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ORDENANZA N° 2.405/2.026

Pulicado el
por

EL HCD aprobó la restitución progresiva de un inmueble municipal ocupado por dependencias judiciales

El Concejo Deliberante aprobó la Ordenanza N° 2.405/2.026, mediante la cual se establece la restitución paulatina al Municipio de un edificio de propiedad municipal que actualmente se encuentra afectado al funcionamiento de dependencias del Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Mendoza.

La iniciativa, presentada por el Bloque Reconstruyendo Malargüe, plantea la necesidad de recuperar progresivamente el inmueble, ocupado desde el año 2017, a través de un cronograma de desocupación que garantice la continuidad del servicio de justicia y no afecte los derechos de la comunidad.

Entre los fundamentos de la Ordenanza se señala que el edificio pertenece al patrimonio municipal y que originalmente fue concebido como un Centro Integrador Comunitario (CIC), destinado a brindar espacios de atención, inclusión social y desarrollo comunitario.

Asimismo, se hace referencia a los gastos que el Municipio habría afrontado durante el período de ocupación, vinculados al mantenimiento del inmueble, los servicios esenciales y la asignación de personal municipal para cumplir funciones en dependencias judiciales.

En este sentido, la normativa autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a iniciar los correspondientes reclamos administrativos ante los organismos provinciales competentes, a fin de exigir el pago de los servicios de luz, agua y gas utilizados durante el período de ocupación, además de las compensaciones que pudieran corresponder por el uso del edificio desde 2017.

De esta manera, la Ordenanza establece dos líneas de acción: avanzar en la restitución progresiva del inmueble al Municipio de Malargüe y gestionar el reconocimiento de los gastos derivados de su utilización por parte de organismos provinciales.

PIEZA LEGAL

AUTORA CONCEJALA: Lic. Silvina Camiolo

BLOQUE RECONSTRUYENDO MALARGÜE

VISTO: El contenido del Expediente N° 1.514/2.026-0. Bloque Reconstruyendo Malargüe. Proyecto de Ordenanza: Restitución progresiva al Municipio de Malargüe de inmueble afectado al Ministerio Público Fiscal, mediante cronograma de desocupación que asegure la continuidad del servicio de justicia.

            La ocupación desde el año 2.017 hasta la fecha de un edificio de propiedad municipal por parte del Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Mendoza, en virtud de un convenio oportunamente suscripto con el entonces Intendente Municipal

            Y;

CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión pertenece al patrimonio de la Municipalidad de Malargüe y fue originalmente concebido como un Centro Integrador Comunitario (CIC), en el marco de políticas públicas nacionales destinadas a fortalecer la inclusión social, el acceso a la salud, la educación y el desarrollo comunitario en barrios vulnerables.

            Que los CIC forman parte de un programa impulsado por el Estado Nacional —particularmente a través del entonces Ministerio de Desarrollo Social— con el objetivo de generar espacios territoriales de atención primaria, contención social y promoción de derechos, siendo financiados con fondos públicos nacionales y diseñados para el uso directo de la comunidad.

            Que el edificio actualmente ocupado por la Fiscalía y el Juzgado Penal se encuentra emplazado en un barrio residencial, con presencia de niños, niñas y familias, y cuya finalidad original dista significativamente del uso judicial que hoy se le asigna.

            Que existen antecedentes periodísticos que dan cuenta del acuerdo celebrado entre el entonces Intendente de Malargüe, Sr. Jorge Vergara Martínez, y el Ministerio Público Fiscal, mediante el cual se permitió el uso del inmueble municipal para el funcionamiento de dependencias judiciales, sin que ello implicara —según manifestaciones públicas— una contraprestación económica proporcional o sostenida en el tiempo.

            Que conforme ha sido expresado por autoridades municipales, el Ministerio Público Fiscal no ha abonado durante años los servicios esenciales de luz, gas y agua del edificio, ni otros gastos inherentes a su funcionamiento, generando un costo sostenido para el erario municipal.

            Que además, se ha dispuesto la adscripción de personal municipal para cumplir funciones en dichas dependencias judiciales, lo que implica una afectación de recursos humanos locales en beneficio de un organismo provincial, sin compensación adecuada.

            Que esta situación configura, en los hechos, un subsidio indirecto del Municipio de Malargüe al sistema de justicia provincial, generando una clara desventaja en términos de equidad respecto de otros municipios que no afrontan estas cargas.

            Que el sostenimiento económico y operativo de dependencias judiciales por parte del Estado municipal no contribuye al principio de independencia de poderes, sino que, por el contrario, puede afectar la percepción de objetividad e imparcialidad institucional.

            Que dicha situación adquiere mayor gravedad si se considera que el propio Municipio ha sido objeto de denuncias e intervenciones por parte de organismos judiciales, configurándose un escenario donde un poder del Estado podría verse condicionado —o al menos percibido como tal— respecto de quien financia parcialmente su funcionamiento.

            Que corresponde garantizar la plena autonomía funcional y financiera de los distintos poderes del Estado, evitando superposiciones que puedan derivar en conflictos de interés reales o aparentes.

            Que en contraste, el Poder Judicial de Mendoza ha desarrollado inversiones edilicias en otras regiones de la provincia, mientras que en el Departamento de Malargüe la inversión en infraestructura judicial resulta escasa o nula.

            Que esta situación se agrava al observar que existe personal administrativo cumpliendo funciones en el ámbito judicial bajo régimen de adscripción municipal desde hace años, percibiendo remuneraciones inferiores a las correspondientes al escalafón judicial.

            Que asimismo, otras dependencias vinculadas al sistema de justicia, como la Alcaidía local, tampoco afrontan el pago de los servicios esenciales que utilizan, profundizando la carga económica sobre el Municipio.

            Que el Departamento de Malargüe históricamente ha tenido una participación limitada en la agenda de obra pública provincial, sosteniendo gran parte de su funcionamiento mediante recursos propios, particularmente regalías hidrocarburíferas.

            Que esta dependencia de recursos finitos, sumada a la falta de inversión estructural externa, genera un escenario donde el Municipio se ve obligado a afrontar gastos que exceden sus competencias, comprometiendo su capacidad de respuesta a las demandas locales.

            Que en este contexto, resulta necesario avanzar hacia la restitución progresiva del inmueble municipal a su destino original, así como reclamar las compensaciones correspondientes por el uso prolongado del mismo.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE  EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LES SON PROPIAS

ORDENA

ARTÍCULO 1º: Procédase a la restitución paulatina al Municipio de Malargüe del edificio de su propiedad actualmente afectado al funcionamiento de dependencias del Ministerio Público Fiscal, estableciendo un cronograma de desocupación progresiva que garantice la continuidad del servicio de justicia sin afectar los derechos de la comunidad.

ARTÍCULO 2°: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a iniciar el correspondiente reclamo administrativo ante los organismos provinciales competentes, a fin de exigir el efectivo pago de los servicios esenciales de luz, agua y gas utilizados por el Ministerio Público Fiscal durante el período de ocupación del inmueble, así como cualquier otro concepto que resulte pertinente en carácter compensatorio por el uso activo, continuo y exclusivo del edificio municipal desde el año 2017 a la fecha.

ARTÍCULO 3°: Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DR.  RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTIDOS DÍAS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTISEIS.