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RESOLUCIÓN N° 247/2.022

Pulicado el
por

AUTORES: CONCEJALES RODRIGO HIDALGO, ANDRES RISI, SILVIA CORREA

BLOQUE FRENTE DE TODOS

VISTO: El contenido del Expediente N° 5.104 HC 043 – 2.022. Bloque Frente de Todos. Proyecto de Resolución: Solicitar informe sobre contratos de locación y aportes a Fundaciones y Organizaciones Civiles de índole cultural, deportiva, educativa, religiosa, etc.

La necesidad de transparentar la gestión de los recursos públicos y dar correcta publicidad a los actos de gobierno del Departamento Ejecutivo Municipal.

Y;

CONSIDERANDO: Que el Artículo Nº 71, inciso 10,  de la Ley Provincial N° 1079, establece que el Concejo Deliberante podrá pedir al Departamento Ejecutivo los datos o informes que crea necesarios y deberán ser contestados, debidamente fundados, en un plazo no mayor de diez (10) días, prorrogables por otro plazo igual cuando la complejidad de lo requerido así lo exija,  previa comunicación al concejo.

Que el Artículo Nº 105, de la Ley Provincial Nº 1079 enumera las atribuciones y deberes del Intendente y en su inciso 13 establece que debe suministrar verbalmente o por escrito los informes que le pueda requerir el Concejo Deliberante.

Que la Ley Nº 8706 de Administración Financiera de la Provincia de Mendoza, en su Artículo Nº 134 dispone los principios generales a los que deberán ajustarse los procedimientos de contrataciones de la Administración Provincial:

  1. Legalidad, debiéndose mantener el imperio de la juridicidad y sometiendo el proceso al orden normativo vigente.
  2. Concurrencia de interesados, promoción de la competencia y oposición entre oferentes, dando oportunidad de subsanar deficiencias no sustanciales, siempre que no se alteren los principios de igualdad y transparencia.
  3. Transparencia en los procedimientos.
  4. Publicidad y difusión del procedimiento de contratación de todos los actos que componen el proceso licitatorio, permitiendo el permanente acceso de los interesados a la información a través de los medios de publicidad, ya sean estos electrónicos o no.
  5. Igualdad de tratamiento para los oferentes.

Que  el Artículo Nº 139 de la Ley de Administración Financiera de la Provincia de Mendoza, establece como norma general que todo contrato se hará́ por Licitación Pública cuando del mismo se deriven gastos y por remate o por subasta pública cuando se deriven recursos.

Que el Departamento Ejecutivo Municipal ha enviado al Honorable Concejo Deliberante Decretos de pago por contraprestación a Fundaciones y Locadores de Servicios  en un todo de acuerdo a convenios de prestación que se desconocen.

Que para cumplir con la función de  contralor y fiscalizador del Ejecutivo Municipal respecto de las contrataciones y subsidios resulta necesario conocer el fin determinado, los derechos y obligaciones que se hayan pactado, los montos y plazos para cumplir el objetivo propuesto en cada caso.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGUE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal informe el listado de contratación y de subsidios convenidos con Fundaciones y Organizaciones Civiles de índole cultural, deportiva, educativa, religiosa,  etc., en particular a la Fundación Instituto de Desarrollo Económico para América Latina (I.De.A.L.),remitiendo copia del expediente de contratación para conocer el procedimiento y toda otra información que permita entender acabadamente los servicios que se prestan a la Municipalidad de Malargüe desde enero de 2.021 hasta la fecha.

ARTÍCULO 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal informe a este Honorable Concejo Deliberante todos los contratos de Locación de Servicios mensuales desde el mes de enero 2.021 a la fecha indicando procedimiento de contratación utilizado, fecha de inicio y finalización de los contratos, servicio contratado y justificación de los mismos.

ARTÍCULO 3º: Remitir copia legalizada del Libro imputaciones correspondiente a los años 2.021 y 2.022 de las siguientes partidas: 41312101 Otros Servicios, 41312102 Locaciones de Servicio de Transporte, 41312103 Otras locaciones de Servicio (Administrativos y otros), 41312104 Otras Locaciones de servicio (FUDEPEM), 43130100 Contribuciones y Subsidios, 43130201 Otros (transferencias corrientes) y 43240100 Otros Transferencias corrientes.

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A SIETE DIAS DE JULIO DE DOS MIL VEINTIDOS.