EL HCD APROBÓ EL NUEVO CÓDIGO DE EDIFICACIÓN DE MALARGÜE
El proyecto del nuevo Código de Edificación, enviado por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante el Expediente N.º 6.869/2025-0, tomó estado parlamentario en la Sesión Extraordinaria del 10 de noviembre y fue analizado durante varias semanas por los Ediles, quienes, constituidos en Cuerpo en Comisión, realizaron ajustes y modificaciones antes de su aprobación definitiva.
En el marco de este proceso, se llevaron a cabo reuniones de trabajo con arquitectos, profesionales del área técnica y personal de la Secretaría de Desarrollo Económico, con el objetivo de revisar criterios, evacuar dudas y asegurar que la normativa respondiera a las necesidades actuales del crecimiento urbano.
La aprobación de esta Ordenanza representa un avance significativo en materia de planificación, ya que el nuevo Código adecúa la normativa vigente a las demandas actuales, incorpora criterios técnicos actualizados y contribuye a mejorar la seguridad, la calidad constructiva y el control de las obras públicas y privadas.
Durante el tratamiento del Expediente, los Concejales destacaron la importancia de contar con un marco regulatorio moderno que brinde previsibilidad tanto a los profesionales del sector como a los vecinos, favoreciendo un desarrollo urbano ordenado, eficiente y sostenible.
Con la sanción de esta Ordenanza, Malargüe dispone de una herramienta normativa actualizada que permitirá acompañar el crecimiento del Departamento, fortalecer las políticas de ordenamiento territorial y garantizar condiciones adecuadas para la construcción y el uso del suelo.
El Anexo del nuevo Código de Edificación, que contiene el desarrollo completo de la normativa, se encuentra disponible para su consulta.
PIEZA LEGAL COMPLETA
VISTO: El contenido del Expediente N° 6.869/2.025-0. Departamento Ejecutivo Municipal. Proyecto de Ordenanza: Código de Edificación Malargüe- CEMa 2.025
y;
CONSIDERANDO: Que en el año 1.980, el Gobierno de Mendoza a través de l
a Dirección de Asuntos Municipales, aprobó mediante Ordenanza Nº 136/1980, el “Código de Edificación de la Municipalidad de Malargüe.
Que, mediante Ordenanza Nº 567/1.993, el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Malargüe, aprobó el agregado referente a Legislación y aspectos técnicos referentes a la construcción de muros y medianeras, como así también sobre aforos para las infracciones a dicho Código, penalizadas con multas.
Que, posteriormente, por Ordenanza N° 1.917/2.017 у por solicitud y sugerencias de Arquitectos de Malargüe, derogó el Capítulo I de la Ordenanza N° 136/1.980, “Normas Generales Administrativas”, dictando uno nuevo, más acorde a las nuevas normas de construcción, con agregados en cuanto a presentación de planos, permisos de construcción, asistencia técnica, como también relevamiento de obras y blanqueo de las mismas, que no contaban con permisos de construcción.
Que, con el fin de evitar superposiciones de Normas de Construcción, su legislación y aspectos técnicos, y considerando que se ha comenzado una nueva etapa que tiende a la despapelización y la presentación de documentación por medios digitales.
Que, además se pretende agilizar cualquier trámite referido a construcción de viviendas, locales comerciales y fabriles, facilitando la presentación de planos, tanto de nuevas construcciones, como de relevamiento de obras no autorizadas.
Que la experiencia administrativa demuestra que es necesario separar el actual trámite de “Solicitud de Permiso de Construcción que implica la presentación de la documentación completa correspondiente al proyecto junto con la documentación correspondiente a la dirección técnica; en dos trámites separados “Registro de Plano previo al Permiso de Construcción” y “Solicitud de Permiso de Construcción”, siendo requisito indispensable para dar inicio a una obra reglamentaria cumplimentar estos dos trámites.
Que, es intención del Departamento Ejecutivo Municipal que la Oficina de Obras Privadas, cuente con las herramientas necesarias para agilizar la construcción en todas sus facetas, incluyendo la consideración de nuevos materiales y sistemas constructivos.
Que, los Profesionales, tanto de Malargüe, como de cualquier punto del País, puedan realizar la presentación de Planos o solicitudes referidas a Obras, tanto públicas como privadas, a construir o construidas, utilizando los medios digitales con los que cuenta la Municipalidad de Malargüe.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
ORDENA
ARTÍCULO 1°: Deróguense en su totalidad las Ordenanzas Nº 136/1.980; 567/1.993; 1.798/2.015 y 1.917/2.017 y aquellas no mencionadas que, en razón de lo anteriormente expuesto, se antepongan al espíritu de la presente.
ARTÍCULO 2°: Apruébese el nuevo Código de Edificación de la Municipalidad de Malargüe, que, como Anexo I, forma parte de la presente pieza legal.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A TRES DÍAS DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO.

