Artículo 85° : El reglamento interno del Concejo determinará el número, rol y obligaciones de cada Comisión encargada de asesorar al Concejo en el estudio de los asuntos que le sean sometidos. (LEY 1.079 LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES)
Articulo 53° de la Ley Orgánica de las Municipalidades – El nombramiento de las comisiones que establezca el reglamento interno se hará en la primera sesión ordinaria del mes de marzo y su ejercicio durará hasta el veintiocho de febrero del año siguiente. (Texto según Ley 6349, Art. N° 2)
Decreto Nº 075/2022 ART.1º:Créese la Comisión Permanente de “Género, Equidad y Diversidad” en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante de Malargüe, la que tendrá por objetivo velar por la igualdad de Trato y Derechos entre personas sin importar sexo u orientación sexual y por la protección integral de la mujer, según lo establecido en la Constitución Nacional Artículo 75º incisos 19° y 23°, en la Constitución de la Provincia de Mendoza Artículo 200º, inciso 6° y Artículo 202º, inciso 1° siguientes y concordantes. Ley Nacional Nº 26.485 y Ley Orgánica de Municipalidades Nº 1.079.
G.E.D – Género, Equidad y Diversidad
Presidenta: Concejala Daiana Varas (Bloque Frente Cambia Mendoza)
Vicepresidenta: Concejala Silvina Camiolo (Bloque Reconstruyendo Malargüe)
Secretario: Concejal Rodrigo Hidalgo Bloque Frente de Todos)
Integrantes: Concejal Gabriel Rosas (Bloque UCR-Independiente)
Concejal Francisco Parada (Bloque Parido Encuentro)
Concejala Silvia Correa (Bloque Cuidemos Malargüe)
Lunes 11:30 Hs. / (0260) 4470993 / Int. 69- Secretaria de Comisiones: Sra. Rosana Scheurer.