En sesión ordinaria del 4 de julio, el Concejo Deliberante aprobó el proyecto, enviado por el Departamento Ejecutivo Municipal, de Implementación de Ley N° 9.024 sancionada en noviembre de 2017, que determina que todos los municipios deben hacerse cargo del control de tránsito, la intervención en accidentes con y sin lesiones; así como el cobro de multas y la retención de vehículos según cada caso.
El proyecto de Implementación de la Ley de Tránsito de la Provincia de Mendoza Nº 9024 se aprobó en el Concejo Deliberante por unanimidad, lo que permite implementar en Malargüe los JUZGADOS ADMINISTRATIVOS MUNICIPALES DE TRÁNSITO Y DE LA UNIDAD ORGANIZATIVA DE JUZGADOS Y CUERPO DE TRÁNSITO MUNICIPAL, dos herramientas que apuntan a controlar el tránsito en nuestro Departamento.
El crecimiento del Parque Automotor del Departamento se ha incrementado de manera notoria en los últimos años, específicamente relevante a la hora de circular por las calles principales del D
epartamento y las acciones Provinciales no son suficientes puesto que el crecimiento y la diversidad vehicular generan diariamente una importante cantidad de infracciones.
Dicha competencia, mejorará el accionar y efectividad de la Policía de Mendoza en este tema y también beneficiará la economía de nuestro Departamento por la recaudación de multas que hoy en día lo centraliza el Gobierno Provincial.
Además, contar con Juzgados dentro de nuestro Departamento, beneficiará a los ciudadanos de Malargüe que cometan una infracción de tránsito y deseen realizar los trámites necesarios para cancelar la multa, recuperar documentación o el vehículo en caso de ser retenido.
Según lo establecido por la nueva ordenanza los JUZGADOS ADMINISTRATIVOS MUNICIPALES DE TRÁNSITO estarán compuestos por un (1) Juez Letrado y un (1) Secretario y Personal del Cuerpo Municipal de Tránsito de la Municipalidad de Malargüe. El Juez, y el Secretario e abocarán conjuntamente a la Resolución de causas generadas en accidentes de tránsito e infracciones a la Ley de Tránsito N° 9.024 en las que haya tomado intervención Personal del Cuerpo Municipal de Tránsito de la Municipalidad de Malargüe.
El Juez será designado por el Departamento Ejecutivo Municipal con acuerdo del Honorable Concejo Deliberante. Será de funcionamiento común a todos los Juzgados Administrativos Municipales de Tránsito, a cargo de la estructura administrativa y operativa del sistema.
Los Juzgados actuarán con SECRETARIO que serán designados por el Sr. Intendente Municipal y deberán Asistir a los magistrados en los asuntos a resolver; Refrendar los actos de los magistrados; Sustanciar el procedimiento vial a través de la emisión de actos procesales. decretos, autos o resoluciones de mero trámite; Recibir y conservar la documentación de prueba de las causas; Subrogar a los Jueces u otros Secretarios, entre otras funciones.
De acuerdo a la Ordenanza aprobada, las funciones administrativas y operativas de los JUZGADOS ADMINISTRATIVOS MUNICIPALES DE TRÁNSITO Y EL CUERPO DE TRÁNSITO, estarán a cargo de la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Malargüe, el Juez y el Jefe del Cuerpo de Tránsito, serán designados por el Sr. Intendente Municipal.
El CUERPO DE TRÁNSITO, con un Grupo de Inspectores Administrativos de Faltas, actuará como instancia administrativa única, obligatoria y previo al juzgamiento por parte de los Juzgados Administrativos Municipales de Tránsito, de las faltas viales cometidas en contravención a la Ley N° 9.024.
De acuerdo a las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 1.079 y la Ley N° 9.024, será el Departamento Ejecutivo Municipal el encargado de determinar la organización y el funcionamiento administrativo de los Juzgados de Tránsito Municipales y el Cuerpo de Tránsito; además el encargado de reglamentar el procedimiento para los accidentes de tránsito y para las multas viales, consignado en la Ley Provincial N° 9.024, Ley a la que los Inspectores del Cuerpo de Tránsito Municipal deberán dar cumplimiento en los casos accidente de tránsito.
La Policía Provincial, podrá presentar el auxilio que le sea requerido por el Juez de Tránsito y el Cuerpo Municipal de Tránsito.
Respecto a las NOTIFICACIONES y CITACIONES la pieza legal establece que hasta tanto se constituya la Oficina de Notificaciones propia de los Juzgados Administrativos Municipales de Tránsito, las mismas se harán en forma personal, por correo, correo electrónico, por mensaje de texto o WhatsApp o por intermedio de personal designado o autorizado por la Municipalidad de Malargüe, a sus efectos, conforme lo determine la reglamentación para cada supuesto y según corresponda.
Mediante la Ordenanza 1996/2.019 se facultó al El Departamento Ejecutivo Municipal, no solo a adoptar las medidas pertinentes para la inclusión en los respectivos presupuestos, de las partidas necesarias para el funcionamiento de los Juzgados Administrativos Municipales de Tránsito y Cuerpo de Tránsito, sino además a firmar el Convenio con el Gobierno Provincial, necesario para cumplir con todo lo establecido en la Ley N° 9.024 y a reglamentar el funcionamiento de la Guardia Urbana Municipal y establecer la estructura necesaria para la creación de la playa de secuestro.
Por- Marcia Sepúlveda – PRENSA HCD
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