El HCD declaró de Interés Departamental el Dispositivo de Acciones de Protección y Redes de Cuidado
La iniciativa, impulsada por el Bloque Partido Justicialista, reconoce el trabajo sostenido que lleva adelante el área municipal en materia de promoción, protección y restitución de derechos humanos, mediante políticas públicas orientadas a la inclusión social, el acompañamiento interdisciplinario y el fortalecimiento de redes comunitarias de cuidado.
La pieza legal destaca que este dispositivo constituye una herramienta de gestión local innovadora, basada en un enfoque de derechos humanos e interseccionalidad, permitiendo abordar de manera integral distintas situaciones de vulnerabilidad que atraviesan niñas, niños y adolescentes, adultos mayores, mujeres y disidencias, personas con discapacidad y familias en contextos complejos.
Asimismo, se remarca la importancia de fortalecer las redes de cuidado como espacios de acompañamiento y corresponsabilidad entre el Estado, las instituciones y la comunidad, promoviendo acciones de prevención, inclusión y accesibilidad.
Desde el Cuerpo Deliberativo señalaron que este reconocimiento institucional pone en valor el compromiso de los equipos técnicos y profesionales que desarrollan diariamente estas acciones en el territorio, consolidando políticas públicas locales orientadas a construir una comunidad más justa, igualitaria e inclusiva.

Durante la 8° Sesión Ordinaria estuvo presente personal de la Dirección de Inclusión y Desarrollo Social acompañando la aprobación de la presente Resolución.
PIEZA LEGAL
BLOQUE PARTIDO JUSTICIALISTA
AUTORES CONCEJALES: Magali ACOSTA, Pablo CABRERA, Emilce MANSILLA, Rodrigo HIDALGO
VISTO: El contenido del Expediente N° 6.748/2.025-0. Bloque Partido Justicialista. Proyecto de Resolución: Declarar de Interés Departamental el Dispositivo de Acciones de Protección y Redes de Cuidado, desarrollado por la Dirección de Inclusión y Desarrollo Social de la Municipalidad de Malargüe.
El trabajo sostenido que lleva adelante la Dirección de Inclusión y Desarrollo Social de la Municipalidad de Malargüe en materia de promoción y protección integral de los derechos humanos.
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CONSIDERANDO: Que la presente iniciativa se fundamenta en la necesidad de visibilizar, fortalecer y reconocer las acciones que el Municipio de Malargüe viene desarrollando en materia de inclusión social, cuidado comunitario y protección integral de derechos desde una perspectiva de derechos humanos interseccional
Que este enfoque reconoce que las desigualdades no se presentan de manera aislada, sino que interactúan y se refuerzan entre sí, generando experiencias diferenciadas de vulneración que exigen respuestas estatales específicas y contextualizadas
Que el Dispositivo de Acciones de Protección y Redes de Cuidado representa una política pública local de avanzada, basada en la prevención, el abordaje interdisciplinario y la articulación comunitaria, que materializa el compromiso del Estado Municipal con la igualdad sustantiva, la justicia social y la construcción de comunidades cuidadoras
Que por su impacto, alcance y coherencia con los marcos normativos de derechos humanos, su declaración de interés departamental constituye un reconocimiento institucional y político al trabajo sostenido de los equipos municipales y al rol estratégico de la Dirección de Inclusión y Desarrollo Social en la garantía de derechos de toda la población malargüina.
Que la Ley Orgánica de Municipalidades N. 1079 otorga a los municipios la facultad de implementar políticas públicas orientadas al desarrollo humano, la inclusión social y la atención de problemáticas que afectan a personas y comunidades en situación de vulnerabilidad.
Que el Dispositivo de Acciones de Protección y Redes de Cuidado, elaborado e implementado por la mencionada Dirección, constituye una herramienta de gestión pública local con enfoque de derechos humanos e interseccionalidad, orientada a la detección temprana, el abordaje integral y el acompañamiento interdisciplinario de personas cuyos derechos se encuentran amenazados o vulnerados
Que el enfoque interseccional, extendido como la perspectiva que reconoce la coexistencia y superposición de múltiples factores de desigualdad como el género, la edad, la orientación sexual, la identidad de género la discapacidad, la condición socioeconómica, la etnia o el territorio, resulta esencial para comprender las distintas formas en que se manifiestan las vulneraciones de derechos y para diseñar respuestas estatales ajustadas a la singularidad de cada situación.
Que el Dispositivo promueve la articulación entre acciones de protección directa y estrategias de fortalecimiento de redes de cuidados, entendidas como los entramados familiares, sociales e institucionales que sostienen la vida cotidiana, el bienestar y la autonomía de las personas, desde una lógica de corresponsabilidad entre Estado, comunidad y familias.
Que su desarrollo se enmarca en los instrumentos internacionales y nacionales que consagran los derechos humanos, entre ellos la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. la Ley Nacional N° 26.061. la Ley N° 26.485 y el Código Civil y Comercial de la Nación, normas que orientan las políticas públicas hacia la protección integral y la no discriminación.
Que el Dispositivo aborda líneas de acción específicas dirigidas a adultos mayores, niñas, niños y adolescentes. mujeres y disidencias, y personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad socioeconómica, garantizando que cada intervención se realice con perspectiva de derechos humanos, de géneros y de diversidad, incorporando el análisis interseccional como principio transversal de gestión.
Que esta iniciativa refleja una forma de gestión municipal innovadora, ética y sensible a las desigualdades estructurales, que busca no solo atender las emergencias sociales, vino transformar las condiciones que generan exclusión y desigualdad, mediante la acción coordinada, la escucha activa y la construcción de vínculos protectores en el territorio.
Que resulta de interés público reconocer y fortalecer este tipo de políticas locales que amplían la capacidad de respuesta del Estado, consolidan redes de cuidado y promueven comunidades más justas, igualitarias e inclusivas.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGUE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Declarar de Interés Departamental el Dispositivo de Acciones de Protección y Redes de Cuidado, desarrollado por la Dirección de Inclusión y Desarrollo Social de la Municipalidad de Malargüe, por su aporte a la promoción, restitución y sostenimiento de derechos humanos con enfoque interseccional, de géneros, de niñez, de discapacidad y de diversidad.
ARTÍCULO 2°: Reconocer el valor institucional y social del Dispositivo como instrumento de gestión local e interinstitucional que promueve la igualdad sustantiva, la accesibilidad y la inclusión, contribuyendo la consolidación de políticas públicas de cuidado con enfoque de derechos humanos e interseccionalidad.
ARTÍCULO 3º: Invitar a las distintas Áreas Municipales, Instituciones Educativas, Sanitarias, Judiciales y Organizaciones Sociales del Departamento a articular y colaborar en la implementación del Dispositivo, fortaleciendo las redes comunitarias de cuidado y la corresponsabilidad social.
ARTÍCULO 4°: Remitir copia de la presente pieza legal a la Dirección de Inclusión y Desarrollo Social, al Departamento Ejecutivo Municipal, y a los organismos provinciales competentes en materia de niñez, género, discapacidad, vejez y diversidad, a los fines de su conocimiento y articulación.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A SIETE DÍAS DE MAYO DE DOS MIL VEINTISEIS.

