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RESOLUCIÓN N° 050/2.023

Pulicado el
por

VISTO: Las Notas HC-086-2.023. Concejales del Departamento Ejecutivo, elevan documentación referida a donaciones varias efectuadas por la Empresa Potasio Río Colorado S.A. a favor de la Municipalidad de Malargüe, a fin de dar cumplimiento al Art. 71° de la Ley Orgánica de Municipalidades.

            Nota HC-189-2.023. Fotocopias aportadas por el Secretario de Desarrollo Territorial y Urbanismo  Prof.  Pablo Sánchez.

            Nota HC-151-2.023. Dr. Carlos  Ferrer, Presidente de la Cámara de Servicios Mineros Mendoza, remite copia de Acta de Requerimiento Notarial al Gobernador Rodolfo Suarez, referida a irregularidades  en la  gestión  del Proyecto  Potasio Río  Colorado.

            y;

CONSIDERANDO: Que con fecha 23 de febrero de 2.023, ingresa formal nota, identificada bajo el N° HC-086-2.023, acompañando remitos suscriptos por el  empleado- operario    Ing. Andrés Berengua  de la Empresa Potasio Río Colorado, habiendo consignando la Empresa Potasio Rio Colorado que “Retira Pablo Sánchez” …”Se retiraron sin avisar y sin firmar remitos”

         Que una vez ingresada a la Sesión Ordinaria de fecha 09 de marzo 2.023, por  unanimidad de los presentes se ordena el pase a la Comisión de Hacienda, Presupuesto, Legislación y Asuntos Constitucionales.

            Que reunida la Comisión de Hacienda Presupuesto Legislación y Asuntos Constitucionales, con fecha 14 de marzo de 2.023 y mediante Acta N° 01, se decide elaborar pedido de informe respecto al Inventario General de Bienes ingresados al Patrimonio Municipal en los periodos 2022 y 2023, todo ello en el marco de las atribuciones conferidas en el Art. 71° de la Ley N° 1.079 y lo dispuesto por la           misma normativa en su inciso 4° y Art. 105 inc. 21.

            Que a la fecha de la presente citación, el Departamento Ejecutivo no ha contestado  el  pedido de informe sin haber ingresado a este Honorable Concejo Deliberante la información requerida.

            Que en virtud de la gravedad del asunto a tratar, se justificó la urgencia requerida,           aprobándose en Sesión  Ordinaria de fecha 16 de marzo de 2.023, la presencia ante este Honorable Cuerpo del Sr. Secretario de Desarrollo Territorial y Urbanismo.

            Que con motivo de la comparecencia requerida, ingresó por Mesa de Entradas del           Honorable Concejo Deliberante, formal nota suscripta por el Sr. Secretario de Desarrollo Territorial y Urbanismo de la Municipalidad de Malargüe, Prof. Pablo  César Sánchez, informando que por compromisos asumidos con anterioridad no podía asistir en la fecha citada, cerrando su comunicación poniéndose a disposición y solicitando nueva fecha a fin de recabar la información requerida.

            Que sabido es que la información solicitada, en tiempo y forma, es de vital importancia no solo para los Concejales, sino en especial para toda la comunidad, ya  que los datos solicitados tratan acerca del Inventario General de los Bienes Municipales.

            Que además de ello, y de acuerdo a notas periodísticas publicadas por el medio   digital MDZ, con fecha 23 de marzo del corriente año, bajo el título “Investigan el destino de un cargamento de bienes de Potasio Río Colorado, refiere a cargamento de bienes dejado por la Empresa Vale a la Minera Estatal Potasio Río Colorado, citando textualmente en cuanto a la versión brindada desde la Municipalidad de Malargüe que             “…En el municipio asegura que se los donaron”… Para posteriormente agregar “…..Desde la comuna aseguraron que “se trató de una donación de Vale al Municipio y entre las cosas que fueron ahí están, por ejemplo, los carritos de limpieza que usan las personas de los planes sociales”

            Que una de las atribuciones  del Honorable Concejo Deliberante es poder acceder a la información solicitada, con el fin de no solo conocer, sino además poder dar el   tratamiento correspondiente a toda iniciativa legislativa y/o darle intervención  a los órganos de contralor respectivo.

