariamente concurren al establecimiento. Que resulta oportuno conocer si el inmueble cuenta con las habilitaciones correspondientes, informes técnicos de higiene y seguridad, plan de evacuación, certificaciones emitidas por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), capacidad máxima de ocupación y demás requisitos exigidos por la normativa vigente.

Que la Constitución Nacional, la Constitución de la Provincia de Mendoza y la normativa vigente en materia de higiene y seguridad laboral reconocen el derecho de los trabajadores a desempeñarse en condiciones dignas y seguras, así como el derecho de los ciudadanos a acceder a servicios públicos de calidad.

Que el Honorable Concejo Deliberante, como órgano representativo de la comunidad, posee facultades para requerir información y poner en conocimiento de los organismos competentes aquellas situaciones que puedan afectar el adecuado funcionamiento de los servicios públicos y el bienestar de los vecinos del departamento.

Que el presente proyecto tiene por finalidad poner en conocimiento de las autoridades competentes la situación denunciada y solicitar las actuaciones que correspondan, a fin de verificar los hechos y, de ser necesario, adoptar las medidas tendientes a garantizar condiciones dignas de trabajo y una adecuada atención a los afiliados.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1°: Solicitar al Directorio General de la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP), a la Subdirección de Recursos Físicos de OSEP, al Ministerio de Salud y Deportes de la Provincia de Mendoza, al Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina (COSSPRA) y a la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación, tomen conocimiento de la situación expuesta y adopten, en el ámbito de sus respectivas competencias, las medidas que estimen pertinentes.

ARTÍCULO 2°: Sugerir al Directorio General de OSEP y a la Subdirección de Recursos Físicos de OSEP la realización de una inspección técnica integral del inmueble ubicado en calle Uriburu N.° 233 de la Ciudad de Malargüe, a fin de verificar especialmente:

a)  Las condiciones de higiene y seguridad laboral.

b)  La existencia y vigencia del plan de evacuación y emergencias.

c)  Las certificaciones, inspecciones o recomendaciones efectuadas por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).

d) La capacidad máxima de ocupación del edificio.

e)  Las condiciones de accesibilidad para personas con discapacidad o movilidad reducida.

f)  Las habilitaciones, certificaciones y demás requisitos edilicios exigidos por la normativa vigente.

g)  Toda otra circunstancia vinculada al estado edilicio y al adecuado funcionamiento del inmueble.

ARTÍCULO 3°: Sugerir que, en caso de verificarse observaciones o deficiencias en materia de infraestructura, seguridad o higiene, se adopten en forma inmediata las medidas correctivas necesarias para garantizar condiciones adecuadas de trabajo, preservar la integridad física de trabajadores y afiliados y asegurar la correcta prestación del servicio de salud.

ARTÍCULO 4°: Remitir copia de la presente Resolución al Directorio General de la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP), a la Subdirección de Recursos Físicos de OSEP, al Ministerio de Salud y Deportes de la Provincia de Mendoza, al Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina (COSSPRA) y a la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación, para su conocimiento y efectos que estimen corresponder.

ARTÍCULO 5°: Solicitar al Directorio General de OSEP y a la Subdirección de Recursos Físicos de OSEP que informen a este Honorable Concejo Deliberante las medidas adoptadas con motivo de la presente Resolución, a fin de contribuir a la difusión de información oficial y brindar tranquilidad a la comunidad.

ARTÍCULO 6°: Tener por incorporado como parte integrante de la presente Resolución el Anexo I, correspondiente a la publicación periodística que dio origen a las actuaciones.

ARTÍCULO 7º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.  RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A TRES DÍAS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTISEIS.