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ORDENANZA N° 2.273/2.024

Pulicado el
por

Debido a la extensión de los campos y la falta de mano de obra les resulta imposible a nuestros puesteros, hacer un cuidado permanente de sus animales, para evitar que se encuentren sueltos, lo que genera accidentes y teniendo en cuenta la cantidad de Rutas Provinciales, Nacionales e Internacionales que existen en el Departamento y que muchos campos colindantes a dichas rutas, se encuentran sin su correspondiente alambrado y carteles preventivos. Es por ello el HCD solicitó al Ejecutivo Municipal que mediante el área que corresponda realice una Campaña de concientización e información del riesgo por animales sueltos en Rutas del Departamento.-

MIRA LA PIEZA LEGAL COMPLETA

AUTOR: CONCEJAL FRANCISCO PARADA

BLOQUE ENCUENTRO

VISTO: El contenido del Expte. Nº 5.415-HC-064-2.024. Bloque Encuentro. Proyecto de Ordenanza: Campaña de concientización y prevención de accidentes por animales sueltos.

            La necesidad de evitar y prevenir accidentes viales ocasionados en Rutas Provinciales, Nacionales e Internacionales por la existencia de animales sueltos.

            y;

CONSIDERANDO: Que en el Departamento de Malargüe la producción ganadera de manejo extensivo, sigue siendo una realidad actual y de gran importancia.

            Que los puesteros representan una cultura tradicional e histórica y conviven con la realidad de la sociedad contemporánea.

            Que  debido a la cantidad de Rutas Provinciales, Nacionales e Internacionales que  existen en el Departamento  y que muchos campos colindantes a dichas rutas, se encuentran sin su correspondiente alambrado preventivo.

            Que  debido a la falta de carteles preventivos en Ruta, se generan accidentes por la existencia de animales sueltos.

            Que  resulta imposible para los puesteros, hacer un cuidado permanente de sus animales, para evitar que se encuentren sueltos en las Rutas en distintos momentos  del día.

            Que se imposibilita esta tarea debido a la extensión de los campos y la falta de mano de obra para el cuidado de animales, entre otros.

            Que los turistas que visitan nuestro Departamento en general, desconocen la  realidad de los puesteros y el manejo de sus animales.

            Que el exceso de velocidad de muchos conductores, incrementa la posibilidades de        accidentes.

            Que es necesaria una campaña constante de concientización de esta problemática            existente en el Departamento.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

                                                           ORDENA                             

ARTÍCULO 1º: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal,  a través de la Oficina de Prensa y la Dirección de Turismo, a realizar campaña de concientización e  información del riesgo por animales sueltos en Rutas del Departamento

ARTÍCULO 2º: Invítese a los medios de comunicación (radiales, gráficos, digitales) del Departamento a acompañar esta Campaña de concientización.

ARTÍCULO 3º: Invítese al Comisario a cargo de la Comisaria 24º de Policía Mendoza- Malargüe que adhiera a hacer efectiva esta Campaña, por medio de los agentes que  cumplen funciones en Destacamentos Rurales, particularmente en El Sosneado,  Bardas Blancas, Las Leñas y Los Molles.

ARTÍCULO 4º: Solicítese  al Departamento Ejecutivo Municipal considere la Resolución Nº 349/2.020, emanada por este Cuerpo, cuyas consideraciones y Artículos resolutivos dan marco a la instalación de señalética vial de identificación “Zona Trashumante y/o Zona de Trashumancia”. 

ARTÍCULO 5º: Invítese a prestadores de servicios turísticos, estaciones de servicios y  comerciantes en general a sumarse a esta Campaña preventiva, informando especialmente a turistas.

ARTÍCULO 6º: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese,  agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DIECISEIS DÍAS DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO