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RESOLUCIÓN N° 039/2.023

Pulicado el
por

VISTO: La nota HC-57-2.023. Vecinos de calle Orlando Arcangioletti, exponen problemática con la red de agua potable, solicitan  inclusión en el Presupuesto 2.023.

            y;

CONSIDERANDO: Que la Comisión de vecinos  ha gestionado durante años la colocación de servicios, habiendo  logrado  conexión legal  de las redes  de energía eléctrica  y gas natural.

            Que en la zona residen 64 familias aproximadamente, quienes  actualmente  no cuentan con red de agua potable.

            Que la obra de agua  cuenta con la factibilidad aprobada por AySAM bajo actuación  N° 1-00003641-13, con fecha perentoria al mes de agosto de 2.023.

            Que en función de resoluciones  del EPAS la factibilidad se otorga por única vez y AySAM ha entregado la misma tres veces, como un acto de acompañamiento a los vecinos.

            Que  el suministro del agua es un servicio esencial para el desarrollo de una  vida digna y todos los ciudadanos tienen derecho a su recepción en condiciones de  calidad con independencia de su lugar  de residencia.

            Que  si bien  la Obra de la Red de Agua Potable para calle Orlando Arcangeoletti, figura  en el Presupuesto del año 2.023 en la rúbrica Plan de Obras Públicas año 2.023 por un monto de $39.206.073,45 y dicho presupuesto  no cuenta con aprobación a la fecha, la Ordenanza N° 2.160 año 2.022, en vigencia, habilita un monto de $ 287.831.007,06, para ejecución  de Obra Pública, por lo tanto hay autorización presupuestaria por parte de este Cuerpo a fin de afrontar la misma, entre otras obras.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

                                                           RESUELVE

ARTICULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría  de Obras y Servicios Públicos, priorice la ejecución de la obra  Red  Distribuidora de Agua Potable para Fraccionamiento ubicado en calle Ruta Nacional N° 40 Cañada Colorada s/n, Distrito  Ciudad, Departamento Malargüe.

ARTICULO 2°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría  de Obras y Servicios Públicos, y respecto a la obra solicitada en el Artículo 1°, tenga a bien considerar la vigencia de ejecución de la obra en función  de la actuación  N° 1-00003641-13, factibilidad otorgada por la Gerencia  Técnica Operativa de la Empresa Aguas Mendocinas, cuyo plazo perentorio es al 05 de agosto de 2.023.

ARTICULO 3°: Se acompaña junto a la presente resolución y a tales fines, copia fiel de la nota HC-57-2.023  y sus acumulados.

ARTICULO 4°: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONARABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DIECISEIS DÍAS DE MARZO DE DOS MIL VEINTITRES