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DECLARACIÓN Nº 306/2.022

Pulicado el
por

AUTOR: CONCEJAL FRANCISCO PARADA

BLOQUE PARTIDO ENCUENTRO

VISTO: El contenido del Expediente Nº 5.174- HC 047- 2.022. Bloque Partido Federal. Proyecto de Declaración: Establecer el “Dia del Poeta Cuyano” en conmemoración del natalicio de Anselmo Manuel Bustos.

La importancia de reconocer a dicho artista de gran y fructífera trayectoria, por haber sido un referente que con su canto recorrió cada rincón del suelo Cuyano, recibiendo numerosos reconocimientos nacionales y provinciales por su aporte a la cultura y la música.

Y;

CONSIDERANDO: Que si bien ya existe el día del “Poeta Mendocino”, resulta necesario     revalorizar a un referente de la poesía cuyana, entendiendo ésta como una expresión cultural que identifica a las Provincias de San Juan, San Luis y Mendoza.

Que Anselmo Manuel Bustos, nació el 6 de junio de 1.941, en el Departamento de Tupungato, Provincia de Mendoza.

Que debido a una situación de vida difícil, su desempeño artístico comienza recién a sus 18 años, cuando el camino del canto lo lleva a los senderos del bolero.

Que se destacó por ser un referente de la cultura cuyana, siendo uno de los folkloristas con mayor trayectoria y una extensa carrera repleta de composiciones, las que se difundieron y arraigaron en el cancionero popular cuyano.

Que su obra describe, no solo los paisajes y costumbres cuyanas sino también el espíritu y los sucesos del hombre y de la mujer de nuestra tierra, contribuyendo en gran medida a la difusión y aportes de la cultura regional y popular.

 

Que entre los numerosos temas que compuso se destacan: “Consejo Paterno”, “Mi padre Cantor de Pueblos”, “La que no pudo de ida”, “La del Sapiola”, “Tonada para la hija Niña”, “Laureles para mi suegra”, “Corazón solo “, “Sin sol”, “La niña de la compuerta”, “Malargüe Austral”, “Hermano de sangre”, entre otras.

Que sus temas fueron grabados por muchos conjuntos y solistas, los que se destacan en su discografía:

1975: Los caballeros de Cuyo.
1991: Tres hermanas en un canto.
1991: Consejo Paterno.
1994: Mi vieja en una tonada.
2008: Sembrando una esperanza.

Que residió en nuestra Ciudad durante varios años, lo que lo motivó a cantarle al paisaje y la idiosincrasia de nuestro pueblo, destacándose la canción “Malargüe Austral”, una de las obras más emblemáticas dedicadas a nuestro Departamento, su gente y sus costumbres.

Que fue uno de los elegidos y reconocido en el año 2.012 en la primera entrega de los premios UNO de San Rafael, donde fue valorada su larga y meritoria trayectoria.

Que resulta necesario poner en valor la obra poética de Don Anselmo Manuel Bustos, para que sea conocida por las nuevas generaciones.

Que falleció el día 20 de septiembre del año 2013, a los 72 años y sus restos fueron cremados y esparcidos en los Ríos de Mendoza: Atuel, Diamante, Tunuyán y Malargüe.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE  EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

DECLARA

ARTÍCULO 1º: Declarar el día 06 de junio como el “Día del Poeta Cuyano”, en el Departamento de Malargüe en conmemoración del natalicio del cantante, autor, poeta y compositor Anselmo Manuel Bustos más conocido como “Anselmo De Mendoza”.

ARTÍCULO 2º: Fijar que cada 06 de Junio, sea una fecha reflexiva para profundizar en la Obra de Don Anselmo Bustos, motivar, reconocer y difundir nuevos poetas cuyanos que ya se destacan en Malargüe.

ARTÍCULO 3º: Invitar a la Dirección General de Escuelas, a la Agencia Municipal de Educación, o cualquiera que a futuro la reemplace para que la poesía de Anselmo Manuel Bustos, sea difundida, analizada y estudiada en las distintas Instituciones Educativas.

ARTÍCULO 4º: Invitar a la Asociación Argentina de Escritores, a realizar actividades en conmemoración y difusión de la poesía de Don Anselmo Manuel Bustos.

ARTÍCULO 5º: Invitar a los Legisladores del 4to Distrito a promover esta iniciativa a nivel Provincial.

ARTÍCULO 6º: Enviar copia de la presente pieza legal a:

  • Dirección de Cultura para su conocimiento.
  • Alba Daniela Bustos hija del Poeta.

ARTÍCULO 7º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.  RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A SEIS DÍAS DE   OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIDOS.