VISTO: La continuidad de dar seguimiento al Decreto N° 072/2.020.
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CONSIDERANDO: Que con la segunda ola de COVID-19, se hace imperiosa la necesidad de realizar algunos refuerzos en el Anexo I del Decreto N° 072/2.020.
Que es de público conocimiento, la Organización Mundial de la Salud, ha declarado al Covid-19, como pandemia.
Que el Honorable Concejo Deliberante no puede quedar ajeno a esta situación que mantiene a los malarguinos atentos a la realidad que se vive, para evitar los contagios masivos y cumplir con los protocolos vigentes.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTOCULO 1°: Ampliar el Anexo I del Decreto N° 072/2.020, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Cada actividad tiene procesos específicos que requieren interacciones de personal, proveedores y usuarios que deben ser descriptas en los protocolos. Estas descripciones deben realizarse tomando en cuenta las recomendaciones generales. Los procesos deben ser descriptos con el detalle adecuado para su comprensión e implementación. Por ello los requisitos serán los siguientes:
- La persona que controle el acceso tendrá la facultad de autorizar el ingreso a la Institución, previa toma de temperatura (no mayor a 37°), constatación del uso del barbijo, desinfección de manos con alcohol en gel y/o sanitizante de manera obligatoria.
- Se elaborará un listado diario que incluirá la nómina con nombres y apellido de personas becadas (o madres-tutor-padre), para entrevistas sociales y/o pago, personas con audiencia acordada previamente con Concejales , personas que proveen de distintos insumos a esta Institución y personas que deban ingresar formalmente con documentación por mesa de entrada (aunque sea sin audiencia).
- Se autorizará el ingreso sólo de la persona citada para entrevista social y/o cobro de becas (excepto que concurra con niños menores y/o alguna persona con discapacidad).
- Se ampliará el uso del pasillo de ingreso al Honorable Concejo Deliberante como sola de espera cumpliendo con el distanciamiento y las medidas preventivas obligatorias.
- Se dejará a criterio de cada Bloque, la organización del trabajo con los respectivos secretarios con un mínimo de (2) dos y máximo de (3) tres.
ARTICULO 2°:Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTINUEVE DÍAS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIUNO