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RESOLUCION N° 317/2.021

Pulicado el
por

AUTORAS: CONCEJALES DANIELA FAVARI Y SILVIA CORREA

BLOQUE FRENTE DE TODOS

VISTO: El Expte. N° 4.996-HC-035-2.021. Bloque Frente de Todos. Proyecto de Resolución: Solicitar al Director General de OSEP Doctor Carlos Funes tenga en cuenta el  reclamo de  afiliados  del Departamento de Malargüe, con el fin de mejorar las atenciones en la Subdelegación del Departamento.

La necesidad de  ampliación de especialidades médicas y demás solicitudes en la            Subdelegación de OSEP Malargüe, debido a los reclamos constantes realizados por los afiliados.

y;

CONSIDERANDO:  Que debido a reclamos de afiliados de la Obra Social de los Empleados  Públicos (OSEP) en cuanto a las prestaciones y especialidades médicas en la Delegación de  Malargüe y teniendo en cuenta que han disminuidos las mismas en los últimos años, se solicita al Director General de la mencionada Obra Social     sean tenidas en cuenta y con el fin dar respuestas a las solicitudes enviadas al Honorable Concejo Deliberante.

Que  Malargüe se encuentra ubicado a 420 km   de la Ciudad de Mendoza lo que genera un gran trastorno al momento de viajar los afiliados de OSEP hacia las zonas de mayores prestaciones y servicios.

Que es de gran importancia que los reclamos de los afiliados  sientan respaldos legislativos ante las inquietudes y necesidades  de los mismos,   a saber: Mayor cantidad de especialidades médicas en la Subdelegación de Malargüe, restablecimiento de Convenios con servicios Oftalmológicos, mejoramiento de las       prestaciones  en el Área de Discapacidad y mejoramiento en los insumos requeridos.

Que el derecho a la salud constituye uno de los derechos humanos fundamentales y son aquellos que existen con anterioridad a la sociedad y al estado, ya que corresponden a la persona humana por su condición de tal y por el solo hecho de serlo.

Que en efecto la salud es un derecho colectivo, público y social de raigambre  constitucional anclado en el Artículo 42° de la Constitución Nacional a saber: Los  consumidores de bienes y servicios tienen derecho en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada  y veráz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno.

Que mediante la Ley N° 4.373 se dictó en el año 2.000 la Carta Orgánica de la Obras  Social de los Empleados Públicos (OSEP)  y que tiene como objetivo principal en su    Artículo 2°  la prestación de servicios médicos asistenciales que contribuyan a la preservación de la salud física y psíquica de sus afiliados sin perjuicio de ampliarlo a otros beneficios sociales.

Que en el Artículo 34° de la mencionada Carta Orgánica el Director General es quien ejercerá la Presidencia del Directorio de la Obra Social, el último designado por el  Ejecutivo Provincial  es el  Doctor Carlos Funes.

Que en el Artículo 40° de la Carta Orgánica están designadas las facultades y deberes del Directorio de la Obra Social de los Empleados Públicos (OSEP), están expresamente indicados y entre ellos expresa el inciso  e): Resolver la contratación   urgente extraordinaria y temporaria de profesionales y técnicos para la prestación de servicios asistenciales, determinando la forma y el monto de la remuneración.

Que en virtud de lo solicitado incorporamos a la presente pieza legal reclamos al Área de Discapacidad,  para que también sean tenidos en cuenta ya que desde hace tiempo que se han solicitado  éstos pedidos a esta área  y necesitan urgente soluciones concretas.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGUE EN SUS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1°: Solicitar al Director General de la Obra Social de los Empleados Públicos   (OSEP) Doctor Carlos Funes, tenga a bien considerar los pedidos y reclamos que se  expresan a través de ésta pieza legal para la Delegación de  la Obras Social de  los    Empleados Públicos (OSEP)  del Departamento de Malargüe.

ARTÍCULO 2°: Enviar copia del presente pieza legal a legisladores Provinciales del Cuarto Distrito Electoral, y al Director General de  la Obras Social de los Empleados Públicos (OSEP)  Doctor  Carlos Funes.

ARTICULO 3°: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones             correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A DOCE DÍAS DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIUNO