AUTOR CONCEJAL FRANCISCO PARADA
BLOQUE ENCUENTRO
VISTO: El contenido del Expediente N° 5.278-HC 055-2.023 Bloque Encuentro. Proyecto de Resolución: Declarar de valor patrimonial intangible la Cultura Puestera de Malargüe.
Que es necesario declarar desde este Honorable Cuerpo el valor patrimonial inmaterial de la cultura puestera de Malargüe.
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CONSIDERANDO: Que la UNESCO define al Patrimonio Cultural o “Patrimonio Vivo” a las prácticas, expresiones, saberes o técnicas transmitidas por las comunidades de generación en generación.
Que sería conveniente, a futuro, y por intermedio de las autoridades competentes, postular en la UNESCO la declaración de patrimonio inmaterial de la cultura puestera.
Que se entiende por “Cultura Puestera” al conjunto de valores, saberes y costumbres heredados que identifican al puestero en general.
Que se caracteriza por la transmisión de saberes empíricos, orales y muchas veces anónimos.
Que en las costumbres puesteras sobreviven y conviven aspectos culturales de los primitivos habitantes de la sociedad hispano criolla, de la cultura gaucha y de los aportes realizados por las distintas corrientes migratorias que han impactado de algún modo en la zona.
Que se conoce y denomina puesteros, a los habitantes de la zona rural del Departamento de Malargüe, dedicados principalmente a la producción ganadera y crianza de caprinos.
Que dicho termino deriva del espacio productivo-cultural en el que viven gran parte del año “los puestos”.
Que una de las principales tareas culturales, realizadas por los puesteros es la Trashumancia: antiguo manejo de los animales, que consiste en arrearlos desde las regiones bajas de pre cordillera y zona de secano, a los altos potreros de cordillera, desde diciembre hasta marzo-abril; declarada por la UNESCO como Patrimonio Universal.
Que otra de las tareas más significativas realizada durante los meses de octubre y noviembre de los puesteros es la llamada “parición”, la que consiste en la cosecha del apreciado chivito Malargüino.
Que una de las actividades características de los puesteros para el manejo productivo de los animales, son los llamados rodeos o yerras en las que se lucen pialadores y enlazadores.
Que la expresión religiosa-festiva más antigua y relevante de la cultura puestera, son las llamadas Veladas de Santos en las que la piedad, la danza y el canto se fusionan en un ámbito comunitario.
Que existe, además, en la cultura puestera, una variedad de recetas culinarias heredadas como las tortas fritas, pasteles de chivo, pan casero, chivitos al horno, charqui, ñaco, tortas al rescoldo, variedad de comidas regionales campesinas típicas de Malargüe.
Que el canto tradicional, es otra de las expresiones inmateriales de los puesteros, destacándose las mujeres cantoras quienes fueron por mucho tiempo las responsables de alegrar las reuniones familiares y comunitarias de gran parte del campo Malargüino e incluso de la Villa cabecera del Departamento. Lamentablemente en la actualidad, están en riesgo de desaparecer, pero siguen siendo patrimonio viviente de nuestra identidad.
Que en la cultura puestera actualmente se canta de manera viva y folklórica tonadas, estilos, cuecas y gatos del antiguo cancionero folklórico cuyano.
Que mediante Resolución Nº 095/2021 emanada por este Honorable Cuerpo, se declaró de Interés Departamental y Cultural la Cueca Malargüina, danza folklórica por excelencia en la cultura puestera, la cual resulta de la fusión de la cueca cuyana y la chilena, la misma se baila vivaz y espontáneamente en todo el territorio del Departamento.
Que las artesanías como tejido al telar, bordado tradicional y trabajo en cueros son vigentes en la vida puestera, sobreviviendo técnicas y conocimientos ancestrales, los cuales son transmitidos de generación en generación.
Que es común y típico en la cultura puestera el uso de yuyos y técnicas para la medicina casera.
Que en la zona rural se utilizan técnicas de construcción por medio del uso de materiales autóctonos.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Declarar de Valor Patrimonial Intangible desde este Honorable Concejo Deliberante, la Cultura Puestera de Malargüe.
ARTÍCULO 2º: Solicitar a las Legisladoras Provinciales por el Departamento de Malargue, adhieran a la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º: Enviar copia de la presente pieza legal a las Senadoras Provinciales Sras. Rosa Quiroga, Alejandra Barro y Sra. Jesica Laferte, para su conocimiento.
ARTÍCULO 4º: Enviar copia de la presente pieza legal al Director del Documental “ARREO”, Néstor Tato Moreno.
ARTÍCULO 5º: Enviarcopia de la presente pieza legal a la Coordinadora de Patrimonio Departamental Lic. Ana Paula Gutiérrez y al Director Provincial de Patrimonio Doctor en Antropología Horacio Chiavazza.
ARTÍCULO 6º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A UN DÍA DE JUNIO DE DOS MIL VEINTITRES.