VISTO: La nota HC-57-2.023. Vecinos de calle Orlando Arcangioletti, exponen problemática con la red de agua potable, solicitan inclusión en el Presupuesto 2.023.
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CONSIDERANDO: Que la Comisión de vecinos ha gestionado durante años la colocación de servicios, habiendo logrado conexión legal de las redes de energía eléctrica y gas natural.
Que en la zona residen 64 familias aproximadamente, quienes actualmente no cuentan con red de agua potable.
Que la obra de agua cuenta con la factibilidad aprobada por AySAM bajo actuación N° 1-00003641-13, con fecha perentoria al mes de agosto de 2.023.
Que en función de resoluciones del EPAS la factibilidad se otorga por única vez y AySAM ha entregado la misma tres veces, como un acto de acompañamiento a los vecinos.
Que el suministro del agua es un servicio esencial para el desarrollo de una vida digna y todos los ciudadanos tienen derecho a su recepción en condiciones de calidad con independencia de su lugar de residencia.
Que si bien la Obra de la Red de Agua Potable para calle Orlando Arcangeoletti, figura en el Presupuesto del año 2.023 en la rúbrica Plan de Obras Públicas año 2.023 por un monto de $39.206.073,45 y dicho presupuesto no cuenta con aprobación a la fecha, la Ordenanza N° 2.160 año 2.022, en vigencia, habilita un monto de $ 287.831.007,06, para ejecución de Obra Pública, por lo tanto hay autorización presupuestaria por parte de este Cuerpo a fin de afrontar la misma, entre otras obras.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTICULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, priorice la ejecución de la obra Red Distribuidora de Agua Potable para Fraccionamiento ubicado en calle Ruta Nacional N° 40 Cañada Colorada s/n, Distrito Ciudad, Departamento Malargüe.
ARTICULO 2°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, y respecto a la obra solicitada en el Artículo 1°, tenga a bien considerar la vigencia de ejecución de la obra en función de la actuación N° 1-00003641-13, factibilidad otorgada por la Gerencia Técnica Operativa de la Empresa Aguas Mendocinas, cuyo plazo perentorio es al 05 de agosto de 2.023.
ARTICULO 3°: Se acompaña junto a la presente resolución y a tales fines, copia fiel de la nota HC-57-2.023 y sus acumulados.
ARTICULO 4°: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONARABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DIECISEIS DÍAS DE MARZO DE DOS MIL VEINTITRES