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DECLARACIÓN N° 373/2.026

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El HCD declaró de Interés Ambiental, Cultural y Educativo Departamental una obra sobre la trashumancia en Malargüe

Mediante la Declaración N° 373/2026, el HCD reconoció el valor de la obra “Malargüe: entre veranadas e invernadas. Pasado y futuro de un pueblo trashumante”, del investigador del CONICET y becario posdoctoral del INCIHUSA, Lic. Oscar Soto, editada por EDIUNC en 2026.

La publicación aborda la trashumancia como una actividad productiva, pero también como un modo de vida ancestral que forma parte de la identidad cultural de Malargüe. A través de una mirada histórica, social y ambiental, analiza el recorrido de las familias crianceras entre las zonas de invernada y veranada, así como los desafíos que enfrenta esta práctica en la actualidad.

Entre los aspectos destacados, la obra pone en valor el conocimiento de las familias puesteras, la adaptación a las condiciones ambientales y la importancia de los caminos de arreo, las escuelas albergue y la protección del modo de vida rural.

Asimismo, la Declaración reconoce la necesidad de impulsar políticas públicas que contribuyan a garantizar la continuidad de la actividad trashumante, contemplando la regularización dominial, el sostenimiento de las escuelas rurales y la protección del patrimonio cultural y ambiental del departamento.

La normativa también solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que gestione la incorporación de la obra como material de consulta en escuelas albergue y bibliotecas populares, además de remitir copias a instituciones vinculadas con la investigación científica, la educación y el arraigo rural.

De esta manera, el HCD destaca una publicación que contribuye a preservar, documentar y difundir una de las expresiones más representativas de la historia y la identidad de Malargüe.

PIEZA LEGAL.

AUTORES CONCEJALES: Magalí ACOSTA,Pablo CABRERA,Emilce MANSILLA,David GUZMÁN.

BLOQUE PARTIDO JUSTICIALISTA

VISTO: El contenido del Expediente N° 5.057/2.026. Bloque Partido Justicialista. Proyecto de Declaración: Declarar de Interés Ambiental, Cultural Departamental la obra “MALARGÜE: Entre veranadas e invernadas. Pasado y Futuro de un pueblo Trashumante”.

La publicación del libro “Malargüe: entre veranadas e invernadas. Pasado y futuro de un pueblo trashumante” del investigador del CONICET y becario posdoctoral del INCIHUSA, Lic. Oscar Soto, editado por EDIUNC (2026), y su presentación en la Feria del Libro de Malargüe; la nota publicada por el medio Ser y Hacer de Malargüe ID 77898; y la existencia de más de cinco mil familias puesteras trashumantes en el Departamento,

            Y;

CONSIDERANDO: Que la trashumancia es definida por el autor como el proceso cíclico mediante el cual familias crianceras se trasladan desde la zona de invernada (llanura y meseta) hacia la zona de veranada (cajones de alta cordillera) para el pastoreo, constituyendo no solo una actividad productiva sino un modo de vida ancestral.

            Que la Ordenanza N° 2.375/2.026 Declara la Trashumancia como Patrimonio Cultural e Intangible en el Departamento de Malargüe.

            Que la obra fue presentada el día 7 de octubre del corriente año, en la Feria del Libro 2.026.

            Que la obra analiza el valor socioecológico de la actividad, su adaptación a la aridez, al cambio climático y su armonía con la naturaleza, sin romantizarla, sino visibilizando el esfuerzo y sacrificio que implica.

            Que la mayoría de los puestos y zonas de veranada e invernada poseen escuelas albergue, cuyo calendario educativo se ajusta al ciclo trashumante, constituyendo un sistema educativo rural característico del sur de Mendoza y norte de Neuquén.

            Que el libro revela como problemática estructural la vigencia del latifundio y la falta de regularización dominial, impidiendo la planificación económica de las familias puesteras, en contradicción con la Ley Nacional N° 27.118 de Agricultura Familiar y la Constitución Nacional art. 75 inc. 17.

            Que Malargüe se encuentra actualmente en discusión política y territorial por el desarrollo de Malargüe Distrito Minero Occidental, turismo científico y ordenamiento territorial, siendo necesario contextualizar y proteger la actividad trashumante como forma de habitar el territorio.

            Que el Concejo Deliberante tiene facultades por Carta Orgánica Municipal para declarar de interés departamental aquellas manifestaciones culturales y ambientales que hacen a la identidad malargüina.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDA DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

DECLARA

ARTÍCULO 1°: Declarar de Interés Ambiental, Cultural y Educativo Departamental la obra “Malargüe: entre veranadas e invernadas. Pasado y futuro de un pueblo trashumante” del Investigador Oscar Soto (CONICET – INCIHUSA), editada por EDIUNC en 2026.

ARTÍCULO 2°: Reconocer el valor socioecológico, histórico y antropológico de la trashumancia, y la necesidad de políticas públicas que garanticen la continuidad de los caminos de arreo, la regularización dominial en el marco de la Ley 6086, el sostenimiento de las escuelas albergue y la protección del modo de vida puestero.

ARTÍCULO 3°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de las áreas competentes, arbitre los medios para:

a) Incorporar la obra declarada como material de consulta en escuelas albergue y bibliotecas populares.

b) Remitir copia de la presente al CCT CONICET Mendoza, a la EDIUNC, a la Dirección Provincial de Arraigo.

ARTÍCULO 4°: Remitir copia de la presente declaración al autor, al CCT CONICET y EDIUNC.

ARTICULO 5º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTIDOS DIAS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTISEIS.