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ORDENANZA N° 2.183/2.022

Pulicado el
por

AUTORES: CONCEJALES ANDRES RISI, RODRIGO HIDALGO Y SILVIA CORREA

BLOQUE FRENTE DE TODOS

VISTO: El contenido del Expediente N° 5.152 HC 046 – 2.022. Bloque Frente de Todos. Proyecto de Ordenanza: Establecer sentido único de circulación y estacionamiento en calle José María Domínguez.

La necesidad de reformular el sentido de circulación de automóviles, motocicletas y bicicletas, optimizando la utilización de las arterias existentes  en la Ciudad de Malargüe, reduciendo al mínimo la potencialidad de accidentes de tránsito en la misma.

y;

CONSIDERANDO: Que la Ley N° 1079 Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 79°, inciso 7, establece que corresponde al Concejo Deliberante  determinar y reglamentar la ubicación y tránsito de los vehículos en los lugares y calles públicas.

Que los vecinos e integrantes de instituciones de cada barrio conocen cuál sería la mejor disposición del sentido de circulación de sus calles y  evaluarían las características particulares de cada una de las arterias y del sector en que se hallan comprendidas, para tener una visión más amplia de los beneficios y posibles inconvenientes que su cambio  pudieren derivar.

Que en reunión con autoridades de seguridad vial y miembros de la comunidad educativa de la Escuela  N° 1-718  Nicolás Bustos Dávila aconsejaron ordenar el único sentido de la calle  José María Domínguez en el sector sudoeste de nuestra ciudad.

Que brindar una solución integral y definitiva en tal sentido, no implicaría  para la Municipalidad de Malargüe, erogaciones de gran significación.

Que  el tránsito dentro de cada barrio se ha visto incrementado notablemente debido no solo al aumento del parque automotor, sino también por las actividades escolares, ya que los establecimientos escolares ubicados en los mismos reciben a niños provenientes de diferentes puntos de nuestra  ciudad, atrayendo al sector innumerables vehículos que los transportan a la escuela, complejizando así el tránsito normal y habitual.

Que estableciendo en la mayoría de las arterias de la ciudad  sentido único de tránsito contribuiría sensiblemente al ordenamiento vehicular, ciclístico y peatonal, brindando además mayor seguridad al vecino en general.

Que el ordenar el sentido de tránsito optimizaría el espacio de circulación, al determinar  el estacionamiento sobre una única mano

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGUE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

ORDENA

ARTÍCULO 1º: Determínese como único sentido de circulación OESTE–ESTE en calle José María Domínguez de nuestra Ciudad y el estacionamiento sobre el margen sur de dicha arteria para todo tipo de  vehículo.

ARTÍCULO 2º: Encomiéndese a los organismos competentes para que durante los sesenta (60) días posteriores  de ser promulgada la presente pieza legal, se informe y concientice a la población de las modificaciones de circulación  que promueve.

ARTÍCULO 3º: Remítase copia de la presente norma a la Policía Vial Malargüe, Cuerpo de Inspectores de Tránsito, a la Dirección de Vías y Medios de Transporte Delegación Malargüe, a la Escuela N° 1-718 Nicolás Bustos Dávila, Unión Vecinal del Barrio Nueva Esperanza  y a medios de comunicación locales para su conocimiento y efectos que estimen corresponder.

ARTÍCULO 4°: Elévese copia de la presente pieza legal al Juez Vial de Malargüe.

ARTÍCULO 5º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DIECIOCHO DIAS DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIDOS