AUTORES: CONCEJALES RODRIGO HIDALGO Y ANDRES RISI
BLOQUE FRENTE DE TODOS
VISTO: El contenido del Expediente Nº 5.372-HC 061-2.023 Bloque Frente de Todos. Proyecto de Ordenanza: Modificación Ordenanza N° 1.977/2.018
La vigencia de la Ordenanza N° 1.977/2.018, denominada “Música en vivo, promoción de la música local”
y;
CONSIDERANDO: Que la mencionada norma es una herramienta legislativa municipal para ejecutar las políticas publicas de fomento y conservación de la actividad musical en su conjunto, a partir de la Ley Nacional y considerando que los artistas locales requieren el desarrollo de políticas que contribuyan con la formación, producción, difusión y generación de empleo del sector.
Que Juan Carlos Roth, fue un excelente musico y Profesor de Música y Percusión en las Escuelas N° 5-012 Albertina N. de Cía en la Ciudad de Malargüe y la N° 5-011 San Francisco Solano del Departamento de San Rafael, falleció en la Capital de la Provincia a raíz de una enfermedad que atravesaba desde hacía tiempo.
Que tuvo una destacada participación en el mundo de la cultura, siempre tratando de ayudar con su profesión a quien lo necesitó.
Que integro varios grupos musicales de Rock, acompaño como baterista a otros de manera esporádica y estuvo junto a folcloristas.
Que durante la parte más difícil de la cuarentena lucho para que sus colegas músicos volvieran a las actuaciones.
Que colaboro en la elaboración y redacción de la Ordenanza N° 1.977/2.018.
Que es necesario reconocer el trabajo del musico local que eligió nuestro departamento para realizar su carrera profesional y su legado cultural a muchos músicos Malarguinos.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
ORDENA
ARTÍCULO 1º: Deróguense los Artículos 4° al Artículo 6° inclusive de la Ordenanza N° 1.977/2.018 “Crear el Programa “Música en vivo, Promoción de la Música Local”.
ARTÍCULO 2°: Designase a la Ordenanza N° 1.977/2.018 como “Ordenanza Juan Carlos Roth”, en reconocimiento al legado del músico malarguino por adopción.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A NUEVE DÍAS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES.