Presidiendo la Sesión: Concejal Rodrigo Hidalgo (Bloque Partido Justicialista)
Concejales Presentes: Pablo Villarruel, Viviana Mosca (Bloque Frente Cambia Mendoza), Emilce Mansilla, Magali Acosta, Pablo Cabrera( virtual) (Bloque Partido Justicialista), Silvina Camiolo (Reconstruyendo Malargüe), Elizabeth González (Bloque Unión Mendocina), Francisco Parada (Encuentro)
Se dió lectura a la Resolución de Presidencia Nº 081/2025 y a laSolicitud N°10.616 Dra Maria Paz Zabalegui solicita a lo establecido en el Artículo 27° de la Ley N° 1079 Orgánica de Municipalidades. Constitución del Jury de Tachas.
Y luego de que el Cuerpo se constituyera en Comisión el Jury de Tachas quedó conformado por los Concejales Silvina Camiolo, Magali Acosta y Pablo Villarruel. Las funciones del Jury de tachas se detallan desde el Art 27º al 32º de la Ley Organiza de Municipalidades . Entre sus Artículos aclara: “Los Jurys se constituirán en el despacho de su Presidente del 1º al 10 de setiembre de cada año…Recibirán las tachas y observaciones al Padrón que le formulen por intermedio de los apoderados especiales que designen al efecto los partidos políticos o agrupaciones comunales inscriptos de acuerdo a la Ley Electoral. El período de tachas durará hasta el 30 de setiembre de cada año”.
“Respecto a las tachas y observaciones, la Ley establece que estas podrán comprender: a) Inclusiones indebidas de extranjeros que no reúnan las calidades legales; b) Inclusión de personas excluidas del Registro Municipal de Electores, según el Artículo 17º de esta Ley; c) Omisión de extranjeros incluidos en el inciso b) del Artículo 15º; d) Inscripciones duplicadas en uno o varios Registros departamentales “
“Antes del 5 de octubre de cada año, los Jurys deberán resolver por mayoría de votos las tachas y observaciones que se les formulen y su fallo será inapelable. Los fallos deberán ser fundados, haciéndose constar los votos de mayoría y minoría”