            Que de acuerdo al Artículo 71° inciso 10 de la Ley Orgánica de Municipalidades N°   1.079, es atribución del Honorable Concejo Deliberante: “Hacer venir al lugar de sus sesiones al o a los Secretarios del Departamento Ejecutivo para pedirles los   informes y explicaciones que estime convenientes, citándolos con un día de anticipación por lo menos, salvo casos de urgencia, y comunicándoles en la citación los puntos sobre los cuales deberán informar.”-

            Que el comentario a dicha normativa, efectuado por nuestro prestigioso jurista Dr. Juan Fernando Armagnague en su obra Ley Orgánica de Municipalidades, Provincia de Mendoza, Ley N° 1.079, Comentada – Anotada, con prólogo de Jorge Sarmiento García, que si “…se reitera dicha inasistencia sin justificación alguna, corresponde   el pedido de remoción del funcionario remiso. Entendemos que la falta de respuesta o la oscuridad de los informes amerita el pedido de remoción del ………..del negligente funcionario. Se trata de un principio republicano que no debe soslayarse   en caso alguno”.

            La salud republicana amerita que su presencia sea necesaria para dar explicaciones e informes que el órgano deliberativo requiera.

            Que el Artículo 105 inc. 13° de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece como deber ineludible del Intendente Municipal, el de suministrar  verbalmente o por escrito los informes que le pueda requerir el Concejo, todo ello en total concordancia con el Art. 71 Inc. 10 de la Ley 1.079.

            Que en el mismo sentido, el Artículo 39° del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de Malargüe establece: “Las Comisiones Permanentes o Especiales del Concejo o los Concejales en ejercicio pueden, para mejor desempeño de sus funciones, pedir directamente a los jefes de reparticiones de la Administración Comunal y por su intermedio a sus subalternos los informes que crean convenientes, sin perjuicio de que en los casos que dichos jefes opusieran     dificultades para expedir  los informes solicitados, se de cuenta al Concejo, siendo  la negativa maliciosa conceptuada como falta grave, a los efectos de solicitar el Departamento Ejecutivo la sanción correspondiente a los jefes que hubiesen incurrido en ella”.

            Que con el mismo espíritu, el Artículo  161° del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante, faculta al Concejo Deliberante a “… resolver por mayoría   absoluta de los miembros presentes y previa indicación verbal o escrita de algún Concejal, la citación del Intendente, los Secretarios o los Directores para obtener informes sobre asuntos públicos. Esta facultad podrá ejercerla aún cuando se trate de Sesiones de Prórroga o Extraordinarias. Puede asimismo solicitar al Departamento Ejecutivo datos e informes. A su vez el Intendente podrá hacerse acompañar por el Jefe de Sección o Asesor Municipal que estime conveniente”.

            Que la omisión de comparecer a tales citaciones, claramente significa desconocer el funcionamiento democrático y representativo, y la restricción a toda iniciativa       legislativa que dependa de informes que se encuentren en Poder del Estado Municipal, siendo la información solicitada, en tiempo y forma, de vital importancia    no solo para los Concejales sino en especial para toda la comunidad, ya que los datos solicitados tratan acerca del Inventario General de Bienes Municipales.

            Que en ocasión de la interpelación al Prof. Pablo Sánchez, expresó que asistió a retirar los bienes de la ex minera VALE en el marco de un convenio marco entre la   empresa PRC y el Municipio de Malargüe, cumpliendo una expresa solicitud del Sr. Intendente  Municipal Juan Manuel Ojeda, en una reunión de gabinete.

            Que, asimismo, refirió que la redacción del convenio estuvo a cargo de Asesoría   Letrada de la Municipalidad de Malargüe, en la persona de la Dra. Débora Ferrero.-

            Que el interpelado manifestó que asistió en julio de 2022 al predio de la minera   acompañado del Director de Catastro, Sr. Marcelo Salvadores, y del Secretario de Obras Públicas  Ing. Maximiliano Zenobi.

            Que cuando ingresaron los bienes al depósito general, emplazado en el predio de Servicios Públicos de la Municipalidad de Malargüe, la carga fue recibida por el Sr. Oscar Flores, se le asignó un número a lo ingresado y quedó bajo resguardo de esa dependencia.

            Que, según manifestó el Sr. Pablo Sánchez, el inventario de los bienes traídos en aquella oportunidad estuvo a cargo de la Contadora General del Municipio, Sra.   Gabriela Moyano.

            Que es preciso que comparezcan con carácter de urgente los funcionarios señalados por el Sr. Pablo Sánchez, a fin de corroborar su testimonio, ampliar la información obrante en este recinto y acompañar la documentación pertinente, a saber: Intendente Municipal Lic. Juan Manuel Ojeda, Secretario de Obras Públicas Ing. Maximiliano Zenobi, Director de Catastro Sr. Marcelo Salvadores, Asesora Letrada Dra. Débora Ferrero, Sra. Contadora General del Municipio Gabriela Moyano y Director de Infraestructura Escolar Sr. Oscar Flores.

            Que la urgencia y gravedad de la presente solicitud de comparecencia, se justifica y acredita por la falta de suscripción el remito correspondiente, omisión de cumplimentar con el debido procedimiento legal de aceptación o rechazo de donaciones de bienes al Estado Municipal por parte del Honorable Concejo Deliberante a fin de ser incorporados al Inventario General de Bienes Municipales y desconocimiento del convenio suscripto entre PRC S.A. y la Municipalidad de Malargüe.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGUE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

                                                           RESUELVE

ARTÍCULO 1°: Solicitar la presencia con carácter de URGENTE, en función del Artículo  71° de la Ley  N° 1079 Orgánica de Municipalidades, para el día viernes 31 de marzo de 2.023, a la hora 13:30

            – Sr. Intendente Municipal Lic. Juan Manuel Ojeda.

            – Secretario de Obras Públicas de la Municipalidad de Malargüe, Ing. Maximiliano Zenobi. 

            – Asesora Letrada, Dra. Débora Ferrero.

            – Contadora General del Municipio de Malargüe, Cdra. Gabriela Moyano.

            – Director de Catastro, Sr. Marcelo Salvadores.

            – Director de Infraestructura Escolar, Sr. Oscar Flores.

ARTÍCULO 2°: Los puntos a abordar serán en torno a:

            Nota HC-086-2.023; Concejales del Departamento elevan documentación referida a       donaciones varias efectuadas por la empresa Potasio Río Colorado S.A., a favor de la Municipalidad de Malargüe, a fin de dar cumplimiento al Artículo  71° de la Ley  N° 1.079 Orgánica de Municipalidades.

            Nota HC-151-2.023.   Dr. Carlos  Ferrer, Presidente de la Cámara de Servicios    Mineros Mendoza, remite copia de Acta de Requerimientos Notarial al            Gobernador Suarez, referida a irregularidades  en la  gestión  del     Proyecto  Potasio        Río  Colorado.

            Nota HC-156-2.023,  Prof.  Pablo Sánchez, Secretario  de Desarrollo Territorial              y Urbanismo, informa imposibilidad de asistir  a convocatoria del Honorable Concejo Deliberante e  informa que cuenta con  documentación  respaldatoria de los elementos  aludidos en la Banca del Ciudadano.

Interpelación al Secretario de Urbanismo y Desarrollo Territorial de la Municipalidad de Malargüe para fecha 28 de marzo de 2023, en el marco de la Sesión Ordinaria del 23 de marzo del corriente, Prof. Pablo Sánchez

ARTÍCULO 3°: Se anexa documentación fotográfica que presentó el Prof. Pablo Sánchez el      día 28 de marzo del corriente.

ARTÍCULO 4°: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones             correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A TREINTA DÍAS DE MARZO DE DOS MIL VEINTITRES