El HCD declaró al Newcom como actividad de interés social, deportivo y cultural en Malargüe
En el marco de la Sesión Ordinaria desarrollada el pasado 14 de mayo, el Honorable Concejo Deliberante aprobó la Resolución Nº 101/2.026 mediante la cual se declara al Newcom como actividad deportiva y recreativa de Interés Social, Deportivo y Cultural del Departamento de Malargüe.
La iniciativa destaca el importante crecimiento que ha tenido esta disciplina en el Departamento y su impacto positivo en la salud física y mental, especialmente en adultos mayores y personas con discapacidad, promoviendo además la inclusión social, la integración comunitaria y el bienestar general de la población.
La pieza legal remarca que el Newcom se ha convertido en una herramienta fundamental para fortalecer vínculos comunitarios y combatir el aislamiento social, siendo además una actividad accesible y adaptable a distintas edades y condiciones físicas.
Asimismo, se pone en valor la trayectoria de Malargüe como sede de importantes torneos y encuentros nacionales vinculados a esta disciplina, así como también los antecedentes legislativos impulsados por el Cuerpo Deliberativo en apoyo al desarrollo del Newcom en el Departamento.
En este marco, la Resolución también reconoce la destacada labor de la profesora de Educación Física y entrenadora Alejandra Noemí Espinoza, pionera del Newcom en Malargüe, por su compromiso y aporte al crecimiento de la disciplina a nivel local, provincial y nacional.
Además, se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal promover y fomentar la práctica del Newcom en clubes, centros recreativos y espacios comunitarios, garantizando su accesibilidad para adultos mayores y personas con discapacidad.
PIEZA LEGAL

BLOQUE UNION CIVICA RADICAL MALARGÜE
AUTOR CONCEJAL PABLO VILLARRUEL
VISTO: El Expediente N° 1.511/2.026-0. Bloque Unión Cívica Radical Malargüe. Proyecto de Resolución: Declarar al Newcom actividad de Interés Social, Deportivo y Cultural del Departamento.
La creciente práctica del Newcom en el Departamento de Malargüe, su impacto positivo en la salud, la inclusión social, la integración comunitaria y los antecedentes legislativos de este Honorable Concejo Deliberante en la materia.
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CONSIDERANDO: Que el Newcom constituye una disciplina deportiva y recreativa que favorece la salud física y mental, especialmente en adultos mayores y personas con discapacidad, contribuyendo a la prevención de enfermedades crónicas y al mejoramiento de la calidad de vida.
Que dicha actividad promueve la socialización, la integración comunitaria y la inclusión, configurándose como una herramienta fundamental para combatir el aislamiento social y fortalecer los vínculos comunitarios.
Que organismos internacionales, entre ellos la Organización Mundial de la Salud, recomiendan la promoción de actividades físicas accesibles para todas las franjas etarias, destacando su impacto positivo en la salud pública y el bienestar general de la población.
Que el Newcom se caracteriza por ser una disciplina inclusiva y adaptable a distintas edades y condiciones físicas, favoreciendo la participación activa y sostenida de adultos mayores y personas con discapacidad en actividades deportivas y recreativas.
Que el Departamento de Malargüe cuenta con una importante trayectoria en el desarrollo y promoción del Newcom, habiendo sido sede de numerosos torneos nacionales y encuentros deportivos de relevancia.
Que este Honorable Concejo Deliberante ha reconocido en reiteradas oportunidades la importancia de dicha disciplina mediante diversas Resoluciones y Declaraciones, entre ellas las Resoluciones Nº 322/2.016, 274/2.017, 305/2.018, 308/2.022, 305/2.023, 231/2.024 y 271/2.025, así como la Declaración Nº 260/2.019.
Que en el año 2.017 la Federación del Voleibol Argentino designó al Departamento de Malargüe como sede de la Copa Argentina de Newcom, labor institucional reconocida mediante la Resolución Nº 372/2.017.
Que resulta oportuno reconocer la trayectoria y el valioso aporte al desarrollo del Newcom en el Departamento de Malargüe de la Sra. Alejandra Noemí Espinoza, profesora de Educación Física y entrenadora, pionera de esta disciplina en el ámbito local, quien ha contribuido de manera sostenida al crecimiento del Newcom a nivel local, provincial y nacional, promoviendo la inclusión, la formación deportiva y la competencia, obteniendo destacados logros a lo largo de su trayectoria.
Que resulta necesario institucionalizar el reconocimiento del Newcom como actividad de interés social, deportivo y cultural, a fin de fortalecer su desarrollo y promoción mediante políticas públicas locales que fomenten la inclusión, la participación comunitaria y el bienestar integral de la población del Departamento de Malargüe.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Declarar al Newcom como actividad deportiva y recreativa de Interés Social, Deportivo y Cultural del Departamento de Malargüe, reconociendo su valor para la promoción de la inclusión, la salud física y el bienestar integral de la comunidad.
ARTÍCULO 2°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de las áreas que correspondan, promueva, fomente y difunda la práctica del Newcom en clubes, centros recreativos y espacios comunitarios del Departamento, garantizando su accesibilidad para adultos mayores y personas con discapacidad.
ARTÍCULO 3°: Extender un certificado de reconocimiento a la Sra. Alejandra Noemí Espinoza, DNI N° 22.973.027, en mérito a su destacada trayectoria, compromiso y aporte al desarrollo del Newcom en el Departamento de Malargüe, como pionera de la disciplina, con la siguiente leyenda: “En reconocimiento a su destacada trayectoria como pionera del Newcom y su compromiso con el desarrollo de la disciplina, promoviendo la inclusión, la actividad física y los valores deportivos en la comunidad, constituyéndose en un ejemplo de dedicación y esfuerzo para las generaciones presentes y futuras.”
ARTÍCULO 4°: °: Enviar copia de la presente a las Legisladoras Provinciales del IV Distrito Electoral por el Departamento de Malargüe; a la Subsecretaria de Deportes de la Provincia de Mendoza y a la Dirección de Deportes de la Municipalidad de Malargüe.
ARTÍCULO 5°: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A CATORCE DÍAS DE MAYO DE DOS MIL VEINTISEIS.
