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RESOLUCIÓN N° 232/2.022

Pulicado el
por

AUTORES: CONCEJALES PAOLA ROJO, DAIANA VARAS, MARTIN PALMA Y CONCEJALA MANDATO CUMPLIDO LUCIANA VILLEGAS

BLOQUE FRENTE CAMBIA MENDOZA

VISTO: El contenido del Expediente N° 4.870 HC 026 – 2.020. Bloque Frente Cambia Mendoza. Proyecto de Resolución: Reiterar solicitud de revisión de concesión a ECOGAS Malargüe.

La situación de preocupación y descontento generalizado de los vecinos de Malargüe por la facturación y calidad del servicio de gas natural domiciliario por parte de la Empresa ECOGAS.

Y;

CONSIDERANDO: Que en el Artículo N° 52 de la Ley N° 24.076, en lo inherente a las funciones y facultades de ENARGAS, el mismo otorga amplias potestades de controlar en cuanto al control de calidad del gas y del servicio prestado por las distribuidoras.

Que el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) cumple con las funciones de regulación, control, fiscalización y resolución de controversias, que le son inherentes en relación con el servicio público de transporte y distribución de gas de la República Argentina.

Que una de las principales funciones de ENARGAS es hacer cumplir la Ley, su reglamentación y disposiciones complementarias, en el ámbito de su competencia, controlando la prestación de servicios, para asegurar el cumplimiento de las obligaciones fijadas en los términos de habilitación.

Que propicia ante el Poder Ejecutivo Nacional, cuando corresponda, la cesión, prórroga, caducidad o reemplazo de las concesiones.

Que la Resolución N° 065/2.019 solicita a ENARGAS Mendoza la designación de personal de la entidad en el Departamento de Malargüe, que al día de la fecha no se lleva a cabo.

Que es de suma necesidad contar con un referente de ENARGAS Mendoza en el Departamento debido a la gran cantidad de reclamos por parte de los ciudadanos con respecto a facturación y calidad del servicio.

Que puede propiciar ante el Poder Ejecutivo Nacional un amplio abanico de sugerencias y participaciones normativas. Incluyendo la solicitud de caducidad en la concesión a las empresas que incumplan con alguno de los requisitos contractuales por parte de los prestadores del servicio de gas.

Que la Resolución N° 340/2.019 solicita informe a ECOGAS sobre facturación de servicio de gas natural domiciliario, el cual no ha sido recibido por este Cuerpo Deliberativo.

Que este Honorable Concejo Deliberante, no puede ni debe permanecer ajeno a la grave y delicada situación general que ocasiona a los usuarios la empresa ECOGAS en el Departamento.

Que tampoco se está observando un accionar efectivo por parte de los organismos públicos de contralor para remediar viejas y remandas situaciones que hoy detonan en su máxima peligrosidad ante una poco transparente e irregular metodología de facturación.

Que existen sobradas razones  para interpretar que este Departamento en defensa de los intereses de sus ciudadanos debe agotar las instancias administrativas y legales para poner fin a esta añeja situación.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1°: Reiterar el pedido de solicitud de revisión de la concesión a ECOGAS Malargüe.

ARTÍCULO 2°: Solicitar en nombre y representación de la Comunidad de Malargüe a la Empresa ECOGAS a cesar en forma inmediata las prácticas abusivas, arbitrarias y de baja calidad del servicio de distribución de gas en la Ciudad de Malargüe.

ARTÍCULO 3°: Solicitar a ENARGAS un control más eficaz y comprometido con nuestra comunidad, en cuanto a calidad del gas distribuido a los domicilios, facturación, inversiones y toda otra situación que por contrato de concesión este obligada la empresa prestadora.

ARTÍCULO 4°: De resultar necesario solicitar a ENARGAS, realice las gestiones necesarias ante el Poder Ejecutivo Nacional y en un todo de acuerdo a la Ley N° 24.076, Artículo 52° y concordantes, para declarar la caducidad de la concesión del servicio a la empresa ECOGAS en el Departamento de Malargüe y promueva una nueva adjudicación de la misma en términos más beneficiosos a los intereses sociales y económicos de la comunidad.

ARTÍCULO 5°: Elevar copia de la presente pieza legal a:

  • Legisladores por el 4° Distrito Electoral.
  • Autoridades del ENARGAS.
  • Autoridades de ECOGAS.
  • Autoridades de la Oficina de Defensa al Consumidor.
  • Medios de Comunicación Locales.

ARTÍCULO 6º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A TREINTA DIAS DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIDOS.