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RESOLUCIÓN N° 138/2.021

Pulicado el
por

VISTO: La continuidad de dar  seguimiento al Decreto N° 072/2.020.

y;

CONSIDERANDO: Que con la segunda ola de COVID-19, se hace imperiosa la necesidad de realizar algunos refuerzos  en el Anexo I del Decreto N° 072/2.020.

Que  es de público conocimiento, la Organización Mundial de la Salud,  ha  declarado  al Covid-19, como pandemia.

Que el  Honorable Concejo Deliberante no puede quedar ajeno a esta situación que mantiene a los malarguinos atentos a la realidad  que se vive,  para evitar los contagios   masivos y cumplir con los protocolos vigentes.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTOCULO 1°: Ampliar  el Anexo I del Decreto N° 072/2.020, el que quedará redactado  de la siguiente manera:

Cada actividad tiene procesos  específicos que requieren  interacciones de personal, proveedores y usuarios que deben ser descriptas en los protocolos. Estas  descripciones deben realizarse tomando  en cuenta  las recomendaciones generales.  Los procesos deben ser  descriptos con el detalle  adecuado para su  comprensión  e  implementación. Por ello los requisitos serán los siguientes:

  • La persona  que controle el acceso tendrá  la facultad de autorizar el ingreso a la  Institución, previa  toma de temperatura (no mayor a 37°), constatación del uso del barbijo, desinfección de manos con alcohol  en gel y/o sanitizante de manera obligatoria.
  • Se elaborará un listado diario que incluirá  la nómina con nombres y apellido de personas  becadas (o madres-tutor-padre), para entrevistas  sociales y/o pago, personas con audiencia acordada  previamente  con Concejales , personas que proveen de distintos insumos a esta Institución y personas que deban ingresar formalmente con documentación por mesa de entrada (aunque sea sin audiencia).
  • Se autorizará el ingreso sólo de la persona  citada para entrevista social y/o cobro de becas (excepto que concurra con niños menores y/o alguna persona  con discapacidad).
  • Se ampliará el uso del pasillo de ingreso al Honorable Concejo Deliberante como sola de espera cumpliendo  con el distanciamiento  y las medidas preventivas obligatorias.
  • Se dejará a criterio de cada Bloque, la organización del trabajo con los respectivos  secretarios con un mínimo  de (2) dos y máximo de (3) tres.

ARTICULO 2°:Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones             correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTINUEVE DÍAS DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIUNO