Declaraciones, Gacetillas, Legislación, Prensa

DECLARACIÓN N° 369/2026

Pulicado el
por

El HCD reconoció la relevancia cultural y social de la Festividad de la Virgen de Copacabana.

Ediles dieron aprobación a la Declaración N.º 369/2026, mediante la cual se reconoce la relevancia cultural, social y comunitaria de la Festividad de la Virgen de Copacabana, Patrona de Bolivia, celebrada tradicionalmente durante el mes de agosto.

La iniciativa, impulsada por el Bloque Partido Justicialista y correspondiente al Expediente N.º 3.456/2026, busca poner en valor una celebración que forma parte de las tradiciones de numerosas familias de origen boliviano residentes en el departamento y que constituye un espacio de encuentro, identidad, integración y transmisión cultural.

La festividad se celebra en Malargüe desde el año 2013 y, a lo largo de estos años, distintas familias han asumido el rol de custodios de esta tradición. Para la comunidad boliviana, la Virgen de Copacabana representa un importante símbolo de fe, pertenencia y vínculo con sus raíces.

La celebración trasciende su dimensión religiosa e incorpora diversas expresiones de la cultura boliviana, como la música, las danzas tradicionales, la gastronomía, la vestimenta y diferentes costumbres que son compartidas con la comunidad.

En este sentido, la Declaración destaca el aporte histórico, laboral, productivo, económico, social y cultural realizado por la comunidad boliviana y sus familias al desarrollo y a la diversidad cultural de Malargüe y de la Provincia de Mendoza.

Uno de los puntos centrales de la pieza legal establece la voluntad del HCD de que la Festividad de la Virgen de Copacabana sea incorporada cada 6 de agosto a la Agenda Cultural del Departamento de Malargüe, promoviendo su difusión y la realización de actividades culturales, sociales y comunitarias vinculadas con la celebración.

Asimismo, se invita al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Dirección de Cultura, a acompañar esta incorporación y promover acciones de articulación con familias, referentes y organizaciones representativas de la comunidad boliviana residentes en Malargüe.

La declaración también invita a los Municipios y Honorables Concejos Deliberantes de Mendoza a reconocer y poner en valor esta festividad, especialmente en aquellos departamentos donde existe presencia y arraigo de familias de origen boliviano.

Como parte de la iniciativa, se establece además la entrega de una copia de la pieza legal a los custodios y organizadores de las celebraciones realizadas desde 2013 hasta la actualidad, reconociendo así el compromiso de las familias que han sostenido esta tradición a lo largo de los años.

PIEZA LEGAL

AUTORES CONCEJALES: Magalí ACOSTA, Emilce MANSILLA, Edgardo David GUZMAN, Pablo CABRERA.

BLOQUE PARTIDO JUSTICIALISTA

VISTO: El contenido del Expediente N° 3.456/2.026-0. Bloque Partido Justicialista. Proyecto de Declaración: Reconocer la relevancia cultural y social de la Festividad de la Virgen de Copacabana, celebrada en nuestro Departamento, durante el mes de agosto, como expresión de identidad, tradición, encuentro e integración de la comunidad boliviana.

La celebración de la Festividad de la Virgen de Copacabana, Patrona de Bolivia, que se desarrolla tradicionalmente durante el mes de agosto; la presencia, el arraigo y el aporte de la comunidad boliviana en el Departamento de Malargüe y en la Provincia de Mendoza.

Y;

CONSIDERANDO: Que la Virgen de Copacabana es patrona del Estado Plurinacional de Bolivia, en virtud de conmemorarse la independencia de Bolivia el 6 de agosto de cada caño calendario.

Que durante los primeros días del mes de agosto las comunidades bolivianas realizan diferentes celebraciones en su honor, mediante misas, novenas, procesiones, bailes típicos y distintas manifestaciones culturales.

Que en nuestro Departamento se viene realizando la celebración desde el año 2.013 a la fecha, siendo sus custodios:

  • Año 2013 Familia Sandoval-Betancurt
  • Año 2014 Familia Guzman – Galean
  • Año 2015 Familia Cruz-Sandoval,
  • Año 2016 Familia Sepúlveda – Morales,
  • Año 2017 Familia Sepúlveda – Sepúlveda,
  • Año 2018 Familia Galean – Galean,
  • Año 2019 Familia Cruz-Cruz,
  • Año 2023 Familia González – Guzman-Muñoz- Carrazco,
  • Año 2024 Familia Galean-Carmona, Vilca-Segovia,
  • Año 2025 Familia Muñoz-Mansilla,
  • Año 2026 Familia Riquelme-González, Acevedo-Zuvia

Que la Virgen de Copacabana representa para numerosas familias un símbolo de fe, pertenencia, identidad y vínculo con sus raíces.

Que estas celebraciones trascienden su dimensión estrictamente religiosa, incorporando expresiones culturales como la música, las danzas tradicionales, la vestimenta, la gastronomía, las costumbres y diferentes manifestaciones propias de la cultura boliviana.

Que en la Provincia de Mendoza existe una importante presencia y arraigo de familias de origen boliviano, particularmente en diferentes zonas vinculadas históricamente con actividades agrícolas, productivas, comerciales y de servicios.

Que los distintos departamentos mendocinos con fuerte presencia de la comunidad boliviana tales como San Rafael, San Carlos, Tunuyán, Tupungato, Lujan de cuyo, Maipú, Guaymallen, y Las Heras, entre otros, desarrollan durante el mes de agosto celebraciones vinculadas a la Virgen de Copacabana, constituyéndose en verdaderos espacios de encuentro entre la comunidad boliviana y la sociedad mendocina: entre ellos celebraciones y campeonatos de futbol.

Que a nivel nacional, en localidades de Villa Gesell, partido de la costa Provincia de Buenos aires, se viene realizando desde hace más de 50 años la celebración de la festividad, como así también en el partido de Quilmes, provincia de Buenos Aires, Córdoba, Tierra del fuego, y San Juan entre otras.

Que la comunidad boliviana, mediante el esfuerzo cotidiano de generaciones de trabajadores y familias, ha realizado un valioso aporte al desarrollo productivo, económico, social y cultural de nuestra Provincia.

Que preservar las tradiciones de las colectividades permite que niños, jóvenes y futuras generaciones conozcan la historia, las costumbres y las expresiones culturales de sus familias, fortaleciendo su identidad sin afectar su plena integración a la comunidad en la que viven.

Que reconocer y acompañar estas manifestaciones constituye una forma de promover los valores de respeto, convivencia, diversidad cultural, integración y reconocimiento mutuo.

Que el Departamento de Malargüe constituye una comunidad formada y enriquecida históricamente por personas y familias provenientes de distintos lugares, cuyos aportes forman parte de nuestra identidad colectiva.

Que resulta oportuno otorgar visibilidad institucional a la Festividad de la Virgen de Copacabana, promoviendo su incorporación anual a la agenda cultural y comunitaria del Departamento.

Que dicha incorporación permitirá generar espacios de participación para las familias de origen boliviano residentes en Malargüe y favorecer la difusión de sus expresiones culturales ante toda la comunidad.

Que asimismo resulta oportuno promover esta iniciativa ante los restantes municipios y Concejos Deliberantes de Mendoza, respetando sus respectivas jurisdicciones y alentando la adopción de medidas similares.

Que el Honorable Concejo Deliberante, como órgano representativo de la comunidad, tiene la posibilidad de acompañar aquellas expresiones que contribuyan a fortalecer la integración, el respeto y la diversidad cultural.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGUE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

DECLARA

ARTÍCULO 1º: Reconocer la relevancia cultural, social y comunitaria de la Festividad de la Virgen de Copacabana, Patrona de Bolivia, celebrada tradicionalmente durante el mes de agosto, como expresión de identidad, tradición, encuentro e integración de la comunidad boliviana.

ARTÍCULO 2º: Destacar el aporte histórico, laboral, productivo, económico, social y cultural realizado por la comunidad boliviana y sus familias al desarrollo y a la diversidad cultural del Departamento de Malargüe y de la Provincia de Mendoza.

ARTÍCULO 3º: Promover la preservación y transmisión intergeneracional de las tradiciones y expresiones culturales de la comunidad boliviana, incluyendo su música, danzas, gastronomía, vestimenta, costumbres, historia y demás manifestaciones vinculadas con su identidad y sus raíces.

ARTÍCULO 4º: Expresar la voluntad de este Honorable Concejo Deliberante de que la Festividad de la Virgen de Copacabana, Patrona de Bolivia, sea incorporada el día 06 de agosto de cada año en la Agenda Cultural del Departamento de Malargüe, promoviendo su difusión y la realización de actividades culturales, sociales y comunitarias relacionadas con dicha celebración.

ARTÍCULO 5º: Invitar al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la dirección de Cultura, a acompañar la incorporación de dicha festividad a la agenda departamental y a promover acciones de articulación y participación con familias, referentes y organizaciones representativas de la comunidad boliviana residentes en Malargüe.

ARTÍCULO 6º: Invitar a los Municipios y Honorables Concejos Deliberantes de los Departamentos de la Provincia de Mendoza a reconocer y poner en valor la Festividad de la Virgen de Copacabana y considerar su incorporación a sus respectivas agendas culturales y comunitarias.

 ARTÍCULO 7º: Invitar a los Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia de Mendoza a adoptar declaraciones, resoluciones u otros instrumentos institucionales de similares características, especialmente en aquellos departamentos donde exista presencia y arraigo de familias de origen boliviano.

ARTÍCULO 8º: Remitir copia de la presente Declaración al Señor Intendente Municipal, a la Secretaria de Desarrollo Humano y Dirección de Cultura del Departamento Ejecutivo Municipal de Malargüe, a los Municipios y Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia de Mendoza.

ARTICULO 9º: Hacer entrega de una copia de la presente pieza legal a los custodios y organizadores de las celebraciones realizadas desde el año 2013 a la fecha.

ARTÍCULO 10º: Tener presente como parte integrante de la presente el anexo que se acompaña en el acápite denominado ANEXO I.

ARTÍCULO 11º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.  RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A TRECE DÍAS DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTISEIS.