El HCD solicitó un proyecto integral de defensas aluvionales permanentes para los arroyos Pequenco, La Bebida y El Durazno
El HCD aprobó la Resolución N° 476/2.026, mediante la cual solicita al Gobierno de la Provincia de Mendoza la formulación y ejecución de un Proyecto Integral de Defensas Aluvionales Permanentes para el sistema conformado por los arroyos Pequenco, La Bebida y El Durazno, con el objetivo de prevenir riesgos y proteger a la población y las actividades productivas de las zonas expuestas.
La iniciativa, impulsada por el Bloque La Libertad Avanza + Cambia Mendoza, plantea la necesidad de desarrollar una intervención hidráulica integral que contemple el comportamiento de estos cauces como un sistema interrelacionado, evitando soluciones aisladas que puedan trasladar el riesgo hacia otros sectores.
Entre los principales objetivos se encuentra la protección de la vida y la integridad física de los habitantes de las zonas urbanas, periurbanas y rurales, así como el resguardo de viviendas, propiedades privadas, explotaciones agrícolas y ganaderas, caminos, puentes, servicios públicos e infraestructura de riego.
La Resolución solicita que, como primera etapa, se recuperen, digitalicen, revisen y actualicen los antecedentes técnicos existentes, entre ellos el estudio elaborado en 1993 por el Instituto de Investigaciones Hidráulicas de la Universidad Nacional de San Juan y la Macrozonificación Campo Cañada Colorada de 2009, junto con el Plan de Ordenamiento Territorial Cañada Colorada de 2018.
Asimismo, establece que el proyecto deberá sustentarse en estudios hidrológicos, hidráulicos, topográficos, geológicos, ambientales y territoriales, entre otros, que permitan evaluar las alternativas de intervención y definir las obras necesarias de acuerdo con las condiciones actuales de las cuencas.
Entre las posibles soluciones a evaluar se mencionan estructuras para retener y regular crecidas, estabilización y protección de cauces y márgenes, construcción de defensas, terraplenes, gaviones y enrocados, adecuación de puentes y alcantarillas, además de sistemas de monitoreo y alerta temprana.
Otro aspecto central contempla la protección de las propiedades privadas y las actividades agrícolas y ganaderas, mediante relevamientos de propietarios y productores, instancias de consulta, conservación de accesos e infraestructura productiva y previsión de las servidumbres o compensaciones que pudieran corresponder.
Además, se solicita prever el financiamiento de los estudios, proyectos y obras mediante partidas presupuestarias provinciales y posibles fuentes complementarias de recursos. También se requiere que la Dirección de Hidráulica y el Departamento Ejecutivo Municipal informen, dentro de los 90 días corridos de recibida la Resolución, sobre los antecedentes técnicos disponibles, el estado de las defensas actuales, las intervenciones prioritarias, los organismos responsables, el cronograma preliminar y las fuentes de financiamiento previstas.
Hasta tanto se concreten las obras permanentes, se plantea mantener un plan preventivo coordinado que incluya limpieza y desembanque de cauces, retiro de obstáculos, control de puntos críticos y actualización de los protocolos de alerta, evacuación y asistencia.
Finalmente, la normativa invita a conformar una mesa técnica de seguimiento con participación de organismos provinciales y municipales, instituciones académicas, representantes de vecinos, propietarios y productores de las zonas alcanzadas.
De esta manera, la iniciativa busca avanzar en una planificación integral y coordinada para reducir el riesgo aluvional y brindar mayor protección a la población, la infraestructura y la producción de Malargüe.
PIEZA LEGAL
AUTOR CONCEJAL: Daniel MARTINEZ
BLOQUE LA LIBERTAD AVANZA+ CAMBIA MENDOZA
VISTO: El contenido del Expediente N° 4.918/2.026-0. Bloque La Libertad Avanza + Cambia Mendoza. Proyecto de Resolución: Sistema Integral de Defensas Aluvionales Permanentes Arroyos Pequenco La Bebida y El Durazno.
La Constitución Nacional, la Ley Provincial N° 1.079 Orgánica de Municipalidades, la Ley Provincial N° 5.961 de Preservación del Ambiente, la Ley Provincial N° 8.051 de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo, la Ley Provincial N° 8.999 que aprueba el Plan Provincial de Ordenamiento Territorial, el estudio Obras de corrección de aluviones y afluentes Arroyos Pequenco y Durazno elaborado por el Instituto de Investigaciones Hidráulicas de la Universidad Nacional de San Juan en 1993, el estudio Macrozonificación Campo Cañada Colorada elaborado en 2009 por el Instituto de Investigaciones Hidráulicas de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de San Juan, el Plan de Ordenamiento Territorial Cañada Colorada de la Municipalidad de Malargüe del año 2018, los estudios de análisis de riesgo aluvional del Departamento, el Plan de Acción Malargüe Sostenible, el Plan Maestro para el Sector Hídrico de la Provincia de Mendoza, las Resoluciones Nros. 413/2.025, 001/2.026 y 194/2.026 del Honorable Concejo Deliberante de Malargüe, y la necesidad de proyectar y ejecutar obras permanentes de defensa aluvional en el sistema integrado por los arroyos Pequenco, La Bebida y El Durazno.
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CONSIDERANDO Que la preservación de la vida y la integridad física de los habitantes constituye la prioridad que debe orientar toda política de prevención y mitigación del riesgo hídrico y aluvional.
Que las tormentas estivales intensas generan crecidas repentinas, erosión, sedimentación y desbordes capaces de afectar viviendas, establecimientos rurales, caminos, puentes, servicios esenciales, canales de riego y demás infraestructura pública y privada.
Que los arroyos Pequenco y La Bebida y su continuidad y confluencia en el arroyo El Durazno conforman un sistema hídrico interrelacionado, por lo que cualquier intervención debe ser estudiada a escala de cuenca y no mediante soluciones aisladas que puedan trasladar el riesgo hacia otros sectores.
Que las familias asentadas en las zonas de influencia de estos cauces, así como los propietarios y productores agrícolas y ganaderos, se encuentran expuestos a pérdidas económicas, daños materiales, interrupción de accesos, aislamiento y situaciones que pueden comprometer su seguridad personal.
Que la protección de la producción agrícola y ganadera requiere asegurar la estabilidad de los suelos, los accesos rurales, los corrales, las instalaciones, los sistemas de riego y drenaje y la continuidad de las actividades productivas ante episodios aluvionales.
Que el estudio elaborado en 1993 por el Instituto de Investigaciones Hidráulicas de la Universidad Nacional de San Juan constituye un antecedente técnico específico que incluyó obras de corrección y protección para los arroyos Pequenco y Durazno, cuya información debe ser recuperada, digitalizada, verificada y actualizada conforme a las condiciones territoriales y climáticas actuales.
Que la Macrozonificación Campo Cañada Colorada, elaborada en 2009 por el Instituto de Investigaciones Hidráulicas de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de San Juan e incorporada entre los antecedentes del Plan Municipal de Ordenamiento Territorial, contiene información territorial, hídrica, ambiental y productiva indispensable para definir las zonas de riesgo y orientar las intervenciones.
Que el Plan Municipal de Ordenamiento Territorial también reconoce el Plan de Ordenamiento Territorial Cañada Colorada, elaborado por la Municipalidad de Malargüe en 2018, como antecedente específico que debe integrarse a la actualización solicitada. Que el proyecto hidráulico de 1993 y la Macrozonificación Campo Cañada Colorada de 2009 resultan complementarios: el primero aporta antecedentes sobre las obras de corrección y defensa, mientras que el segundo permite relacionar esas soluciones con los usos del suelo, las propiedades, las actividades agrícolas y ganaderas, la infraestructura y la expansión urbana.
Que la actualización debe realizarse de manera conjunta, de modo que el nuevo proyecto ejecutivo no se limite a reproducir obras diseñadas bajo condiciones pasadas ni se desvincule del ordenamiento territorial vigente y de las transformaciones producidas en la zona.
Que la participación del Instituto de Investigaciones Hidráulicas y de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de San Juan permitiría recuperar la metodología y los antecedentes originales, sin perjuicio de los procedimientos administrativos y de contratación que legalmente correspondan.
Que la posible participación del Instituto de Hidráulica de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo permitiría incorporar capacidades académicas y técnicas radicadas en la Provincia de Mendoza para la revisión de antecedentes, la actualización de estudios y la evaluación de las alternativas de intervención, mediante los convenios o procedimientos que legalmente correspondan.
Que el Plan de Acción Malargüe Sostenible identificó como sector crítico la zona delimitada por los arroyos Pequenco y La Bebida y su confluencia en El Durazno, estimó que aproximadamente 718 hectáreas de la ciudad se encuentran bajo riesgo aluvional e incorporó una propuesta de protección integral mediante obras de infraestructura hídrica.
Que la Resolución N° 194/2.026 dispuso un relevamiento técnico integral de Cañada Colorada, Arroyo Pequenco, Arroyo El Durazno y La Bebida, con identificación y georreferenciación de obstrucciones, erosión, sedimentación, ocupaciones y alteraciones de los cauces.
Que las tareas periódicas de limpieza, desembanque y encauzamiento son necesarias para reducir riesgos inmediatos, pero no reemplazan un proyecto ejecutivo integral ni la construcción de obras permanentes, dimensionadas y mantenidas para brindar protección durante su vida útil.
Que la Dirección de Hidráulica de la Provincia de Mendoza tiene entre sus funciones la planificación, proyección y ejecución de obras hidráulicas, la defensa y el control de cauces y zonas inundables y la mitigación de crecidas aluvionales.
Que la magnitud y complejidad de la problemática exige estudios hidrológicos, hidráulicos, topográficos, geomorfológicos, sedimentológicos, geotécnicos, estructurales, ambientales, catastrales, sociales y económicos, realizados con información actualizada, criterios verificables y participación de profesionales competentes.
Que el proyecto debe evaluar distintas alternativas de solución, definir los períodos de recurrencia y niveles de seguridad aplicables según el riesgo, contemplar escenarios de variabilidad climática y justificar técnicamente la opción seleccionada.
Que toda obra deberá respetar los derechos de los propietarios, evitar daños innecesarios, mantener los accesos y drenajes existentes y prever, cuando corresponda, servidumbres, adquisiciones, expropiaciones o compensaciones conforme al ordenamiento jurídico vigente.
Que la elaboración del proyecto ejecutivo debe estar acompañada por una previsión presupuestaria suficiente que comprenda estudios, permisos, obra, inspección, medidas ambientales, mantenimiento, monitoreo y contingencias, evitando que la iniciativa quede limitada a una declaración sin respaldo financiero.
Que resulta necesario coordinar la intervención de la Provincia, el Municipio, el Departamento General de Irrigación y, cuando se encuentren involucradas rutas o puentes, los organismos viales competentes.
Que la participación de vecinos, propietarios, productores y entidades técnicas permitirá incorporar el conocimiento territorial, localizar los puntos de mayor vulnerabilidad y reducir conflictos durante el diseño y la ejecución de las obras.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Solicitar al Poder Ejecutivo de la Provincia de Mendoza, por intermedio del Ministerio de Energía y Ambiente y de la Dirección de Hidráulica, que en coordinación con el Departamento General de Irrigación y la Municipalidad de Malargüe formule y ejecute un Proyecto Integral de Defensas Aluvionales Permanentes para el sistema conformado por los arroyos Pequenco, La Bebida y El Durazno, cuya primera etapa consista en actualizar e integrar el proyecto elaborado por la Universidad Nacional de San Juan y la Macrozonificación Campo Cañada Colorada.
ARTÍCULO 2°: Establecer como objetivo prioritario del proyecto la protección de la vida y la integridad física de los habitantes de las zonas urbanas, periurbanas y rurales expuestas, junto con el resguardo de las viviendas, propiedades privadas, explotaciones agrícolas y ganaderas, caminos, puentes, servicios públicos, infraestructura de riego y demás bienes alcanzados por el riesgo aluvional.
ARTÍCULO 3°: Solicitar que la actualización conjunta de los antecedentes y la definición de la alternativa de obra se sustenten en estudios preliminares completos, actualizados y técnicamente fundados, que comprendan como mínimo:
a) Levantamiento topográfico de detalle, delimitación de cuencas y subcuencas y georreferenciación de cauces, márgenes, paleocauces, zonas de desborde e infraestructura existente.
b) Estudio hidrológico e hidráulico con series de datos disponibles, tormentas de diseño, caudales máximos, períodos de recurrencia acordes con el riesgo, modelación de escenarios y consideración de la variabilidad climática.
c) Análisis geomorfológico, sedimentológico y de transporte de sólidos, erosión, socavación, estabilidad de márgenes y comportamiento de los cauces aguas arriba y aguas abajo.
d) Estudios geológicos y geotécnicos necesarios para fundaciones, terraplenes, gaviones, enrocados, estructuras de control y demás obras que se evalúen.
e) Relevamiento estructural e hidráulico de puentes, alcantarillas, cruces viales, canales de riego y drenajes que condicionen el escurrimiento.
f) Mapa actualizado de amenaza, vulnerabilidad y riesgo para personas, viviendas, establecimientos productivos, caminos e infraestructura crítica.
g) Evaluación ambiental y territorial, con identificación de impactos acumulativos, medidas de prevención, mitigación y restauración y cumplimiento de los procedimientos previstos por la legislación vigente.
h) Relevamiento catastral, dominial, productivo y social de los inmuebles y actividades comprendidos en la zona de influencia directa e indirecta.
i) Análisis comparativo de alternativas, con estimación de costos, beneficios, riesgos residuales, vida útil, necesidades de mantenimiento y fundamento técnico de la solución elegida.
ARTÍCULO 4°: Solicitar que el Poder Ejecutivo evalúe y, cuando los estudios lo justifiquen, contemple obras permanentes y durables destinadas a:
a) Retener, laminar o regular las crecidas en sectores adecuados de las cuencas altas y medias. b) Estabilizar, corregir y proteger cauces y márgenes mediante soluciones compatibles con las características del terreno.
c) Construir o reforzar defensas, terraplenes, disipadores, gaviones, enrocados y estructuras de control de erosión y sedimentos.
d) Adecuar la capacidad hidráulica de puentes, alcantarillas y cruces viales que produzcan embanques, remansos u obstrucciones.
e) Proteger canales de riego, drenajes, accesos rurales, instalaciones productivas y sectores poblados.
f) Incorporar accesos de inspección, puntos de control, instrumentación, monitoreo y sistemas de alerta temprana vinculados con los protocolos de Defensa Civil.
g) Definir un programa permanente de conservación, inspección y mantenimiento, con responsables, frecuencia, indicadores y costos anuales.
ARTÍCULO 5°: Solicitar que el sistema Pequenco, La Bebida, El Durazno sea analizado de manera integral, desde las áreas de aporte hasta los sectores de descarga, verificando que ninguna obra aumente la velocidad, el caudal, la erosión o el riesgo de inundación sobre propiedades o actividades ubicadas aguas abajo o en cauces vecinos.
ARTÍCULO 6°: Solicitar que la protección de las propiedades privadas y de las actividades agrícolas y ganaderas se incorpore expresamente al proyecto mediante:
a) Un registro de propietarios, ocupantes y productores potencialmente afectados y un inventario documentado del estado previo de los inmuebles, cultivos, animales, instalaciones, caminos y sistemas de riego.
b) Instancias de información y consulta durante los estudios, la selección de alternativas, la ejecución y la recepción de las obras.
c) Medidas para conservar o restituir accesos, cierres, drenajes, canales e infraestructura productiva que resulte intervenida.
d) La determinación previa de servidumbres, permisos, adquisiciones, expropiaciones o compensaciones que pudieran corresponder, con respeto del derecho de propiedad y del debido procedimiento.
e) Un mecanismo accesible de recepción, registro y respuesta de observaciones y reclamos durante todas las etapas del proyecto.
