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RESOLUCIÓN N° 104/2.023

Pulicado el
por

AUTORES: CONCEJALES PAOLA ROJO Y GABRIEL ROSAS

INTERBLOQUE: FRENTE CAMBIA MENDOZA- UCR INDEPENDIENTE

VISTO: El contenido del Expediente Nº 5.250-HC 053-2.023 Interbloque Frente Cambia Mendoza – U.C.R-Independiente. Proyecto de Resolución: Convocar al Jefe del 4° Distrito de la Dirección Nacional de Vialidad y Administrador de la Dirección Provincial de Vialidad a Jornada de Dialogo.

La necesidad que tiene Malargüe que Organismos del Estado Nacional y Provincial, procedan a verificar las condiciones lamentables y peligrosas en las que se encuentran rutas y caminos ganaderos.

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CONSIDERANDO: Que uno de los principales objetivos de la Dirección Nacional de Vialidad se enmarcan dentro de la Responsabilidad Social, definida como, el desarrollo de acciones llevadas a cabo hacia fuera del ámbito jurisdiccional del organismo, a partir de la idea de que “Cada obra vial produce un impacto en las personas, comunidades y medioambiente, el cual debe ser atendido con la misma importancia que produce la obra vial en sí”, que ubica a la persona y su contexto como prioridad en la práctica de gestión pública.

Que su misión es la de construir, conservar, mantener, mejorar y ampliar la red troncal nacional de caminos, que es una parte de la red vial argentina.

Que la principal tarea de Dirección Provincial de Vialidad es, “Planificar y administrar estratégicamente la conservación, apertura y construcción de caminos bajo su jurisdicción, resolviendo técnicamente futuras necesidades viales, garantizando la libre circulación de rutas en la provincia“.

Que una de sus funciones es efectuar la planificación necesaria para el cumplimiento de los objetivos estratégicos, la conservación, la apertura y la construcción de los caminos de jurisdicción vial.

Que la planificación de la infraestructura vial de una Región forma parte de una política de Estado.

Que el buen estado de las Rutas Nacionales y Provinciales permite el favorable traslado de las producciones regionales y seguridad en las vías de comunicación, tratándose de un factor indispensable para la integración social y el mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad.

Que el Departamento de Malargüe tiene una extensión de 41.317 kilómetros cuadrados, lo que lo convierte en el más grande de la Provincia de Mendoza y en el segundo más grande de toda la Argentina, tras el Departamento Puerto Deseado (en la Provincia de Santa Cruz).

Que el dato mencionado anteriormente sugiere que la gran mayoría de las Rutas de la Provincia de Mendoza están ubicadas en nuestro Departamento.

Que las Rutas Nacionales en Malargüe son, La Nº 40; Nº 188 y Nº 145.

Que el mismo está integrado por las siguientes Rutas Provinciales: Nº 180; Nº 183; Nº 186; Nº 189; Nº 190; Nº 221; Nº 222; Nº 226.

Que además, hay que hacer mención a los caminos ganaderos que integran la región, utilizados por la población rural de las distintas zonas, para trasladarse a los puestos en donde se encuentran sus viviendas, así como también donde realizan la trashumancia.

Que mientras se realiza esta actividad cabe la posibilidad de que debido al mal estado de las rutas que cada vez son más transitadas, se produzcan accidente exponiendo la vida de los puesteros, las de sus animales y hasta la de los propios automovilistas.

Que las mencionadas rutas y caminos se encuentran en estado deplorable, con un marcado deterioro y dificultad para transitarlas, lo que significa que a diario surjan reclamos razonables por parte de malargüinos de los distintos puntos del Departamento y turistas que recorren diariamente las rutas que atraviesan el extenso territorio.

Que a diario los clamores también se extienden a la situación de la Ruta Nacional Nº 40, una de las vías de comunicación más emblemáticas y extensas de mundo, con más de 5.100 km y que lamentablemente la mayor parte del tramo ubicado en nuestro Departamento se encuentra en estado de “abandono”.

Que es de imperiosa y urgente la necesidad que la Dirección Nacional de Vialidad ponga en marcha,  la construcción del puente del Rio Malargüe ante la necesidad de contar con un puente que cumpla con las medidas de seguridad e infraestructura necesarias, para el tránsito seguro de cargas pesadas (camiones y cargamentos) tras la habilitación de dicho servicio por el Paso Internacional Pehuenche (Resolución N° 182/2.019).

Que dicho puente pertenece a la Ruta Nacional N° 40, atraviesa el cauce del Río Malargüe, permite una sola mano de circulación y tales características no coinciden con las pretendidas y obligadas para la circulación vehicular, además es el principal acceso a la Ciudad para todos los que ingresan desde el sur, cuyo riesgo es inminente, siendo una estructura antigua, con deficiencias en su mantenimiento y en consecuencia, vulnerable por sus condiciones de deterioro.

Que teniendo en cuenta que el mantenimiento de los distintos tramos de las Rutas Nacionales y Provinciales depende de las Direcciones de Vialidad correspondientes lo cual es recalcado constantemente luego de cada reclamo realizado, no solo por vecinos de nuestro Departamento, sino que también por visitantes y turistas que diariamente llegan a Malargüe, se les solicita a las autoridades correspondientes, se apersonen y puedan vivenciar en primera persona el estado general de las mismas.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Solicitar la presencia del Sr. Ing. Guillermo Amstutz, Jefe del 4° Distrito de la Dirección Nacional de Vialidad y del Sr. Ing. Osvaldo Romagnoli, Administrador de la Dirección de Vialidad Provincial, respectivamente, para participar de una Jornada de Diálogo, en instalaciones del Honorable Concejo Deliberante de Malargüe.

ARTÍCULO 2º: Encomendar a Presidencia de este Honorable Concejo Deliberante, a los fines correspondientes, de llevar a cabo las reuniones mencionadas en el Artículo 1º.

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.  RICARDO  BALBIN DEL  HONORABLE  CONCEJO  DELIBERANTE  DE  LA  MUNICIPALIDAD  DE  MALARGÜE  A  VEINTE DÍAS  DE   ABRIL  DE  DOS  MIL  VEINTITRES.