Legislación, Resoluciones

RESOLUCIÓN N° 121/2.025

Pulicado el
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El HCD solicitó al Ejecutivo Municipal la ejecución de la Ordenanza N° 2233/2025 sobre la Fiesta del Castronero

El Honorable Concejo Deliberante de Malargüe aprobó la Resolución N° 121/2.025 mediante la cual solicita al Departamento Ejecutivo Municipal la efectiva ejecución de la Ordenanza N° 2.233/2.023, que declara de Interés Cultural y Patrimonial Departamental a la Fiesta del Castronero.

Esta decisión surge a partir de la ausencia de dicha celebración en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 2025, lo cual dificulta su correcta planificación y desarrollo.

El HCD recordó que la figura del castronero el criancero encargado del manejo de los machos reproductores durante el verano cumple un rol fundamental en el sistema productivo caprino local, permitiendo una parición controlada en primavera. En este sentido, la Fiesta Departamental del Castronero no solo representa una manifestación cultural, sino también una instancia de visibilización y reconocimiento de un oficio históricamente relegado.

Durante el tratamiento del proyecto, se destacó que las fiestas rurales son clave para preservar las tradiciones del campo, promover la identidad local y poner en valor el sacrificio diario de quienes habitan la zona rural.

Finalmente, el Cuerpo Legislativo remarcó que las Ordenanzas sancionadas deben ser ejecutadas por el Ejecutivo Municipal, tal como lo establece la normativa vigente, y que la falta de cumplimiento afecta directamente el desarrollo institucional del departamento.

PIEZA LEGAL COMPLETA 

AUTORES: CONCEJALES MARTIN PALMA Y ELIZABETH GONZALEZ

INTERBLOQUE UCR INDEPENDIENTE Y UNION MENDOCINA

VISTO: El contenido del Expediente N° 2.061/2.025-0. Interbloque U.C.R Independiente Unión Mendocina. Proyecto de Resolución: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal la ejecución de la Ordenanza N° 2.233/2.023.

Que la fiesta Departamental del Castronero no fue mencionada en el Presupuesto General de Gastos y cálculos de Recursos correspondiente al año 2.025 impidiendo su previsión y planificación adecuada.

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CONSIDERANDO: Que el Castronero no es un actor reconocido, es por ello que en el marco del proyecto se pondrá en evidencia su participación en este sistema productivo, así como las características de su actividad, esta pieza legal colaborará en la búsqueda de visibilidad del Rol del Castronero de manera que pueda ser reconocida.

Que un criancero llamado, Castronero cumple una función fundamental dentro de la crianza y reproducción de chivos ya que se dedica al cuidado de machos pertenecientes a diferentes dueños durante el verano, es un actor clave ya que permite concentrar la parición en primavera de manera estricta

Que las Fiestas Rurales se constituyen en otras de las formas efectivas de conservar la tradición del campo y las costumbres del lugar, así como también, conservar los valores, ideas, raíces y resaltar el sacrificio de cada criancero

Que es una obligación por parte de quienes tenemos la responsabilidad y el honor de representar a todos los vecinos de nuestro Departamento, hacer un reconocimiento a cada poblador de la zona rural y a las actividades que realizan a diario.

Que las ordenanzas sancionadas por este Honorable Concejo Deliberante tienen carácter obligatorio y constituyen normas de cumplimiento efectivo en el ámbito del Departamento

Que la mencionada pieza legal fue sancionada en Sesión Ordinaria el 01 de junio de 2.023 por este Honorable Cuerpo Deliberativo

Que el Departamento Ejecutivo Municipal tiene la responsabilidad de hacer cumplir dichas ordenanzas, garantizando su aplicación conforme a los establecido en la normativa vigente, sin embargo, se ha observado una falta de ejecución y seguimiento en diversas disposiciones sancionadas, lo que genera un incumplimiento normativo y afecta el debido funcionamiento institucional.

Que es deber de este cuerpo velar por el respeto y aplicación de las normas, garantizando así la seguridad jurídica y el orden administrativo en beneficio de la comunidad. El incumplimiento de las ordenanzas por parte del Departamento Ejecutivo Municipal no solo desvirtúa el trabajo legislativo, sino que también impide la concreción efectiva de políticas públicas necesarias para el desarrollo local.

Que en virtud de lo expuesto, resulta imprescindible instar al Departamento Ejecutivo Municipal a cumplir de manera efectiva con las ordenanzas vigentes.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal la ejecución de la Ordenanza N° 2.233/2.023 “Declarar de Interés Cultural y Patrimonial Departamental a la “Fiesta Departamental del Castronero “

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.  RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTIDOS DÍAS DE MAYO DE DOS MIL VEINTICINCO.