ARTÍCULO 7°: Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial que contemple en el proyecto de presupuesto del ejercicio siguiente y, de corresponder, en una programación plurianual, las partidas necesarias para financiar los estudios preliminares, el proyecto ejecutivo, las gestiones dominiales y ambientales, la ejecución e inspección de las obras, las contingencias, el monitoreo y el mantenimiento. Asimismo, solicitar que se gestionen fuentes complementarias de financiamiento nacionales, provinciales, multilaterales o provenientes de fondos específicos para infraestructura hídrica y mitigación de inundaciones.
ARTÍCULO 8°: Solicitar a la Dirección de Hidráulica y al Departamento Ejecutivo Municipal que, dentro de los noventa días corridos de recibida la presente, informen al Honorable Concejo Deliberante: la localización y estado de conservación de los estudios, planos, memorias de cálculo, cartografía y bases de datos existentes; su vigencia técnica; el estado de las defensas actuales; las intervenciones consideradas prioritarias; el organismo responsable de cada etapa; el cronograma preliminar; la estimación presupuestaria y las fuentes de financiamiento previstas.
ARTÍCULO 9°: Solicitar que la primera etapa técnica del proyecto comprenda la recuperación, digitalización, revisión, actualización e integración de los siguientes instrumentos:
a) El estudio Obras de corrección de aluviones y afluentes Arroyos Pequenco y Durazno, elaborado en 1993 por el Instituto de Investigaciones Hidráulicas de la Universidad Nacional de San Juan, incluyendo sus planos, cálculos, alternativas y obras propuestas.
b) La Macrozonificación Campo Cañada Colorada de 2009 y el Plan de Ordenamiento Territorial Cañada Colorada de 2018, con actualización de usos del suelo, ocupación, catastro, infraestructura, actividades productivas, áreas pobladas y zonas de amenaza y vulnerabilidad.
c) El Plan de Acción Malargüe Sostenible, los análisis de riesgo aluvional, el Plan Maestro para el Sector Hídrico, el relevamiento previsto por la Resolución N° 194/2.026 y toda otra documentación técnica disponible.
d) Un documento técnico unificado que determine qué diagnósticos y soluciones conservan vigencia, cuáles deben modificarse o descartarse y qué nuevas obras resultan necesarias, y que sirva como base directa del proyecto ejecutivo y de su presupuesto.
ARTÍCULO 10°: Solicitar a la Dirección de Hidráulica y al Departamento Ejecutivo Municipal que, hasta la ejecución de las obras permanentes, mantengan un plan preventivo coordinado que contemple limpieza y desembanque, retiro de residuos y obstáculos, control de extracciones y movimientos de suelo, refuerzo de puntos críticos, liberación de vanos de puentes y alcantarillas, recorridas posteriores a tormentas y actualización de los protocolos de alerta, evacuación y asistencia.
ARTÍCULO 11°: Invitar a la conformación de una mesa técnica de seguimiento integrada por representantes de la Dirección de Hidráulica, el Departamento General de Irrigación, la Municipalidad de Malargüe, Defensa Civil, este Honorable Concejo Deliberante, la Facultad de Ingeniería y el Instituto de Investigaciones Hidráulicas de la Universidad Nacional de San Juan, el Instituto de Hidráulica de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cuyo, organismos viales cuando corresponda, otras instituciones académicas y técnicas y representantes de vecinos, propietarios y productores de las zonas alcanzadas.
ARTÍCULO 12°: Remitir copia de la presente al Gobernador de la Provincia de Mendoza, al Ministerio de Energía y Ambiente, a la Dirección de Hidráulica, al Departamento General de Irrigación, al Departamento Ejecutivo Municipal, al Rectorado de la Universidad Nacional de San Juan, a la Facultad de Ingeniería y al Instituto de Investigaciones Hidráulicas de dicha Universidad, al Rectorado de la Universidad Nacional de Cuyo, a su Facultad de Ingeniería y al Instituto de Hidráulica, a la Dirección Provincial de Vialidad, a la Dirección Nacional de Vialidad y a los legisladores provinciales por el Cuarto Distrito Electoral.
ARTICULO 13º: Comuníquese, regístrese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DR. RICARDO BALBIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE A VEINTIDOS DIAS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTISEIS.

